Moncloa presenta la ley que da a la Fiscalía poder sobre la UCO urgida por el órdago de Puigdemont
Bolaños aprueba una macrorreforma judicial que entrega la instrucción a los fiscales y que el Gobierno desvincula de Álvaro García Ortiz. Aunque sin apoyos parlamentarios suficientes, prevén que entre en vigor en 2028
El ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, impulsor de la macrorreforma judicial. (EFE/Raúl Sanchidrián)
En pleno órdago de Carles Puigdemont, el Gobierno acelera y aprueba hoy una macrorreforma judicial que reúne al menos tres iniciativas impulsadas a través del Ministerio de Justicia y del Grupo Socialista y que, como argumentos principales, arrebata la instrucción de las causas penales a los jueces para entregársela a los fiscales, lo que supone entregar al Ministerio Público capacidad de mando sobre la policía judicial, y limita considerablemente la acción popular. Los jueces quedarían así al margen de las fases de investigación para dedicarse a realizar funciones de control durante el proceso y a juzgar a su término.
Así, la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim) que hoy tiene previsto aprobar el Consejo de Ministros engulle la reforma del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, aprobada el pasado 13 de mayo, la proposición de ley del Grupo Socialista que pretendía regular la acción popular con carácter retroactivo —que quedó sepultada en el Congreso ante la negativa de los socios del Gobierno, y en especial del PNV—, y absorbe la regulación del jurado.
La macrorreforma supone, por tanto, aglutinar varias reformas en una y, a su vez, dar marcha atrás en algunos aspectos en los que ha sido criticada por los órganos consultivos de Gobierno, especialmente el Consejo de Estado, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y el Consejo Fiscal, todos especialmente duros con las iniciativas legislativas impulsadas desde el Ministerio de Justicia.
El aspecto principal de la reforma es la atribución de las investigaciones penales a los fiscales, un asunto criticado desde ámbitos judiciales no tanto por el fondo de la cuestión sino por el momento elegido: con el fiscal general sentado en el banquillo de los acusados y con el presidente del Gobierno cercado por la corrupción en su entorno profesional y familiar. Fuentes del Ministerio de Justicia aseguran que la reforma entrará en vigor el 1 de enero de 2028, por lo que no afectará en ningún caso al actual Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz, cuyo mandato caduca en 2027.
Desde el Ministerio explican a El Confidencial que tampoco afectará a ningún procedimiento iniciado antes de esa fecha: “Si un juez abre una instrucción el 31 de diciembre de 2027, la seguirá llevando hasta el final”, explican, ante las críticas suscitadas en los sectores judiciales y fiscales por la sospecha de que el Gobierno estuviera tratando de interferir en investigaciones ya abiertas, como los casos Begoña, Hermano o Koldo.
No obstante, a la espera de que el Consejo de Ministros apruebe definitivamente el poryecto de ley y se conozcan los detalles de sus más de 1.000 artículos, aún hay muchas dudas sobre su alcance. Hasta ahora eran los jueces los que dirigían la investigación penal, pero a partir de la aprobación del texto será el fiscal el que se concentre en la investigación, en un proceso autónomo que estará controlado por un juez de garantías. Finalizada esta fase, un segundo juez (juez de la audiencia preliminar) será el responsable de decidir si se abre el juicio oral. Si es así, un tercer juez juzgará los hechos.
"Debe hacerse para mejorar la administración de Justicia, no para arrimarla a tus intereses", indica al respecto una de las fuentes consultadas
Otra de las novedades que incluye es la creación de la figura del juez de garantías, con una función garante de los derechos fundamentales de las partes y de control jurisdiccional de ciertos aspectos procesales durante la investigación, como la duración de ésta, el secreto de las actuaciones o cualquier medida de investigación que suponga una injerencia en esos derechos. También será él quien autorice determinadas medidas cautelares, como la prisión provisional.
Se incorpora la regulación de nuevas herramientas en la lucha contra la criminalidad, con avanzadas técnicas de investigación contra el crimen, como análisis de marcadores de ADN, toxicología, huellas dactilares, evidencias digitales de dispositivos electrónicos, identificación biométrica remota, sistemas automatizados basados en inteligencia artificial, etc.
Limitar la acusación popular
Otro aspecto del sistema judicial español que quiere reformar esta iniciativa es la acción popular. El Gobierno ya ha mostrado en numerosas ocasiones su rechazo al actual funcionamiento que de esta figura se hace en casos muy determinados, y casualmente (o no) todos ellos vinculados al entorno del presidente del Gobierno. Es por eso que el Grupo Socialista presentó un intento fallido de reforma que llegaba a proponer el dislate de prever una aplicación retroactiva de la ley que elimina las acusaciones populares, lo que supondría cerrar, por ejemplo, los casos Begoña o Hermano.
