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Con contratos de alquiler o informes médicos: los nuevos requisitos y claves para regularizarse como inmigrante en España
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una autorización más amplia

Con contratos de alquiler o informes médicos: los nuevos requisitos y claves para regularizarse como inmigrante en España

Permitirá a cientos de miles de extranjeros acceder al permiso de residencia y trabajo mediante un procedimiento excepcional

Foto: Una oficina de extranjería en España (EFE)
Una oficina de extranjería en España (EFE)

La regularización extraordinaria de personas migrantes que aprobará el Gobierno por Real Decreto abre la puerta a que cerca de medio millón de extranjeros puedan obtener permiso de residencia y trabajo en España. La medida introduce criterios más flexibles que en procesos anteriores y fija una serie de requisitos clave que marcarán quién puede acogerse a este proceso excepcional.

El primer requisito será acreditar la permanencia en España durante al menos cinco meses antes del 31 de diciembre de 2025. Para demostrarlo, la norma no se limitará al empadronamiento, aunque este seguirá siendo una de las vías más habituales. También se aceptarán informes médicos, certificados de asistencia a recursos sociales, contratos de alquiler, justificantes de envíos de dinero, billetes de transporte o cualquier documento público o privado que permita probar la estancia continuada en el país.

Otro de los pilares del proceso será la ausencia de antecedentes penales. Los solicitantes no deberán contar con condenas relevantes ni suponer una amenaza para el orden público, un criterio que será evaluado por la administración durante la tramitación del expediente.

Una de las novedades más relevantes es que no será necesario esperar a la resolución definitiva para trabajar. Con el simple resguardo de haber presentado la solicitud, el interesado podrá residir y trabajar de forma provisional en España, y quedarán suspendidos los procedimientos de expulsión por estancia irregular mientras se resuelve el proceso.

El permiso concedido tendrá una vigencia inicial de un año y permitirá trabajar en cualquier sector y en todo el territorio nacional. Transcurrido ese periodo, los beneficiarios podrán incorporarse a las vías ordinarias del Reglamento de Extranjería para consolidar su situación legal. En el caso de los hijos menores que ya se encuentren en España, la autorización será más amplia y alcanzará cinco años.

El proceso también incluye a solicitantes de protección internacional que presentaron su petición antes del 31 de diciembre de 2025 y que quedaron perjudicados por los cambios normativos recientes, sin exigirles un tiempo mínimo de estancia.

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En cuanto a los plazos, el Gobierno prevé que las solicitudes puedan presentarse a partir de abril y hasta el 30 de junio. La administración dispondrá de un máximo de tres meses para resolver, aunque la admisión a trámite se comunicará en un plazo aproximado de 15 días, momento desde el cual se activará el permiso provisional de trabajo.

Frente a regularizaciones anteriores, como la de 2005, esta no exigirá contrato laboral previo y pone el foco en sacar de la economía sumergida a miles de personas que ya viven y trabajan en el país, facilitando su integración legal y social.

La regularización extraordinaria de personas migrantes que aprobará el Gobierno por Real Decreto abre la puerta a que cerca de medio millón de extranjeros puedan obtener permiso de residencia y trabajo en España. La medida introduce criterios más flexibles que en procesos anteriores y fija una serie de requisitos clave que marcarán quién puede acogerse a este proceso excepcional.

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