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El triunfo electoral de los independentistas en las cámaras de comercio podría anularse
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SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA D

El triunfo electoral de los independentistas en las cámaras de comercio podría anularse

Tras la publicación del decreto 175/2018 de 21 de julio, una empresa particular, Staff Pavillon, presentó un recurso contencioso que acaba de ganar

Foto: El presidente de la Generalitat, Quim Torra (d), saluda al presidente de la Cambra de Barcelona, Joan Canadell (i), momentos antes de presidir la inauguración del Mobile Networking Lunch. (EFE)
El presidente de la Generalitat, Quim Torra (d), saluda al presidente de la Cambra de Barcelona, Joan Canadell (i), momentos antes de presidir la inauguración del Mobile Networking Lunch. (EFE)

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha anulado el decreto electoral dictado por la Generalitat y en base al cual se realizaron las últimas elecciones a las cámaras de comercio, que ganaron los independentistas. Esos comicios, celebrados en mayo del año pasado, fueron ganados con mayoría absoluta por la candidatura Eines de País, que auspiciaba la Asamblea Nacional Catalana (ANC), que inició así su particular asalto a instituciones de todo tipo para dominar los resortes de la economía y el mercado.

Como resultado de ello, fue nombrado presidente de la Cámara de Comercio de Barcelona, la de más peso institucional, Joan Canadell, un radical de larga trayectoria a favor del choque institucional. La sentencia del TSJC deja en el aire ahora su futuro.

Foto: El presidente de la Cámara de Comercio de Barcelona, Joan Canadell. (EFE)

Tras las elecciones, surgieron todo tipo de críticas. Para empezar, de los 423.000 empresas y autónomos con derecho a voto sólo ejercieron su derecho unos 19.000. Más tarde, hubo cifras contradictorias en el recuento de papeletas, hasta el punto de que algunos candidatos llegaron a hablar de “pucherazo”, mientras que los candidatos de la ANC celebraban “la llegada de la República”.

Lo cierto es que, tras la publicación del decreto 175/2018 de 21 de julio, una empresa particular, Staff Pavillon, presentó un recurso contencioso que acaba de ganar. De hecho, ese decreto ya levantó suspicacias entre los sectores empresariales en su momento, que criticaron sus lagunas.

placeholder El presidente de la Cambra de Comerç de Barcelona, Joan Canadell. (EFE)
El presidente de la Cambra de Comerç de Barcelona, Joan Canadell. (EFE)

La empresa que lo impugnó alegó que en la tramitación del mismo se omitió el trámite de participación ciudadana. Tampoco se solicitó informe previo del Consejo de Trabajo Económico y Social de Cataluña (CTESC). Además, conforme recoge la sentencia del Superior, “el decreto impugnado no incluye la definición de los aspectos tecnológicos para poder proceder al voto electrónico y tampoco lo hizo después de la convocatoria de las elecciones, sino que la demandada [la Generalitat] aboca a que sean las empresas que se presenten al concurso para la contratación del servicio de auditoría las que determinen el sistema técnico que debe seguirse en el voto electrónico”.

Foto: Ilustración: E. Villarino

Staff Pavillon también alegaba que “el desarrollo tecnológico actual del voto electrónico es insuficiente para garantizar la fiabilidad del sistema, tal y como ha admitido el director general de Participación Ciudadana de la Generalitat, el señor Ismael Peña-López”. Afirmaba la compañía que se deberían respetar las garantías del artículo 24.1 del decreto y que la norma recurrida vulnera la ley básica 4!2014 y el real decreto 669/2015.

Alegaciones rechazadas

El departamento de Trabajo de la Generalitat alegó que la empresa recurrente no estaba legitimada para interponer el recurso y que la comisión jurídica asesora “entendió que la tramitación del decreto era correcta”. También alegó que se solicitó un informe al Consejo de Cámaras y que las palabras de Peña-López se referían a las elecciones generales. Reconoce, no obstante, que “las pruebas sobre el sistema de voto electrónico no se llevaron a cabo antes de la votación del decreto recurrido por cuanto no se disponía de la plataforma electrónica para ello”.

Foto: El presidente de la Generalitat, Quim Torra (d) , junto al presidente de la Cámara de Comercio de Barcelona, Miquel Valls. (EFE)

El Tribunal Superior considera que la empresa Staff Pavillon estaba legitimada para interponer recurso. Por otro lado, el reglamento de las elecciones a las cámaras se basaba en el voto electrónico y sólo permitía el voto por correo en caso de que el electrónico no pudiese llevarse a cabo. Para defenderse, la Generalitat alegó que ese sistema no fue impugnado por el Estado. Pero el máximo órgano judicial de Cataluña le recuerda al abogado del Govern que “esa falta de impugnación por Estado de una norma autonómica no supone que dicha norma sea respetuosa con la Constitución, máxime si se tiene en cuenta que la decisión de recurrir o no una norma, o de desistir de recursos ya interpuestos, depende, en gran medida, de la coyuntura política del momento” Afirma, no obstante, que el modo de votar es “conforme a la legislación básica antes analizada”.

Los jueces también afean a la Generalitat que justificase la aprobación del decreto por la vía de urgencia, ya que tuvo tiempo para sacar una ley

Los jueces también afean a la Generalitat que justificase la aprobación del decreto por la vía de urgencia, ya que tuvo tiempo sobrado para desarrollar una ley que lo amparase. “En definitiva, la Generalitat tampoco puede justificar motivos de urgencia para limitar los derechos de los ciudadanos a la participación en el procedimiento de elaboración de una norma previstos en el artículo 69 de la LTC, cuando esa urgencia —que tampoco es tal, vista la cronología referida 'ut supra'— en todo caso ha sido provocada por la propia Administración”.

Ante ello, el TSJC estima el recurso de Staff Pavillon y anula el decreto con la reglamentación de las elecciones celebradas en mayo del 2019. También impone las costas a la demandada, es decir, a la Administración autonómica. Lo que habrá que ver ahora es su decisión (que previsiblemente será recurrida a su vez) obliga al Gobierno catalán a elaborar un nuevo decreto y a convocar nuevas elecciones.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha anulado el decreto electoral dictado por la Generalitat y en base al cual se realizaron las últimas elecciones a las cámaras de comercio, que ganaron los independentistas. Esos comicios, celebrados en mayo del año pasado, fueron ganados con mayoría absoluta por la candidatura Eines de País, que auspiciaba la Asamblea Nacional Catalana (ANC), que inició así su particular asalto a instituciones de todo tipo para dominar los resortes de la economía y el mercado.

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