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Cataluña prepara la ley de Transitoriedad: el arma decisiva para separarse de España
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Cataluña prepara la ley de Transitoriedad: el arma decisiva para separarse de España

"Se lleva al Parlamento la Ley de Transitoriedad Jurídica, se aprueba y, a partir de ahí, se disuelve la Cámara, convocando elecciones constituyentes". En Junts pel Sí lo tienen claro

Foto: El presidente de la Generalitat de Catalunya, Carles Puigdemont. (EFE)
El presidente de la Generalitat de Catalunya, Carles Puigdemont. (EFE)

Cataluña mantendrá, durante un tiempo indeterminado, la vigencia de algunos artículos clave de la Constitución española en el caso de que decida independizarse. ¿Cómo lo piensa hacer? A través de una Ley de Transitoriedad Jurídica que, oficialmente, ha de ser aprobada por el Parlamento catalán antes de un año. Éste es el calendario que manejan los independentistas: tras esa aprobación, se convocarían unas ‘elecciones constituyentes’ y se consumaría la ruptura.

Un alto dirigente de Junts pel Sí (JxS), la coalición que gobierna en Cataluña (en la que participan Convergència y Esquerra Republicana) detalla a El Confidencial los pasos a seguir: “Se lleva al Parlamento la Ley de Transitoriedad Jurídica, se aprueba y, a partir de ahí, se disuelve la Cámara, convocando elecciones constituyentes. El nuevo Gobierno que salga elegido ya no deberá obediencia a las leyes españolas y puede convocar un referéndum de ratificación de la nueva Constitución Catalana, con lo que quedará formalizada la nueva República”.

Pero, ¿puede Cataluña proclamar la independencia por su cuenta? Depende del cristal con que se mire. Según algunos, sí. Según otros, no. El Gobierno catalán, que preside Carles Puigdemont, tiene una meta, que es dejar a esta comunidad a las puertas de la secesión para rematar, en 24 horas, lo que durante años se ha ido cociendo. Y eso no será a través de un referéndum unilateral de independencia, como pretende la CUP, sino a través de la citada Ley.

En los informes del Consejo Asesor de la Transición Nacional (CATN), que presidía el jurista Carles Viver Pi Sunyer por encargo de Artur Mas, se hace referencia a la necesidad de garantizar los derechos y las libertades fundamentales “durante el periodo constituyente”, es decir, en el periodo que va desde la derogación de las leyes españolas como consecuencia de la proclamación de la independencia hasta el momento en que se aprueban leyes específicamente catalanas. Y, para ello, prevén dejar en vigor los capítulos de libertades y derechos más importantes de la Constitución Española, aunque con ‘obediencia subrogada’ a las instituciones catalanas.

Usar la Constitución española... de momento

“Teniendo en cuenta las circunstancias, parece una buena alternativa la opción de incorporar provisionalmente al nuevo ordenamiento catalán los derechos reconocidos en los principales instrumentos jurídicos vigentes en Cataluña hasta el momento, especialmente el título 1 de la Constitución Española (particularmente el artículo 10) y los capítulos (sic) 2 –derechos y libertades- y 3 –principios rectores de la política social y económica-. El capítulo (sic) 4, relativo a las garantías, habría de adaptarse, especialmente al desaparecer el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, y el capítulo (sic) 5 (suspensión de los derechos y libertades) habría de ser objeto de una reflexión específica, con la opción de no prever durante este periodo regímenes excepcionales de suspensión de derechos o, en todo caso, de modularlos adecuadamente”, señala el informe sobre el Proceso Constituyente elaborado por el CATN.

