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El fiscal acusa a Forcadell de dinamitar el ordenamiento territorial del Estado
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tal y como advertía el TC

El fiscal acusa a Forcadell de dinamitar el ordenamiento territorial del Estado

El fiscal pide que se le cite a declarar en calidad de investigada por haber adoptado acuerdos "claramente contrarios al ordenamiento jurídico"

Foto:  La presidenta del Parlament, Carme Forcadell. (Efe)
La presidenta del Parlament, Carme Forcadell. (Efe)

La presidenta del Parlamento catalán, Carme Forcadell, intentó, “torticeramente”, con subterfugios y trampas, “dinamitar” el sistema de distribución de competencias y el modelo de ordenación territorial del Estado y provocando una “grave quiebra del ordenamiento constitucional”. Éstas son las principales acusaciones que el Fiscal Superior de Cataluña, José María Romero de Tejada, hace contra Forcadell en la querella que hoy presentó ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC). Y es sólo la avanzadilla de una ofensiva jurídica de mayor calado que meterá el dedo en el ojo a la hoja de ruta del ‘procés’, esencialmente en lo que a ruptura y desconexión con España se refiere y a la desobediencia y menosprecio del marco legal vigente por parte de las instituciones o de dirigentes políticos catalanes.

Foto: La presidenta del Parlamento catalán, Carme Forcadell. (EFE)

El texto explica que el 20 de julio de 2016, la Mesa del Parlamento autonómico, después de escuchar a la Junta de Portavoces, tomó nota de las conclusiones de la Comisión de Estudio del Proceso Constituyente. Estas conclusiones ya habían sido declaradas inconstitucionales por el TC en un auto del 19 de julio que había sido comunicado personalmente a Forcadell y a cada uno de los miembros de la Mesa del Parlament. Por tanto, todos estaban ya advertidos de la inconstitucionalidad de esas resoluciones. La presidenta pidió también un informe a los servicios jurídicos de la cámara, que se pronunciaron en contra de las resoluciones por no ser “constitucionalmente admisibles” y advirtieron de que su votación podría tener consecuencias.

Aunque los portavoces de la oposición advirtieron también de que podría haber responsabilidades, los representantes de JxS y la CUP mantuvieron la petición de que se llevase al pleno la votación de las resoluciones. Por ello, Forcadell, “pese a ser consciente de que tal decisión contravenía frontalmente la sentencia del TC 259/2015 de 2 de diciembre y el auto de 19 de julio de 2016, acordó someter a votación la alteración del orden del día para incluir la votación sobre las conclusiones de la Comisión de Estudio del Proceso Constituyente, resultando aprobada la alteración del orden del día y la inclusión del nuevo punto”. Y ello a pesar de que David Pérez, representante socialista, le recordó que, según el reglamento del Parlament, no puede iniciarse ninguna discusión si no se ha distribuido el informe, el dictamen o la documentación, como mínimo, dos días antes.

Forcadell siempre mantuvo que lo único que hizo fue aceptar lo que le pedían dos grupos parlamentarios y que su función no es decidir lo que se habla en la cámara. Pero los fiscales subrayan que “el pretendido ardid elucubrado para evitar la intervención de la Mesa y trasladar la eventual responsabilidad a un pleno irresponsable no es sino ‘una camuflada retórica al servicio del incumplimiento’”.

Por todo ello, el texto de Fiscalía recalca que “la querellada se ha negado abiertamente a dar el debido cumplimiento a una resolución judicial emanada del máximo intérprete de la Constitución, dictada en el cumplimiento de sus funciones y revestida de formalidades legales”.

Dinamitar el Estado

Y razona que “para consumar la desobediencia, la querellada, utilizando arbitrariamente las potestades de que estaba investida como presidenta del Parlament, adoptó acuerdos claramente contrarios al ordenamiento jurídico”. A continuación, subraya que “posibilitó la aprobación de una resolución que de manera expresa trata de desvincular a las instituciones de la Comunidad Autónoma de Cataluña del sistema constitucional, dinamitando el sistema de distribución de competencias establecido en el modelo de ordenación territorial del Estado”. Se trata, afirma el texto, de una prevaricación “asentada en el arbitrario ejercicio de unas potestades administrativas para las que el Parlament carece de competencias”.

Forcadell acordó someter a votación, pues, unas conclusiones ya consideradas ilegales y de las que conocía su naturaleza, “con cabal conciencia de que con su pronunciamiento impulsaba un trámite constitucionalmente ilegítimo, viciado de raíz por falta absoluta de competencia dentro de la ordenación territorial del Estado, extravagante de las genuinas funciones parlamentarias de las que estaban investidos conforme a la Constitución y el Estatuto de Autonomía y lesivo, por demás, del derecho fundamental al ejercicio de la función parlamentaria”.

La inviolabilidad no es inmunidad

Por si fuera poco, asegura la querella que su actuación “constituye un incumplimiento objetivo de su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir los mandatos” del TC, ya que “se le advirtió de manera expresa, en su calidad de presidenta de la Mesa del Parlamento, y bajo su responsabilidad” de la decisión del 19 de julio del TC, que anulaba las conclusiones de la comisión de estudio.

En otro de sus párrafos, enfatiza que “la señora presidenta del Parlamento de Cataluña, manifestando una voluntad inequívoca e irreversible de llevar adelante su proyecto político por la fuerza de los hechos consumados, con total desprecio a la Constitución de 1978, del ordenamiento emanado de la misma y de los pronunciamientos del TC, procedió a dar impulso al proceso constituyente preordenado en la resolución 1/XI [la resolución de ruptura con España pactada en la cámara por JxS y la CUP], resolución de imposible encaje en al ámbito competencial del Parlamento de Cataluña, en la ordenación territorial del Estado y en los procedimientos establecidos de reforma constitucional y estatutaria, integrando una pura vía de hecho”. En otras palabras, que se saltó a la torera todas las leyes, sentencias y competencias que tenía sobre la mesa.

Sus decisiones, abunda la querella, “afectan al funcionamiento del Parlament y potencialmente pueden generar una grave quiebra del ordenamiento constitucional”. Y subraya que utilizó “torticeramente” el reglamento de la Cámara para que se votasen las conclusiones rupturistas. Pero le advierte que “en ningún caso puede excusarse en el privilegio de la inviolabilidad”, ya que ésta “no es un privilegio personal que les inmunice de responsabilidad por actos manifiestamente ilegales ejecutados al margen o en contra del propio sistema parlamentario”.

El fiscal pide que se aporten a la causa las resoluciones adoptadas por el Parlamento catalán después del auto del 19 de julio de 2016 y la copia del acta de la sesión de la Mesa del Parlamento del 20 de julio, en la que tanto los servicios jurídicos como la oposición advierten a Forcadell de la ilegalidad de lo que está haciendo.

La presidenta del Parlamento catalán, Carme Forcadell, intentó, “torticeramente”, con subterfugios y trampas, “dinamitar” el sistema de distribución de competencias y el modelo de ordenación territorial del Estado y provocando una “grave quiebra del ordenamiento constitucional”. Éstas son las principales acusaciones que el Fiscal Superior de Cataluña, José María Romero de Tejada, hace contra Forcadell en la querella que hoy presentó ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC). Y es sólo la avanzadilla de una ofensiva jurídica de mayor calado que meterá el dedo en el ojo a la hoja de ruta del ‘procés’, esencialmente en lo que a ruptura y desconexión con España se refiere y a la desobediencia y menosprecio del marco legal vigente por parte de las instituciones o de dirigentes políticos catalanes.

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