El TC descarta amparar a Junqueras ante la decisión del TS de suspender la aplicación de la amnistía
El órgano de garantías archiva las impugnaciones de Junqueras, Romeva y Bassa al quedar sin objeto, mientras permanece pendiente la revisión sobre malversación que podría alterar la situación de dirigentes soberanistas
Oriol Junqueras en imagen de archivo. (EFE/Quique García)
El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado admitir a trámite los recursos de amparo de Oriol Junqueras y de los exconsellers Raül Romeva y Dolors Bassa contra la decisión del Tribunal Supremo (TS) de mantener en suspenso la aplicación de la amnistía respecto del delito de desobediencia que sustituyó a la sedición del ‘procés’. El Supremo había pospuesto su aplicación hasta que el TC resolviera la cuestión planteada por la Sala de lo Penal sobre ese tipo penal y la propia ley de amnistía.
El TC ha precisado que el Pleno aprecia la pérdida sobrevenida de objeto en dichos recursos, al haber sido ya contestada por el propio Constitucional la cuestión de inconstitucionalidad elevada por el Supremo, que fue desestimada.
“La resolución de esa cuestión satisfizo extraprocesalmente la pretensión de los demandantes, dado que el pronunciamiento del TC confirmó la validez del precepto cuya defensa se articulaba mediante el amparo; con ello se extinguió el interés jurídico actual de la queja y se descartó cualquier posibilidad de lesión efectiva del derecho fundamental invocado”, señala el tribunal de garantías.
Cabe añadir que Junqueras, Romeva y Bassa, junto al expresidente Carles Puigdemont y otros dirigentes independentistas, han recurrido igualmente ante el Constitucional la decisión del TS de no aplicar la amnistía a la malversación vinculada al 1-O. Esos recursos, que podrían incidir en la situación personal de condenados y prófugos, no se resolverán hasta el próximo año, según fuentes jurídicas.
El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado admitir a trámite los recursos de amparo de Oriol Junqueras y de los exconsellers Raül Romeva y Dolors Bassa contra la decisión del Tribunal Supremo (TS) de mantener en suspenso la aplicación de la amnistía respecto del delito de desobediencia que sustituyó a la sedición del ‘procés’. El Supremo había pospuesto su aplicación hasta que el TC resolviera la cuestión planteada por la Sala de lo Penal sobre ese tipo penal y la propia ley de amnistía.