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Un litigio con dos siglos de historia obliga ahora a redefinir las fronteras entre Castilla y León y Asturias
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No había voluntad de entenderse

Un litigio con dos siglos de historia obliga ahora a redefinir las fronteras entre Castilla y León y Asturias

La Audiencia Nacional zanja una vieja disputa de lindes a favor del municipio leonés de Cabrillanes, aunque el asturiano Somiedo recurrirá en casación una sentencia que considera “incomprensible” y que le priva de 700 hectáreas de pasto

Foto: Vista de las tierras que pierde Somiedo (Asturias) en favor de Cabrillanes (León). (Cedida)
Vista de las tierras que pierde Somiedo (Asturias) en favor de Cabrillanes (León). (Cedida)

Hay dispuestas antiguas, tan remotas, que se pierden en los recovecos del tiempo, y luego está la disputa de lindes entre Cabrillanes y Somiedo, que parece ir mucho más allá de lo imaginable. Dos siglos de litigio con diversas modalidades judiciales, momentos históricos, argumentos y cambiantes instituciones implicadas. Hace falta una guía para no perder el hilo en la reciente sentencia de la Audiencia Nacional que, aparentemente, ha zanjado, al fin, la discusión. Según el alto tribunal, las casi 700 hectáreas que estaban en juego, y que hasta ahora formaban parte del municipio asturiano de Somiedo, corresponden en realidad a Cabrillanes (León), lo que obligará a redefinir las fronteras entre las dos regiones.

La sentencia reconoce lo complicado del litigio al negarse a imponer costas a los perdedores, pues “sería arrogante afirmar que el litigio fallado no presenta dudas de hecho y de derecho”. Al mismo tiempo, el tribunal admite que una de las consecuencias políticas de la decisión, como es el cambio de las fronteras que delimitan las comunidades autónomas de Castilla y León y de Asturias, va más allá de lo judicial y corresponde a las Cortes Generales españolas.

La resolución judicial alude al antiquísimo origen del conflicto cuando asegura que “durante el siglo XIX y hasta la mitad del siglo XX continuaron las dispuestas territoriales entre Cabrillanes y Somiedo”, en las que se puso de manifiesto que no había voluntad de entenderse entre los dos pueblos vecinos. Hablamos de un litigio cuyo contenido y alcance se recoge, con distintos grados de exactitud y detalle, en los sucesivos dictámenes emitidos por el Consejo de Estado en el marco de expedientes y procedimientos. Pero si a mediados del siglo pasado el contencioso pareció apaciguarse, revivió con el inicio del actual siglo XXI.

Hablamos de casi 700 hectáreas de terrenos de monte bajo, comunales y particulares, dedicados fundamentalmente a pasto y susceptibles de recibir ayudas de la PAC. Un suelo que es propiedad de los vecinos de Puerto de Somiedo (uno de los treinta pueblos que conforman Somiedo), pero que, a partir de ahora, figurarán como parte del municipio vecino.

Foto: Calles del pueblo de Albarracín en Teruel. (iStock)

“Es una decisión incomprensible”, asegura el alcalde asturiano Belarmino Fernández, quien apurará todavía el último cartucho legal que le queda: el recurso de casación ante el Tribunal Supremo. A su juicio, “no se pueden cambiar los límites entre comunidades autónomas mediante sentencias judiciales”. Y aún menos hacerlo con argumentos que considera “endebles”. Uno de ellos, por ejemplo, interpretar la ausencia de firma en un documento, por parte del representante asturiano, como muestra de conformidad.

El alcalde de Cabrillanes, en cambio, siente que por fin se hace justicia a su municipio, tras dos siglos de disputas legales, y que ello ha sido posible porque el Ayuntamiento leonés ha presentado una documentación antigua correcta y relevante que ha obligado al tribunal a darles la razón. “Ha sido un proceso muy largo en el que nos hemos visto muy solos, y con poco apoyo de la Junta de Castilla y León”. Emilio Martínez está convencido de que el recurso de casación no prosperará y que la sentencia actual se confirmará.

