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La Audiencia de Barcelona rechaza embargar al PDeCAT a cuenta de CDC en el caso Palau
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LA FISCALÍA SÍ LO PEDÍA

La Audiencia de Barcelona rechaza embargar al PDeCAT a cuenta de CDC en el caso Palau

El Ministerio Público consideraba que hay "una identidad sustancial entre ambas formaciones" por lo que los embargos a Convergencia debían hacerse al Partit Demòcrata

Foto: Fèlix Millet, Jordi Montull y Gemma Montull, durante el juicio del 'caso Palau'. (EFE)
Fèlix Millet, Jordi Montull y Gemma Montull, durante el juicio del 'caso Palau'. (EFE)

La Sección 10 de la Audiencia de Barcelona ha rechazado por ahora que los embargos a CDC por el desfalco del Palau de la Música se hagan al PDeCAT, como pidió la Fiscalía al considerar que hay "una identidad sustancial entre ambas formaciones".

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha explicado en un comunicado este viernes que la Sala considera que no puede estudiar la petición hasta que la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos comunique al tribunal los resultados del embargo a CDC.

Foto: Acto por el quinto aniversario de la consulta soberanista del 9-N. (EFE)

Antes, la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos deberá buscar, conservar y recuperar recursos, bienes y ganancias de CDC, que es la formación condenada en la sentencia del 'caso Palau'.

En su auto, la sección décima de la Audiencia rechaza la pretensión de la Fiscalía, que había pedido que el PDeCAT asumiera el pago de los 6,6 millones de la condena porque un informe de la Guardia Civil concluía que había una "identidad sustancial" entre CDC y esta formación.

[Consulte aquí el auto al completo]

Sin embargo, la Audiencia remarca que la "hipotética formación sucesora PDeCAT" no está condenada por el expolio del Palau de la Música, lo que se tendría que acordar tras un proceso específico para "acreditar dicha sucesión".

Pero para hacerlo, la sala considera que antes se tiene que conocer el resultado de un informe por parte de la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos sobre la cuantificación de los bienes embargados a CDC y de todo su patrimonio.

La Audiencia remarca que la "hipotética formación sucesora PDeCAT" no está condenada por el expolio del Palau, a falta de acreditar dicha sucesión

Por este motivo, considera que en este momento procesal no procede abrir una pieza separada relativa al PDeCAT hasta que no se comunique por parte de la oficina de Recuperación y Gestión de Activos el resultado de la localización, conservación y administración de los bienes, instrumentos y ganancias de CDC, "que es la condenada" en la sentencia del caso Palau.

El Tribunal Supremo confirmó el pasado 30 de abril la condena a CDC a devolver 6,6 millones de euros por cobrar comisiones ilegales a través del Palau de la Música, por la que su extesorero, Daniel Osàcar, cumple en prisión una pena de tres años y seis meses.

Foto: El extesorero de CDC Daniel Osàcar (d). (EFE)

Una vez la condena del caso Palau fue firme tras la resolución del Supremo, el PDeCAT evitó hacer cualquier tipo de valoración sobre la misma, al no considerarse "continuador" de la antigua CDC.

El 8 de julio de 2016, CDC celebró un cónclave exprés para poner sus siglas en hibernación y, minutos después, en el mismo Centro de Convenciones Internacional de Cataluña, se inició el congreso fundacional de su formación heredera, el PDeCAT.

La Sección 10 de la Audiencia de Barcelona ha rechazado por ahora que los embargos a CDC por el desfalco del Palau de la Música se hagan al PDeCAT, como pidió la Fiscalía al considerar que hay "una identidad sustancial entre ambas formaciones".

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