El Parlament recibe la advertencia del Tribunal Constitucional

Régimen transitorio de lenguas

El programa electoral de JxS copió intelectualmente este párrafo. Para JxS, “entre el inicio del proceso de creación del nuevo Estado hasta la aprobación de la nueva Constitución, aprobaremos la Ley de Transitoriedad Jurídica para asegurar que desde el primer momento se funcionará como un Estado de derecho, democrático y social”. Detalla, asimismo, complementando lo que ya establecía el CATN, que la Ley de la desconexión regulará “la constitución del nuevo Estado y sus elementos fundamentales; el régimen transitorio de la nacionalidad; los derechos y deberes de los ciudadanos y extranjeros y el sistema de garantías; el régimen transitorio de lenguas(sic); el sistema institucional transitorio; el régimen constitucional transitorio del poder judicial y de la Administración de Justicia; la sucesión de ordenamientos; y la sucesión de Administraciones”.

A través de esta Ley, el Gobierno catalán estará en disposición de elaborar la Ley del Proceso Constituyente, que “regulará la fase parlamentaria y referendaria del proceso de elaboración y aprobación de la Constitución definitiva del nuevo Estado”.

El CATN apostaba por adoptar el régimen de derechos y libertades que ya existen en la Constitución española pero dejaba una puerta abierta a que el Parlamento catalán “disponga de una total libertad para adaptar y modificar esta legislación de desarrollo, con el único límite de respetar el contenido constitucional de los derechos”.

Sí que especifica este órgano asesor que, para sustituir al Tribunal Constitucional en materia de árbitro “una solución provisional y nada invasiva del ámbito de la futura Constitución [catalana] podría consistir en dotar de carácter vinculante los dictámenes del Consejo de Garantías Estatutarias, cuando controle proyectos y proposiciones de ley respecto a los derechos y libertades fundamentales, a la espera de decidir en la futura Constitución sobre la existencia de un posible TC y del régimen de control de las leyes”.

Foto:  El presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont (2i), y el candidato al Congreso por Barcelona, Francesc Homs (i), durante el inicio de campaña electoral. (EFE) Opinión
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JxS va más allá del CATN. Para el grupo mayoritario de la cámara catalana, la Ley de Transitoriedad Jurídica “ha de regular de manera provisional los elementos estructurales del nuevo Estado y las cláusulas generales dirigidas a garantizar, desde el primer momento, todo el ordenamiento jurídico del nuevo Estado y la continuidad y sucesión ordenada de Administraciones. A estos efectos, la ley declarará la continuidad, excepto excepciones, de la aplicación del derecho autonómico catalán, del derecho español, del derecho de la UE y del derecho internacional”.

Esta ley prevé, asimismo, “la continuidad, mediante subrogación, de los contratos del Estado y de la Generalitat y la posibilidad de que los funcionarios y el personal laboral que presten sus servicios a la Administración del Estado en Cataluña puedan integrarse en la Administración del nuevo Estado”. En ese momento es cuando se puede proclamar la Ley del Proceso Constituyente antes citada y comienza la segunda y definitiva fase de este proceso: la convocatoria de “elecciones constituyentes que darán lugar al Parlamento Constituyente, el cual iniciará la fase institucional del Proceso Constituyente de acuerdo con la Ley del Proceso aprobada”.

Los independentistas obvian cualquier negativa sobre este proceso. “En el caso de que el Estado español, mediante decisiones políticas y/o jurídicas bloquee el autogobierno de Cataluña, el Gobierno y el Parlamento procederán a la proclamación de la independencia y a la aprobación de la Ley de Transitoriedad Jurídica. El proceso de creación del nuevo Estado independiente culminará con la aprobación de la Constitución por referéndum”, dicen los informes de JxS. En otras palabras: la Ley de Transitoriedad Jurídica es, hoy por hoy, la única arma con la que cuentan los independentistas para romper con España.

Cataluña mantendrá, durante un tiempo indeterminado, la vigencia de algunos artículos clave de la Constitución española en el caso de que decida independizarse. ¿Cómo lo piensa hacer? A través de una Ley de Transitoriedad Jurídica que, oficialmente, ha de ser aprobada por el Parlamento catalán antes de un año. Éste es el calendario que manejan los independentistas: tras esa aprobación, se convocarían unas ‘elecciones constituyentes’ y se consumaría la ruptura.

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