En esta ocasión, el Gobierno no va a llegar tan lejos. Con la nueva Lecrim el objetivo es delimitar quién puede ejercerla: quedan al margen personas jurídicas públicas, partidos políticos, sindicatos o asociaciones vinculadas a ellos. Asimismo, se delimitan los delitos en los que se puede ejercer, que serán los vinculados a la corrupción, los que afecten a los derechos de los consumidores, los delitos de odio, los de violencia sobre la mujer y los de financiación ilegal de partidos, entre otros.
Por otra parte, el Ministerio de Justicia considera un "sinsentido" que la regulación del tribunal de jurado sea una ley autónoma, de manera que esta norma en adelante quedará absorbida por la nueva LeCrim, con una única modificación: del listado de delitos que pueden ser juzgados por jurado se excluye el allanamiento de morada, ya que, desde este mismo año, se tramita por juicio rápido.
Control sobre la UCO
Lo cierto es que la legislatura avanza a golpe de informes de la UCO y, precisamente, cuando esto sucede, el Gobierno quiere que el control de las unidades policiales de investigación en los casos quede en manos de la Fiscalía.
La iniciativa se impulsa a una semana escasa del inicio del juicio contra el fiscal general del Estado y el momento elegido por un Ejecutivo acosado por las causas de corrupción ha provocado un hondo malestar entre los jueces. No se oponen al fondo, que muchos comparten y que es el más habitual en el entorno europeo. Es la forma (más bien las formas) y el mensaje que transmite la reforma. "Debe hacerse para mejorar la administración de Justicia, no para arrimarla a tus intereses", indica al respecto una de las fuentes consultadas.
La iniciativa es titánica y su aprobación última casi imposible. El calado es tal que la nueva ley superaría los 1.000 artículos. Incluye un amago de despolitización de la Fiscalía que no ha convencido a nadie y que se limita a estirar el mandato del fiscal general a cinco años para que no coincida con el plazo de las legislaturas. Seguirá siendo nombrado por el Gobierno y seguirá imperando el principio de dependencia jerárquica y de unidad de actuación.
Todo, muy lejos de la verdadera despolitización de la carrera que ven obligatoria los jueces y gran parte de los fiscales. "Con una Fiscalía dependiente en última instancia del Gobierno, que me quede como estoy", ironiza al respecto una de las magistradas consultadas. La conclusión de la gran mayoría es que una reforma de este calado "no puede hacerse en un contexto político en el que todo apunta a que lo que se busca es una instrumentalización del proceso penal", dice otro juez.
"No puede hacerse en un contexto político en el que todo apunta a que lo que se busca es una instrumentalización del proceso penal"
Las críticas no toman desprevenido ni al Gobierno ni al promotor de la reforma, el ministro Félix Bolaños. Durante la fase de informes, tanto el Consejo General del Poder Judicial como el Consejo de Estado han destacado la falta de refuerzo de la independencia en general y el control de las unidades policiales de investigación en particular. Desde el Ejecutivo se insiste en que ninguno de los actuales procedimientos se verá afectado por la reforma, cuya entrada en vigor efectiva no tendrá lugar hasta 2028. Pero en un contexto de desconfianza máxima, nadie en la judicatura se fía de las palabras.
Para muestra, un botón. "La mejor manera de eludir la responsabilidad penal y política que pueda derivarse de la comisión de unos hechos, es evitar que se aclare con detalle lo realmente ocurrido", indica otro magistrado que pone el acento en el 'cuándo' escogido por el Gobierno para promover esta revolución procesal sin que sea fruto ni de una evidente demanda social ni de un amplio consenso entre los principales partidos del arco parlamentario.
"Atribuir la investigación a un ministerio fiscal que está sometidoa las órdenes del fiscal general del Estado, sin haber establecido normas que garanticen la transparencia de las relaciones del fiscal General del Estado con un gobierno, y sin establecer normas que aseguren la independencia de los fiscales investigadores frente a las injerencias de su jefe, introduce un grave problema de credibilidad democrática y de la justicia, particularmente rechazable, cuando no se conoce, además ninguna otra razón que justifique la urgencia en el cambio", explica.
Una vez aprobada el proyecto de ley en el Consejo de Ministros se inicia el trámite parlamentario. A finales de octubre de 2025 nada hace indicar que el Gobierno vaya a contar con los apoyos, sobre todo después de que el líder de Junts, Carles Puigdemont, haya insistido en su ruptura con Moncloa. Lo que sí ha quedado claro es que la reforma Bolaños es la prioridad de Pedro Sánchez, y por eso ha llegado inesperadamente al Consejo de Ministros pocos días después del órdago de los independentistas catalanes.
En pleno órdago de Carles Puigdemont, el Gobierno acelera y aprueba hoy una macrorreforma judicial que reúne al menos tres iniciativas impulsadas a través del Ministerio de Justicia y del Grupo Socialista y que, como argumentos principales, arrebata la instrucción de las causas penales a los jueces para entregársela a los fiscales, lo que supone entregar al Ministerio Público capacidad de mando sobre la policía judicial, y limita considerablemente la acción popular. Los jueces quedarían así al margen de las fases de investigación para dedicarse a realizar funciones de control durante el proceso y a juzgar a su término.