Santos Cerdán queda en libertad tras cinco meses: "Confío en que la verdad se imponga"
El Supremo ha acordado contra él las medidas cautelares de comparecencias quincenales en el Juzgado y prohibición de salida del territorio nacional con retirada del pasaporte para mitigar una posible fuga
El magistrado de la Sala Penal Leopoldo Puente ha decretado este miércoles la libertad provisional del exsecretario de Organización del PSOE Santos Cerdán, al considerar seriamente mitigado el riesgo de destrucción de pruebas que fundamentó la orden de prisión sin fianza que dictó contra él el pasado 30 de junio, y ha acordado contra él las medidas cautelares de comparecencias quincenales en el Juzgado y prohibición de salida del territorio nacional con retirada del pasaporte.
Ha sido a las 19.20 horas de este miércoles cuando Cerdán ha abandonado después de cinco meses la cárcel de Soto del Real. "Confío en que la verdad se imponga", ha afirmado a los medios de comunicación presentes en el lugar. "Están hablando muchas mentiras y hay muchas manipulaciones en cuanto a la interpretación de los informes sobre mi persona", ha expresado. "Confío en que la verdad se imponga y que se haga Justicia", ha concluido. El que iba con él es su abogado Jacobo Teijelo, presente en la reunión desvelada por este periódico en la que Leire Díez buscaba información comprometedora del mando de la UCO al frente de la investigación del caso Koldo.
En una situación contradictoria, la decisión del juez se produce precisamente cuando el magistrado considera "robustecidos" los consistentes indicios que ya pesaban contra él. Puente precisa que ello no justifica por sí mismo mantener la medida cautelar excepcional de prisión. Señala que dicho riesgo de que el investigado pudiera ocultar, alterar o destruir fuentes de prueba relevantes, que era muy intenso cuando se dictó la medida de prisión, "aparece ya, como consecuencia de la investigación practicada hasta este momento, seriamente mitigado, habiéndose logrado obtener informaciones que, muy probablemente, hubieran resultado ocluidas o de muy difícil acceso, --ante posibles intentos de ocultación, alteración o destrucción de sus fuentes--, y con las que ya se cuenta".
En su auto de siete páginas, el juez detalla que "el resultado de la investigación practicada no solo no ha diluido los consistentes indicios de criminalidad con los que ya se contaba en la causa, sino que, muy al contrario, los ha reforzado en buena medida y abierto nuevas líneas de investigación", pero añade que la existencia de esos consistentes indicios relativos a que Cerdán pudiera haber cometido los ilícitos penales que se le atribuyen no justifica por sí mismo el mantenimiento de la prisión provisional, incluso cuando, como sucede en este caso, el progreso de la investigación no haya hecho más que confirmar y robustecer dichos indicios.
El escrito explica que la Ley de Enjuiciamiento Criminal requiere que exista riesgo de fuga, o de destrucción u ocultación de pruebas, o de reiteración delictiva para mantener la prisión. Sobre esto último, señala que puede ser descartado razonablemente, en la medida en que el investigado no ostenta en la actualidad cargo público alguno, ni tampoco conserva relación orgánica de dirección con el partido político del que fuera, en su día, Secretario de Organización.
Los riesgos, mitigados
Añade que "no se identifica tampoco la presencia de un riesgo cierto y acusado de fuga o posible sustracción a la acción de la justicia que, aunque nunca pueda ser descartado de forma completa o absoluta, puede en este momento tratar de conjurarse con la adopción de medidas cautelares diversas y, por descontado, menos restrictivas de la libertad personal".
Y por último, respecto al riesgo de destrucción de pruebas, entiende que se ha mitigado, por lo que no hay razón para mantener la prisión provisional. Añade el magistrado, sin embargo, que corresponde establecer determinadas medidas cautelares contra él ante la persistencia y robustecimiento de los consistentes indicios de comisión de hechos delictivos, con el propósito de asegurar su presencia en el procedimiento, y dificultando la posibilidad de sustracción de la acción de la justicia.
Así, impone al investigado la obligación de que comparecer cada 15 días en el Supremo o en el juzgado más próximo a su domicilio si así lo pide, así como cuantas veces sea llamado, y la prohibición de salida del territorio nacional con retirada del pasaporte en el Juzgado, que deberá ser entregado por él en la Secretaría de la Sala Penal del Supremo.
La decisión se produce horas después de que se levantara el secreto de la pieza separada en la que el juez investigaba las relaciones de la trama con Acciona. En el informe entregado por la UCO en base a estas pesquisas se determina que la trama cobró casi 7 millones de euros en comisiones que la empresa pagó a la mercantil navarra Servinabar, propiedad en un 45 por ciento de Cerdán. El dinero salió del porcentaje de 2 por ciento de cada una de las adjudicaciones que se llegó la compañía de Entrecanales. El exsecretario de Organización del PSOE disponía de los fondos a través de transferencias a él o su entorno familiar, nóminas para sus allegados, pago de sus alquileres en Madrid y el uso de una tarjeta de la empresa con la que gastó más de 33.000 euros.
El magistrado de la Sala Penal Leopoldo Puente ha decretado este miércoles la libertad provisional del exsecretario de Organización del PSOE Santos Cerdán, al considerar seriamente mitigado el riesgo de destrucción de pruebas que fundamentó la orden de prisión sin fianza que dictó contra él el pasado 30 de junio, y ha acordado contra él las medidas cautelares de comparecencias quincenales en el Juzgado y prohibición de salida del territorio nacional con retirada del pasaporte.