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Una jueza condena a Vox por irregularidades en las primarias que ganó el 'casero' de Olona
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TENDRÁ QUE PAGAR 72.000 EUROS

Una jueza condena a Vox por irregularidades en las primarias que ganó el 'casero' de Olona

La sentencia da la razón a Ignacio Pozo, al considerar que la exclusión de su candidatura en el proceso de 2020 supuso una vulneración de su derecho a la participación democrática

Foto: Manuel Martín (d) y Macarena Olona. (Twitter de Macarena Olona)
Manuel Martín (d) y Macarena Olona. (Twitter de Macarena Olona)

La titular del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Granada, Montserrat Peña, ha condenado a Vox a pagar 72.000 euros al concluir que las primarias celebradas en esta provincia en 2020 adolecieron una "falta de garantías". El partido debe abonar este dinero a los tres denunciantes que conformaban la lista liderada por Ignacio Pozo y que fueron expulsados del proceso bajo el argumento de que 15 de sus avales no eran válidos. La presidencia de Vox en Granada acabó así en manos de Manuel Martín, que este año se vio envuelto en otra polémica después de que Macarena Olona se empadronara en su casa para poder concurrir a las elecciones andaluzas.

"Esta juzgadora ha alcanzado la convicción de que, en efecto, existían fallas en el sistema de avales que determinaron la exclusión de la candidatura del actor Don Manuel Ignacio Pozo por no haber reunido la misma el número de avales necesarios entre los afiliados de pleno derecho del partido de una manera opaca, poco clara, poco transparente y en definitiva, poco fiable e incluso susceptible de manipulación", sostiene la sentencia, fechada el 15 de julio y a la que ha tenido acceso El Confidencial.

Foto: Manuel Martín (d) y Macarena Olona. (Twitter de Macarena Olona)

La candidatura de Ignacio Pozo fue excluida de las primarias después de que el Comité Electoral de Vox concluyera que 15 de sus 88 avales eran nulos, lo que le impidió alcanzar el mínimo exigido de.78. Según advierte la jueza, a esto se suma "la gravedad añadida" de que el partido "no informó de cuál fue el motivo concreto por el que se anularon cada uno de estos 15 apoyos". Los requisitos fijados por el partido para poder avalar a un candidato consistían en "estar al corriente de pago y haberse afiliado antes del 31 de agosto de 2020", pero como explica la sentencia, el sistema informático en cuestión no permitía comprobar el cumplimiento de estas exigencias.

A la hora de explicar las fallas de este sistema, la jueza destaca además que el Comité Electoral llegó a considerar "de forma insólita" que tres avales otorgados a afiliados de Granada que ni siquiera se habían presentado como candidatos fueron declarados "válidos". Según argumenta, este hecho constituye "una evidencia más de las pocas garantías del aval telemático a través de la empresa externa de Telefónica" y plantea dudas respecto a la anulación de los avales de Pozo "sin que se conozca el motivo".

Foto: La candidata de Vox a la presidencia de la Junta de Andalucía, Macarena Olona. (EFE)

"Todo ello pone de manifiesto una falta de garantías y unas evidentes posibilidades de fraude del sistema del aval telemático, ya que el aval y voto telemático implantados por el partido, no permitían la celebración de elecciones internas sin la intromisión del aparato, dejando el escrutinio de los avales solamente a la decisión del partido, que a su vez ha implantado un sistema telemático para prestar los avales que impide a los candidatos disponer de interventores para verificar el recuento del número de avales y el cumplimiento de los requisitos", explica la jueza. "A los actores no se les ha permitido la posibilidad de revisar si los avales se habían computado correctamente", añade.

La jueza concluye que la anulación de avales quedaba, por tanto, en manos del Comité Electoral y no de un sistema informático, incurriendo así en una vulneración del derecho a la participación democrática de los demandantes: "Aun cuando sea lícito que la normativa interna del partido establezca requisitos formales para la presentación de candidaturas, es preciso, además, que el proceso sea claro y transparente en todos sus trámites, y lo cierto es que el sistema de aval establecido informáticamente por el partido político Vox adolecía de una opacidad tanto en cuanto a su sistema de prestación de los avales como en cuanto al sistema posterior de verificación", argumenta.

Con este razonamiento, la jueza atiende los argumentos de los demandantes, cuya defensa ha corrido a cargo del despacho MLegal y el abogado Antonio Estella. Además de condenar al partido a pagarles 72.000 euros y a abonar las costas del proceso, también declara nulo de pleno derecho ocho decisiones adoptadas por el partido durante las primarias, entre ellas la proclamación de candidaturas y de resultados. El partido ahora puede recurrir esta resolución ante la Audiencia Provincial de Granada.

La titular del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Granada, Montserrat Peña, ha condenado a Vox a pagar 72.000 euros al concluir que las primarias celebradas en esta provincia en 2020 adolecieron una "falta de garantías". El partido debe abonar este dinero a los tres denunciantes que conformaban la lista liderada por Ignacio Pozo y que fueron expulsados del proceso bajo el argumento de que 15 de sus avales no eran válidos. La presidencia de Vox en Granada acabó así en manos de Manuel Martín, que este año se vio envuelto en otra polémica después de que Macarena Olona se empadronara en su casa para poder concurrir a las elecciones andaluzas.

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