El Supremo condena por los ERE a la dueña de Acyco y al exabogado que actuó como asesor
El Alto Tribunal absuelve al exconsejero Antonio Fernández tras asumir la sentencia del Constitucional que niega prevaricación y malversación en el diseño del reparto de ayudas pero sí ve punible su uso contario a "fin público"
El Tribunal Supremo asume las tesis del Constitucional en el caso de los ERE de Andalucía. Seis meses después de la revisión de la pieza política por parte del tribunal de garantías, el Supremo ha emitido una sentencia acorde con dicha doctrina en la pieza separada sobre las ayudas a la empresa sevillana Acyco. En su fallo, el magistrado Juan Ramón Berdugo condena a cinco personas encabezadas por Encarnación Poto, expresidenta del consejo de administración de la empresa, y al exabogado de Garrigues José Miguel Caballero, que asesoró la gestión de las ayudas, aunque lleva años fuera de la firma. Ambos ven confirmada la pena de 4 años de prisión, mientras que el exconsejero de Empleo, Antonio Fernández, queda absuelto en la pieza después de ser condenado en la pieza política.
La sentencia, con fecha de 29 de noviembre, incluye las consecuencias de la revisión del TC y admite que el sistema de reparto de fondos era "cuando menos, discutible, imperfecto, deficiente, laxo, carente de condiciones, anómalo e incluso, objetivamente facilitador de conductas irregulares ajenas al interés público", pero también recuerda que se amparaba en normas con rango de ley "cuya constitucionalidad no fue cuestionada". Esos son los argumentos que llevaron al Constitucional a rebajar las condenas de los exaltos cargos encabezados por José Antonio Griñán y Manuel Chaves, expresidentes de la Junta, pendientes de la sentencia definitiva de la Audiencia Provincial de Sevilla teniendo sólo en cuenta aquellas ayudas que no estaban blindadas por las leyes de presupuestos y la partida 31.L.
Esas son precisamente las prestaciones por las cuales el Supremo confirma la condena a Encarnación Poto y el jefe de recursos humanos de Acyco, así como al citado exabogado de Garrigues y a dos responsables de la aseguradora Vitalia, Antonio Albarracín y José María Bordallo, con condenas de 3 años y 9 meses y 2 años de prisión respectivamente. Estas penas responden a cuatro disposiciones de fondos que no quedan amparadas en las sentencias del Constitucional emitidas el pasado verano.
En esas ayudas destacan las encaminadas a incluir en la plantilla de esta empresa de aceitunas y conservas a dos intrusos vinculados a Francisco Javier Guerrero, exdirector general de Trabajo considerado el cabecilla del caso y que falleció en 2021 antes de conocerse la sentencia inicial de la pieza política. Los otros dos políticos que figuraban en esta pieza separada, el citado Antonio Fernández y el exdirector general de Trabajo Juan Márquez, queda absueltos por haber sido ya juzgados en la pieza del procedimiento específico.
El Supremo blinda las condenas de esta pieza separada por tratarse de ayudas que "excedieron su ámbito de cobertura en tanto que se hicieron en ausencia de fin público o para fines distintos de los previstos en el programa" 31.L. Las ayudas sociolaborales para los empleados de Acyco afectados por un ERE en 2003 fueron correctas, pero no así con esas cuatro subvenciones entre las que destacan las dos personas cercanas a Guerrero y que recibieron 223.000 euros. El número de intrusos en los ERE todavía no está cerrado, pero se estima que no llega al centenar de personas, mientras que todavía hoy hay extrabajadores de las distintas empresas que reciben dinero de prejubilaciones concedidas bajo el amparo del sistema de los ERE.
Otra de las ayudas consideradas fraudulentas sirvió para el abono de un adelanto de 7 socios de Acyco para el pago de las prejubilaciones, mientras que otra fue la inclusión en el ERE de la presidenta del Consejo de Administración. Encarnación Poto recibió 276.505,92 euros como pago de su jubilación mientras que seguía ejerciendo como responsable de la empresa y recibió por ello 318.455 euros. La última de las subvenciones cuestionadas por la sentencia estaba destinada, en teoría, al mantenimiento de 144 puestos de trabajo, pero fue para pagar la minuta del letrado de Garrigues, cifrada en 109.620 euros. Acyco recibió 82.000 euros por medio de una subvención excepcional para mantener esos empleos que acabaron en el despacho de abogados, aunque el dinero ya fue devuelto a la Junta.
Por todo ello el Supremo condena a Poto a 4 años de prisión como cooperadora necesaria de los delitos de prevaricación y falsedad en documento oficial en concurso con malversación de caudales públicos. La misma pena se impone al abogado del despacho Garrigues.
El Tribunal Supremo asume las tesis del Constitucional en el caso de los ERE de Andalucía. Seis meses después de la revisión de la pieza política por parte del tribunal de garantías, el Supremo ha emitido una sentencia acorde con dicha doctrina en la pieza separada sobre las ayudas a la empresa sevillana Acyco. En su fallo, el magistrado Juan Ramón Berdugo condena a cinco personas encabezadas por Encarnación Poto, expresidenta del consejo de administración de la empresa, y al exabogado de Garrigues José Miguel Caballero, que asesoró la gestión de las ayudas, aunque lleva años fuera de la firma. Ambos ven confirmada la pena de 4 años de prisión, mientras que el exconsejero de Empleo, Antonio Fernández, queda absuelto en la pieza después de ser condenado en la pieza política.
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