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Por abuso sexual, no por agresión: condena de hasta 12 años a la 'manada' de Manresa
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LA VÍCTIMA TENÍA 14 AÑOS

Por abuso sexual, no por agresión: condena de hasta 12 años a la 'manada' de Manresa

Otros dos jóvenes imputados han sido absueltos. Al no utilizarse violencia, el tribunal se decanta "inequívocamente" por el tipo penal de abuso y no por la agresión

Foto: Uno de los acusados llega al TSJC. (EFE)
Uno de los acusados llega al TSJC. (EFE)

La sección 22 de la Audiencia de Barcelona condena a cinco acusados a penas de entre 10 y 12 años de prisión por un delito de abuso sexual a menor y un delito continuado de abuso sexual a menor.

Para dos de los acusados se les impone una pena más elevada (12 años) que al resto al considerar que en sus casos concretos se dio la situación de continuidad antes descrita, donde, estando ellos dos con la víctima en la misma escena, le pidieron “prestación sexual”.

Los hechos ocurrieron en el año 2016 en Manresa cuando un grupo de jóvenes acudieron a una fábrica abandonada para celebrar un botellón. Durante esta celebración, un grupo de jóvenes abusaron de una menor que había tomado alcohol y consumido tóxicos y se encontraba en estado de inconsciencia.

Abuso, no agresión

El tribunal considera que se trata inequívocamente de un delito de abuso sexual pues "ha quedado acreditado que la víctima, mientras que se producían los hechos (...) se encontraba en estado de inconsciencia, sin saber qué hacía y qué no hacía, y, consecuentemente, sin poder determinarse y aceptar u oponerse a las relaciones sexuales que con ella mantuvieron la mayor parte de los procesados, los cuales pudieron realizar los actos sexuales sin utilizar ningún tipo de violencia o intimidación". Dado esto, no se puede encajar en ninguna otra tipología delictiva, como la agresión sexual, que sí precisa de violencia.

Foto: Varios 'mossos' reducen al tío de la víctima. (EFE)

Los magistrados expresan en su resolución, la “sorpresa por el cambio de calificación jurídica del Ministerio Fiscal en sus conclusiones, porque la prueba practicada en el plenario apoyaba su calificación provisional de abusos sexuales, y en cambio no aportó elementos que justificaran mutar los abusos en agresión sexual, en los trámites de conclusiones”.

La edad de la víctima: 14 años

En relación a la edad de la víctima, de quien los acusados declararon que desconocían su minoría de edad, el tribunal puntualiza que “al tiempo de los hechos tenía 14 años de edad. En el juicio oral, celebrado casi 3 años después de los hechos, el tribunal ha podido comprobar que el aspecto físico de aquella chica sigue teniendo una apariencia de adolescente incipiente (...) de manera que los procesados no podían razonablemente confiar hace 3 años en la chica tenía entonces 16 años, y si no hicieron nada para cerciorarse de este dato fue porque les resultó indiferente”.

placeholder Manifestación feminista de apoyo a la víctima de 'La Manada de Manresa' en la plaza de Sant Jaume de Barcelona. (EFE)
Manifestación feminista de apoyo a la víctima de 'La Manada de Manresa' en la plaza de Sant Jaume de Barcelona. (EFE)

Por otro lado, el tribunal acordó la absolución de otros dos de los jóvenes juzgados por estos hechos. Uno de estos dos acusados, ahora absuelto, lo estaba por un delito de abuso sexual. El tribunal sostiene que este acusado no podía ser condenado por abuso sexual por no haber sido procesado por este delito. Además, no ha quedado acreditada su participación.

El tribunal se decanta por el abuso sexual pues "la víctima se encontraba en estado de inconsciencia", por lo que no hizo falta emplear la violencia

Y el otro, lo estaba por el delito de omisión de impedir delitos, respecto del cual el tribunal considera que ninguna prueba practicada permite acreditarlo. La sala absuelve a todos los acusados del delito de amenazas.

Indemnización a la víctima

La sala fija en 12.000 euros la indemnización a la víctima al considerar que “el ataque a la indemnidad sexual de la víctima fue extremadamente intensa y especialmente denigrante, y además, se produjo sobre una menor que se encontraba en situación de desamparo".

La sección 22 de la Audiencia de Barcelona condena a cinco acusados a penas de entre 10 y 12 años de prisión por un delito de abuso sexual a menor y un delito continuado de abuso sexual a menor.

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