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Las exmonjas de Belorado no pueden inscribirse como asociación: nuevo varapalo del Supremo
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Decisión del Tribunal Supremo

Las exmonjas de Belorado no pueden inscribirse como asociación: nuevo varapalo del Supremo

El objetivo de las exmonjas con esta solicitud era intentar que su decisión de abandonar la Iglesia católica no supusiese la salida obligada de los monasterios

Foto: Monjas de Belorado este verano (EFE/Santi Otero)
Monjas de Belorado este verano (EFE/Santi Otero)

El Tribunal Supremo ha dado un nuevo varapalo judicial a las exmonjas de Belorado (Burgos) al inadmitir un recurso de casación presentado por la exabadesa contra la negativa de la Subsecretaría del Ministerio del Interior de inscribir a los monasterios de Santa Clara de Derio (Vizcaya) y de Santa Clara de Belorado en el Registro Nacional de Asociaciones Civiles.

El objetivo de las exmonjas con esta solicitud era intentar que su decisión de abandonar la Iglesia católica no supusiese la salida obligada de los monasterios, ya que, según siempre han defendido, son suyos a pesar de que sobre ellas pesa una orden de desahucio del monasterio de Belorado que en estos momentos está paralizada pendiente de otro tipo de recursos.

La decisión de Interior de negar su inscripción como asociaciones civiles fue recurrida por las exmonjas ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) por el procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales, así como la designación en el Registro de Entidades Religiosas de un Comisario Pontificio como representante legal de las entidades religiosas de los monasterios.

Foto: monjas-cismaticas-belorado-conflicto-1hms

El recurso de las exmonjas consideraba vulnerado el ejercicio de su derecho a que, como representante de una comunidad monástica que decide abandonar la Iglesia y transformarse en una asociación civil, pueda inscribirse como tal de manera efectiva. Pero el TSJM rechazó su impugnación. Ahora, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo también ha inadmitido el recurso de las exmonjas y considera que la exabadesa "no ha justificado un interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia que haga conveniente un pronunciamiento del Alto Tribunal".

Añade la providencia del Supremo que aunque un caso como este tiene una "indudable notoriedad pública", lo que ahora se valora es si este caso tiene suficiente relevancia como para merecer que el Supremo haga un pronunciamiento a efectos casacionales y de jurisprudencia, algo que niegan rotundamente. La providencia impone las costas procesales a la parte recurrente.

El Tribunal Supremo ha dado un nuevo varapalo judicial a las exmonjas de Belorado (Burgos) al inadmitir un recurso de casación presentado por la exabadesa contra la negativa de la Subsecretaría del Ministerio del Interior de inscribir a los monasterios de Santa Clara de Derio (Vizcaya) y de Santa Clara de Belorado en el Registro Nacional de Asociaciones Civiles.

El objetivo de las exmonjas con esta solicitud era intentar que su decisión de abandonar la Iglesia católica no supusiese la salida obligada de los monasterios, ya que, según siempre han defendido, son suyos a pesar de que sobre ellas pesa una orden de desahucio del monasterio de Belorado que en estos momentos está paralizada pendiente de otro tipo de recursos.

La decisión de Interior de negar su inscripción como asociaciones civiles fue recurrida por las exmonjas ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) por el procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales, así como la designación en el Registro de Entidades Religiosas de un Comisario Pontificio como representante legal de las entidades religiosas de los monasterios.

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