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La familia de Marta del Castillo podrá ejercer la acusación popular en el juicio de El Cuco
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Pero no como acusación particular

La familia de Marta del Castillo podrá ejercer la acusación popular en el juicio de El Cuco

La Fiscalía de Sevilla ha aceptado la petición de la defensa de 'El Cuco' para que los Castillo no acudan como acusación particular a su juicio, pero sí como acusación popular

Foto: Padres de Marta del Castillo (Efe)
Padres de Marta del Castillo (Efe)

La Fiscalía de Sevilla ha apoyado la petición de la defensa de El Cuco y su madre, procesados por falso testimonio, de que los padres de Marta del Castillo no sean acusación particular en esta causa. Sin embargo, en un escrito dirigido al Juzgado de Instrucción número 2 de la ciudad, la fiscal Margarita Viera considera procedente que Antonio del Castillo y Eva Casanueva ejerzan la acusación popular y para ello se basa en la doctrina Atutxa, derivada de una sentencia del Tribunal Supremo de 8 de abril de 2008.

"En los delitos que carecen por definición de un perjudicado concreto susceptible de ejercer la acusación particular, el fiscal no puede monopolizar el ejercicio de la acción pública (...). Por ello, en esta clase de delitos, la acción popular no debe conocer restricciones", afirmaba esa sentencia, que abre la acusación popular a "cualquier ciudadano que propugne una visión alternativa" a la del Ministerio Fiscal.

Para que los padres de Marta del Castillo, asesinada por Miguel Carcaño el 24 de enero de 2009, puedan ejercer la acción popular, la fiscal recuerda que deben haber interpuesto una querella, estar personados en el procedimiento abreviado antes del trámite de calificación y prestar una fianza, aunque se muestra favorable a que no se les exija una "cuya cuantía resulte tan inadecuada que impida o imposibilite" la acusación popular.

¿Acusación particular o popular?

El anterior abogado de Francisco Javier García Marín, El Cuco, y su madre, Rosalía García Marín, pidió que Antonio del Castillo y Eva Casanueva fuesen expulsados como acusación particular en la causa por falso testimonio abierta contra sus clientes por la declaración que prestaron durante el juicio por el asesinato de la joven, celebrado en 2011.

La representante del Ministerio Público reconoce que "asiste la razón" al letrado de El Cuco porque el falso testimonio "es un delito público cuyo bien jurídico es la Administración de Justicia", por lo que "no se protege un bien individual y no hay víctimas ni ofendidos o perjudicados", de lo que "se deriva la improcedencia de considerar a los denunciantes como titulares de la acción penal, reservada a los perjudicados por el delito".

La Fiscalía también estima la petición de la defensa de El Cuco para que se practiquen varias diligencias, como que el Juzgado de Menores número 3 de Sevilla remita testimonio del día que declaró ante la Sección Séptima de la Audiencia Provincial, el 25 de octubre de 2011, "a fin de determinar el estatus del investigado y sus derechos".

El escrito también admite la petición de que la acusación aporte las grabaciones realizadas por un supuesto infiltrado en el entorno de la familia del amigo de Carcaño.

El Juzgado de Instrucción número 2 procesó a El Cuco y su madre por falso testimonio porque "urdieron un plan que tenía como única finalidad engañar al tribunal acerca de lo realmente acaecido el 24 de enero de 2009", cuando resultó muerta la menor Marta del Castillo.

La Fiscalía de Sevilla ha apoyado la petición de la defensa de El Cuco y su madre, procesados por falso testimonio, de que los padres de Marta del Castillo no sean acusación particular en esta causa. Sin embargo, en un escrito dirigido al Juzgado de Instrucción número 2 de la ciudad, la fiscal Margarita Viera considera procedente que Antonio del Castillo y Eva Casanueva ejerzan la acusación popular y para ello se basa en la doctrina Atutxa, derivada de una sentencia del Tribunal Supremo de 8 de abril de 2008.

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