La Audiencia Nacional ha condenado a tres años y seis meses de cárcel al comisario de Policía José Manuel Villarejo como autor de un delito de revelación de secretos de particulares con difusión a terceros, cometido por funcionario público, por el acceso no autorizado y su distribución a dos medios de comunicación del contenido de la tarjeta de un móvil sustraído en noviembre de 2015 a Dina Bouselham, por entonces asesora del secretario general de Podemos, Pablo Iglesias.
Según la sentencia, los magistrados de la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal imponen a Villarejo el pago de una indemnización a Bouselham y a Iglesias de 5.000 y de 1.000 euros, respectivamente, cantidades de las que responderá en calidad de responsable civil subsidiario la Administración General del Estado. El Tribunal le aplica a Villarejo la atenuante de dilaciones indebidas por el tiempo transcurrido entre la formación de la presente pieza separada en 2017 y su enjuiciamiento.
En esta pieza separada 10 de la macrocausa Tandem, denominada Dina, fueron inicialmente juzgados, junto a Villarejo, dos periodistas, si bien al retirar la acusación particular y la Fiscalía los cargos contra ellos, quedaron exonerados.
Según los hechos probados de la sentencia, el 1 de noviembre de 2015, personas desconocidas se hicieron subrepticiamente con efectos personales de Dina Bousselham y de su entonces pareja cuando se encontraban en un establecimiento comercial, entre ellos un terminal de telefonía móvil cuya usuaria habitual era aquella. Con posterioridad, el 19 de enero del año siguiente, se hizo llegar a la sede del grupo de comunicación Zeta un sobre que contenía la tarjeta de almacenamiento externa que había estado conectada al teléfono perteneciente a Dina Bousselham.
Los archivos que contenía la citada tarjeta telefónica fueron examinados en la sede de este medio y su presidente, después de decidir que no se iba a publicar en ninguno de los medios de comunicación del grupo y creyendo que por su contenido podría pertenecer a Pablo Iglesias, en aquellas fechas secretario general de Podemos, le citó en la sede del grupo.
Al día siguiente, una vez que Iglesias examinó el contenido de varios de sus archivos, recuperó la tarjeta, que retuvo en su poder durante seis mesessin informar de ello a Dina Bousselham, entregándosela transcurrido ese periodo temporal y sin que quede acreditado que la devolviera dañada y que ello impidiera visualizar su contenido.
Según la sentencia, con anterioridad a la devolución de la tarjeta a Pablo Iglesias, los dos periodistas inicialmente contactaron con Villarejo, a quien le hicieron entrega de la citada tarjeta telefónica. Contenía archivos con documentos internos de Podemos, datos bancarios, archivos de vídeo y audio, otros documentos de carácter íntimo y personal, entre ellos fotografías de Dina Bousselham, y diversos grupos de chats con otros miembros de la cúpula del citado partido político.
La sentencia destaca que en esas fechas, Villarejo “no tenía encomendada ninguna función en su ámbito policial relacionada con Podemos ni relativa a alguno de sus integrantes, no emitiendo por dicha circunstancia nota informativa alguna a la Dirección Adjunta Operativa (DAO) de su actuación y de la información recibida”.
Con la tarjeta en su poder,Villarejo descargó sus archivos en un lápiz de memoria, e hizo entrega de tales archivos descargados a periodistas de su círculo de confianza, para que elaboraran y publicaran diversas informaciones en descrédito de Podemos y de Pablo Iglesias. Villarejo estaba entonces en activo a las órdenes de la Dirección Adjunta Operativa.
“Ciertamente -añade- delitos como el que ahora se enjuicia, en el que se produce una invasión del núcleo de la intimidad, hacen surgir implícitamente una presunción de daño moral, según ha reiterado el Tribunal Supremo, que no precisan de prueba suplementaria, y difícilmente puede negarse que exista, al producir en la víctima sensaciones de inseguridad, desprotección, desasosiego, pesadumbre y preocupación”.
En el caso de la exasesora, la Sala aprecia situación de afectación por el acceso a todo el contenido de su teléfono móvil, que fue difundido por el acusado a dos medios de comunicación, con lo cual “su vida íntima y personalísima se vio completamente expuesta a quien no deseaba, lo cual sin duda justifica el reconocimiento por este concepto” de la suma de 5.000 euros solicitada por la defensa de dicha parte y por el Ministerio Fiscal, petición económica a la que el Tribunal queda constreñido, aclara, por el principio dispositivo y por ello no puede conceder una indemnización mayor que la solicitada.
“Lo mismo puede decirse con respecto al perjudicado Pablo Iglesias, fijándose la indemnización en la cantidad reclamada por su defensa y por el Ministerio Público de 1.000 euros”, concluye.
La Audiencia Nacional ha condenado a tres años y seis meses de cárcel al comisario de Policía José Manuel Villarejo como autor de un delito de revelación de secretos de particulares con difusión a terceros, cometido por funcionario público, por el acceso no autorizado y su distribución a dos medios de comunicación del contenido de la tarjeta de un móvil sustraído en noviembre de 2015 a Dina Bouselham, por entonces asesora del secretario general de Podemos, Pablo Iglesias.