El Constitucional borra la malversación de los ERE y deja todo el foco del fraude en Empleo
El tribunal concede amparo a Miguel Ángel Serrano Aguilar, exdirector general de la agencia que firmaba los convenios para conceder ayudas. Su exculpación total, pese a estar en prisión, apunta al perdón de Griñán en 15 días
Nuevo paso del Tribunal Constitucional en la revisión del caso de los ERE de Andalucía. Tras anular parcialmente una condena por prevaricación, llega el turno de la malversación de caudales públicos, el delito que acarrea penas de cárcel a seis ex altos cargos socialistas de la Junta de Andalucía. El pleno del tribunal de garantías ha declarado nula la sentencia de la Audiencia de Sevilla, confirmada por el Tribunal Supremo, sobre Miguel Ángel Serrano Aguilar, exdirector general de IDEA. Como en el caso de Magdalena Álvarez, el TC considera vulnerado su derecho fundamental a la legalidad penal y, además, el derecho a la presunción de inocencia, pero a diferencia del caso de la exministra, Serrano Aguilar queda exculpado por completo por el polémico caso.
La Audiencia de Sevilla, después de las gestiones de su abogado, Juan Carlos Alférez por hacer llegar la notificación del Constitucional, emitió un auto este martes para ordenar la excarcelación del exalto cargo de la cárcel de Sevilla I, donde ingresó hace año y medio. El escrito llevaba la firma de las magistradas Pilar Llorente, Purificación Hernández y Patricia Fernández después de que el ponente de la sentencia de 2019, Juan Antonio Calle Peña, se jubilase poco después. El auto reclamaba que se expida el "mandamiento de libertad" al centro penitenciario y se ha notificado a las partes y a la Fiscalía. Finalmente, a última hora de la tarde de este martes ha sido puesto en libertad.
Serrano Aguilar forma parte de los condenados en el caso de los ERE ajenos a la Consejería de Empleo, donde se originó el fraude y donde se decidía el reparto de las ayudas mediante el sistema considerado fraudulento por la Audiencia de Sevilla y el Supremo. Con la anulación de la pena del exdirector general de IDEA, el Tribunal Constitucional se alinea con las tesis de las defensas de los ex altos cargos ajenos a dicho departamento. Estos posicionamientos quedan resumidos en la frase de José Antonio Griñán, que fue condenado como consejero de Hacienda y no como presidente: "El crédito nunca delinque". Era su forma de decir que la elaboración de presupuestos no puede ser constitutiva de un delito al tratarse de un acto político y no administrativo.
A las tesis de Griñán, amparadas por el TC en la sentencia sobre Magdalena Álvarez, hay que sumar otros posicionamientos del tribunal de garantías para explicar la anulación de la condena de Serrano Aguilar. Una vez aprobada la ley de presupuestos que incluyó la partida 31L, destinada al pago de ayudas sociolaborales, la fórmula de reparto de fondos queda legalizada a pesar de ir en contra de otras normas, como la ley de subvenciones. Sobre esta teoría se apoyó la arquitectura jurídica del caso ERE desde su instrucción, a cargo de Mercedes Alaya, hasta la confirmación del Supremo, y ahora queda en duda tras la decisión del TC. Como en el caso de Álvarez, la exculpación del exdirector general de IDEA ha salido adelante por siete votos a cuatro, en aplicación de la mayoría progresista que existe en el organismo que preside Cándido Conde-Pumpido.
El papel de Serrano Aguilar como director de IDEA era el de firmar los convenios que derivaban en el pago de las ayudas sociolaborales. Según defiende Inmaculada Montalbán en su ponencia, este hecho no es compatible con el delito de prevaricación porque los documentos que firmaba el ex alto cargo venían amparados por el presupuesto autonómico a partir de la citada partida 31L. "Una vez entrado en vigor (...) resulta impredecible que los actos dictados a su amparo se consideren manifiestamente ilegales", reza el escrito avalado por la mayoría del Constitucional. De esta forma, queda blindado el objetivo de esta norma, que es abonar ayudas sociolaborales a empresas en crisis, eludiendo los controles habituales en la concesión de subvenciones.
Sobre la malversación, el TC utiliza argumentos similares, ya que considera que la firma de convenios para distribuir ayudas, si están amparadas en la ley de presupuestos, tampoco encaja con este delito. "Nadie puede prever razonablemente que vaya a ser condenado (...) por la disposición ilícita de caudales públicos por realizar conductas que tienen cobertura en una norma con rango de ley", reza la ponencia de Inmaculada Montalbán, que también recuerda que las leyes de presupuestos que habilitaban el pago de las ayudas de los ERE nunca fueron impugnadas ante el Constitucional.
"El PP miente cuando dice que hemos robado o que había una trama para robar", defendió este martes Josele Aguilar, portavoz del PSOE andaluz, que ha empleado las tesis blindada por el TC: "Una ley no puede ser ilegal". El dirigente socialista ha acusado al PP de armar "una cacería" que ahora "se está derrumbando". "Ninguno de los condenados se ha enriquecido en la pieza específica", ha abundado Aguilar. Ese matiz, el de aludir a la pieza política, es relevante, ya que la revisión del Constitucional solo afecta a la creación del sistema de reparto de los fondos. En los juzgados de Sevilla hay más de 100 piezas, una por cada concesión de ayudas y donde solo están implicados responsables procedentes de la Consejería de Empleo. En ellas se estudia si las empresas que recibieron las ayudas las merecían y la presencia de intrusos en las prejubilaciones.
Montalbán recuerda en su escrito sobre Serrano que la Audiencia de Sevilla establece en su sentencia inicial de 2019 que fueron los condenados procedentes de Empleo los que concedieron las ayudas "sin que concurriera el fin público o social". El TC considera, con esos antecedentes, que esa concesión de ayudas injustificadas no puede ser amparada, aunque recuerda que el caso del exdirector de IDEA no encaja ahí. Precisamente por eso, porque el papel de Serrano no estaba relacionado con las ayudas que pudieran ser fraudulentas, el TC también asume que se ha vulnerado el derecho a la presunción de inocencia del exdirector general de IDEA.
Nuevo paso del Tribunal Constitucional en la revisión del caso de los ERE de Andalucía. Tras anular parcialmente una condena por prevaricación, llega el turno de la malversación de caudales públicos, el delito que acarrea penas de cárcel a seis ex altos cargos socialistas de la Junta de Andalucía. El pleno del tribunal de garantías ha declarado nula la sentencia de la Audiencia de Sevilla, confirmada por el Tribunal Supremo, sobre Miguel Ángel Serrano Aguilar, exdirector general de IDEA. Como en el caso de Magdalena Álvarez, el TC considera vulnerado su derecho fundamental a la legalidad penal y, además, el derecho a la presunción de inocencia, pero a diferencia del caso de la exministra, Serrano Aguilar queda exculpado por completo por el polémico caso.