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La nueva normativa andaluza resolverá la situación de 300.000 viviendas ilegales
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La nueva normativa andaluza resolverá la situación de 300.000 viviendas ilegales

Hasta ahora, estas edificaciones han provocado riesgos para la seguridad y salubridad por la localización en zonas con riesgos naturales y el autoabastecimiento de agua en suelos contaminados

Foto: La consejera de Fomento, Marifrán Carazo, junto al consejero de Presidencia y portavoz, Elías Bendodo (EFE).
La consejera de Fomento, Marifrán Carazo, junto al consejero de Presidencia y portavoz, Elías Bendodo (EFE).

Andalucía se ha propuesto acabar con las edificaciones irregulares que, estando fuera de planificación, no cuentan con infraestructuras para los servicios básicos de saneamiento y abastecimiento de agua y electricidad, por lo que no tienen garantizadas las condiciones mínimas de seguridad y salubridad requeridas para ser habitables.

Lo va a hacer con el Decreto-ley 3/2019, de 24 de septiembre, de medidas urgentes para la adecuación ambiental y territorial de las edificaciones irregulares en la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación, que quiere resolver la situación de dichas edificaciones, que en Andalucía afectan a más de 300.000 familias. El decreto ley pone el acento en la protección ambiental y la simplificación de los procesos. El objetivo es mejorar las condiciones ambientales y paisajísticas de las agrupaciones de viviendas irregulares.

La nueva normativa, además, supone la derogación de la anterior (dos leyes, un decreto y una orden). No se trata de una 'amnistía', ya que se priorizará la actuación inspectora y sancionadora para que no se vuelva a producir este problema, aplicando la competencia en materia de disciplina urbanística, aunque eso no implica que se vayan a normalizar todas las viviendas irregulares.

Servicios, trámites y planes generales

La normativa aplicada por el Gobierno de la Junta de Andalucía se asienta sobre tres pilares básicos:

1.- Declaración de AFO

Esta figura no supone la legalización, sino el reconocimiento de una situación de irregularidad que, al prescribir el delito, no se puede adoptar medidas para restablecer la legalidad. La declaración de Asimilado a Fuera de Ordenación (AFO) permite a los propietarios acceder a servicios básicos (agua, luz, saneamiento) y la posibilidad de realizar obras de conservación y mantenimiento.

El acceso al AFO se permite a cualquier edificación irregular, salvo a viviendas que aún estén en plazo para reestablecer la legalidad (hasta seis años desde su construcción) o con sentencia y las que se asienten sobre suelos de especial protección.

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(EFE).

2.- Agilización de trámites

Antes, los asentamientos debían figurar en los Planes Generales de Ordenación Urbana (PGOUs) y, una vez superado este paso, los ayuntamientos debían desarrollar un plan especial o un plan parcial para cada asentamiento. Sin embargo, con el decreto-ley todo municipio podrá formular, de manera inmediata, un plan especial para una agrupación de viviendas concreta.

Y es que, hasta ahora, había que esperar nueve años de media para aprobar un PGOU más los 20 meses que requería un plan especial. Con la nueva normativa el problema se podrá resolver en un plazo de entre 12 y 18 meses en colaboración con los ayuntamientos.

3.- Incorporación a planes generales

Las agrupaciones de viviendas irregulares de carácter urbano se podrán incorporar a los planes generales. Los ayuntamientos deberán prever en sus PGOUs una serie de servicios mínimos, como equipamientos públicos o zonas verdes, si pretenden incorporarlos.

Hasta ahora, estas edificaciones irregulares han provocado riesgos para la seguridad y salubridad de la población afectada, derivados de la localización en zonas con riesgos naturales y del autoabastecimiento de agua en suelos contaminados por la falta de saneamiento y depuración de las residuales.

Andalucía se ha propuesto acabar con las edificaciones irregulares que, estando fuera de planificación, no cuentan con infraestructuras para los servicios básicos de saneamiento y abastecimiento de agua y electricidad, por lo que no tienen garantizadas las condiciones mínimas de seguridad y salubridad requeridas para ser habitables.

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