El litigio es antiguo -una cédula ejecutoria del año 1788 ha resultado finalmente decisiva- pero se ha reactivado en las dos últimas décadas, ya en este siglo XXI. Aunque aún podríamos remontarnos más atrás si tomamos como referencia un escrito de 1991 del Ayuntamiento de Cabrillanes en el que pedían una solución a los problemas de deslinde con Somiedo y que está en el origen de la historia actual del contencioso. Con todo, el capítulo más reciente de la disputa tiene como centro una Orden de 2003 que recogía los argumentos de Somiedo y que fue impugnada por el municipio leonés. Al tratarse de una cuestión de lindes, la disputa está en cómo trazar, y describir, la línea que separa los dos términos municipales vecinos. Y, para ello, la Audiencia Nacional ha aplicado un principio asentado en la jurisprudencia: tomar como referencia el documento más antiguo sobre el que exista acuerdo entre las partes.

placeholder Las 700 hectáreas que Asturias pierde en favor de Castilla y León son una zona de pasto susceptible de recibir ayudas de la PAC. (Cedida)
Las 700 hectáreas que Asturias pierde en favor de Castilla y León son una zona de pasto susceptible de recibir ayudas de la PAC. (Cedida)

Hasta ahora se consideraba que el documento fiable era un acta de junio de 1882, pese a la existencia de claros errores materiales. Esta acta coloca el denominado mojón 1, el que fija el nexo entre los tres términos municipales vecinos (Cabrillanes, Villablino y Somiedo), en el Alto de las Moruecas, en lugar de hacerlo en el denominado Alto del Collado Barroso o Peña Blanca, que es la tesis leonesa. Sin embargo, la Orden Ministerial de 2019, dictada por el Ministerio de Política Territorial y Función pública, entendió que los límites deben tener como referencia un documento de 1788, que se conserva en la Chancillería de Valladolid y que tiene prioridad por ser mucho más antiguo, casi un siglo anterior. Esta acta de apeo no tenía como objetivo dirimir las lindes entre los dos municipios que hoy se enfrentan en los tribunales, sino que respondía a otra disputa diferente. Pero su valor radica en que recoge la delimitación de lindes que se ha usado como referencia, por entender que es especialmente válida, al ser corroborada sobre el terreno por los vecinos de los distintos municipios afectados. Esta orden de 2019 motivó la presentación de recursos de lo contencioso-administrativo tanto por parte del Principado de Asturias como del Ayuntamiento de Somiedo. Estos recursos son los que ahora ha desestimado la Audiencia Nacional.

La resolución judicial es consciente de caminar sobre un campo de minas, con muchos errores e inexactitudes acumulados por el paso del tiempo, y matiza el alcance de su deliberación: el Tribunal “se conforma con verificar la racionalidad jurídica y técnica de la delimitación de términos dispuesta por la Orden recurrida, sin pretender que la presente sentencia ponga de manifiesto, de una vez para siempre, la verdad histórica de una disputa sumamente enrevesada por atravesar diferentes épocas históricas”. Un reconocimiento que, quién sabe si no dará pie en el futuro, a un nuevo litigio que cambie el curso de la decisión actual. Aunque por ahora, y salvo nueva sorpresa inesperada, la línea que separa Asturias y León se mueve en casi 700 hectáreas.

Hay dispuestas antiguas, tan remotas, que se pierden en los recovecos del tiempo, y luego está la disputa de lindes entre Cabrillanes y Somiedo, que parece ir mucho más allá de lo imaginable. Dos siglos de litigio con diversas modalidades judiciales, momentos históricos, argumentos y cambiantes instituciones implicadas. Hace falta una guía para no perder el hilo en la reciente sentencia de la Audiencia Nacional que, aparentemente, ha zanjado, al fin, la discusión. Según el alto tribunal, las casi 700 hectáreas que estaban en juego, y que hasta ahora formaban parte del municipio asturiano de Somiedo, corresponden en realidad a Cabrillanes (León), lo que obligará a redefinir las fronteras entre las dos regiones.

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