El TC permite por unanimidad que el Parlament debata la moción independentista
Los magistrados consideran que el tribunal solo puede actuar una vez que se apruebe la declaración soberanista y no ante una simple propuesta
Por unanimidad y en una reunión de algo más de una hora. Los 11 magistrados del Tribunal Constitucional han decidido denegar la suspensión cautelar del pleno del Parlamento catalán en que se debatirá la propuesta de declaración soberanista presentada por Junts Pel Sí y la CUP con que se iniciará el proceso de ruptura con España. El pleno del alto tribunal asegura que la Cámara "es la sede natural del debate político" y que la casi segura aprobación de la declaración es una cuestión "que no debe condicionar anticipadamente la viabilidad misma del debate".
Las peticiones de Ciudadanos y el PP de que se suspendieran los acuerdos de la mesa previos a la convocatoria del pleno del Parlament rebasan la función del recurso de amparo al promover, según los magistrados, "un control de constitucionalidad sobre una resolución que no se ha adoptado y cuyo contenido último se desconoce". [Siga en directo la votación de la propuesta de independencia en el Parlament]
El alto tribunal niega que el no suspender los recursos de amparo de ambas formaciones los deje sin contenido. Al contrario, están a salvo, pues una sentencia estimatoria de la demanda contra la decisión de la mesa del Parlament o de la junta de portavoces “conllevaría la declaración de nulidad de todos aquellos actos que hubieran resultado lesivos para los recurrentes” (es decir, de las consecuencias del propio debate).
Los magistrados aseguran que son conscientes del “riesgo” de que se apruebe la propuesta independentista el próximo lunes, pero afirman que “ello no debe llevar a distorsionar el momento asignado por el ordenamiento a cada institución para ejercer sus competencias”. Es decir, que el Constitucional solo puede actuar una vez que el Parlamento catalán haya sacado adelante la declaración rupturista.
El auto recuerda al Parlamento de Cataluña su obligación de actuar conforme a la legalidad. “En este momento es a la propia Cámara autonómica a quien corresponde velar por que su actuación se desarrolle en el marco de la Constitución”, prosigue la resolución. “Son las asambleas parlamentarias, en su condición de poderes constituidos, las que, en primer lugar, deben velar por que sus decisiones se acomoden, en todo momento, a la norma fundamental”.
En su recurso, Ciudadanos advertía a los magistrados de que la aprobación del texto secesionista el próximo lunes supondría la desobediencia de las instituciones catalanas al propio Tribunal Constitucional, cuyo pleno advierte, sin embargo, que "el contenido de las disposiciones, resoluciones o actos emanados de un poder público, cualquiera que sea, no menoscaba la integridad de las competencias que la Constitución encomienda a este tribunal, que ejercerá cuando proceda, con prudencia y determinación”.
Los magistrados subrayan también que, una vez aprobada la resolución, la última palabra les corresponderá a ellos. Y recuerdan que en marzo de 2014 ya declararon inconstitucional y anularon parcialmente la Declaración de Soberanía y del Derecho a Decidir del Pueblo de Cataluña. Ese texto no era una simple propuesta, como la de Junts pel Sí y la CUP que se debatirá el lunes en el Parlament, sino que fue aprobada por esa cámara el 23 de enero de 2013.
Por unanimidad y en una reunión de algo más de una hora. Los 11 magistrados del Tribunal Constitucional han decidido denegar la suspensión cautelar del pleno del Parlamento catalán en que se debatirá la propuesta de declaración soberanista presentada por Junts Pel Sí y la CUP con que se iniciará el proceso de ruptura con España. El pleno del alto tribunal asegura que la Cámara "es la sede natural del debate político" y que la casi segura aprobación de la declaración es una cuestión "que no debe condicionar anticipadamente la viabilidad misma del debate".