La Mesa del Congreso suspenderá a Ábalos si va a la cárcel: ni cobrará sueldo ni podrá votar
El escaño no lo pierde salvo que él decida dejarlo, pero si en el futuro entra en prisión -como avisa el auto- la Cámara está obligada a actuar porque cumple los tres requisitos para ser suspendido
El exministro José Luis Ábalos, a su llegada al Supremo. (Europa Press/Eduardo Parra)
El juez comienza a apreciar riesgo de fuga en José Luis Ábalos aunque "no lo suficientemente intenso" para privarle ya de libertad. Pero en el auto de este miércoles, en el que rechaza la prisión preventiva, adelanta que tendrá más sentido adoptar esta medida "conforme se aproxima la fecha de celebración del juicio oral".
Si el magistrado toma finalmente esta decisión, obligará al Congreso a actuar. El exministro de Transportes y exsecretario de Organización del PSOE conserva el acta de diputado que logró en las elecciones de 2023. Una circunstancia que el propio juez critica por los "consistentes indicios de la eventual comisión de muy graves delitos" que existen contra él.
Cuando se conocieron las primeras informaciones sobre el cobro de mordidas en el contrato de mascarillas, el PSOE le exigió su renuncia y Ábalos optó por pasarse al grupo mixto para mantener su aforamiento ante el Supremo. Como publicó este diario, en los últimos días ha consultado con algunos letrados si le interesaba dejar el escaño. Por el momento, no ha dado el paso. Si permanece aferrado al cargo pero entra en la cárcel, forzará a la Mesa de la Cámara a tomar medidas.
Fuentes parlamentarias explican que en su caso concurren los tres requisitos que el reglamento del Congreso contempla para proceder a la suspensión de sus derechos y deberes como diputado. Según el artículo 21.1, un parlamentario puede ser suspendido cuando tras concederse un suplicatorio y dictarse un auto firme de procesamiento, el diputado se encuentre en prisión preventiva.
En la causa del ex número tres del PSOE no se ha producido auto de procesamiento, pero desde el Congreso aclaran que en los procedimientos abreviados como el de Ábalos no existe como tal. Por esta razón, creen que se cumplen las tres condiciones y que se le suspenderá si el juez del Tribunal Supremo, Leopoldo Puente, lo manda finalmente a la cárcel antes del juicio.
Con su previsible suspensión como parlamentario, el exministro dejará automáticamente de percibir el sueldo del Congreso y no podrá votar. Eso no implicará que pierda su condición de diputado. El acta es personal y la mantiene salvo que decida renunciar. Pese a ello, el juez del Supremo reclamó en su auto de ayer "articularse por ley algún mecanismo" para impedir que alguien sobre el que pesan indicios de la posible comisión de graves delitos pueda "seguir ejerciendo a la vez las altas funciones que corresponden a un miembro del Congreso".
En la Cámara, estos comentarios no han hecho ninguna gracia. "El papel del Poder Judicial es cumplir las leyes, no opinar sobre ellas", destacan fuentes del Congreso. Además, recuerdan al juez que el artículo 14.1 del reglamento obliga al Supremo a comunicarle los autos y sentencias que afecten a Ábalos. "No nos ha comunicado nada". "Quizá en vez de recomendar que cambiemos las leyes, sería mejor que cumplan las ya existentes", le sugieren al juez.
¿Qué pasa con la mayoría?
En el caso de que Ábalos fuera suspendido, quedará en manos de la Mesa resolver después si la mayoría se ve afectada o no por esta decisión. Fuentes de la Cámara reconocen que "hay debate" sobre si la composición de la Cámara pasaría de 350 parlamentarios a 349 o se queda igual. Si se modifica, la mayoría absoluta no sería ya de 176 votos y tampoco habría empates a 175, que obligan a repetir la votación tres veces y hacen decaer el texto si no se produce un desempate.
La Mesa, el órgano rector del Congreso donde PSOE y Sumar tienen mayoría, tendrá que pronunciarse una vez "escuchados los letrados". Los precedentes no contribuyen a una posible reducción del umbral de la mayoría. En 2019, la suspensión de cuatro diputados (Oriol Junqueras, de ERC, y Jordi Turull, Josep Rull y Jordi Sànchez, de Junts per Catalunya) por encontrarse en la cárcel no la alteró. Pedro Sánchez necesitó 176 votos, en lugar de 174, para ser investido.
Los servicios jurídicos del Congreso dictaminaron entonces que los diputados suspendidos no dejan de ser parlamentarios electos "ya que se les priva del ejercicio, pero no de la titularidad del cargo". Pero la Mesa deberá pronunciarse de nuevo. El PSOE y Sumar mantienen que la posible pérdida del voto de Ábalos no empeora en exceso su delicada situación parlamentaria porque, razonan, nunca ajustan tanto y permiten que sea un voto, el del exministro u otro, el que salve una votación. Siempre trabajan, arguyen, para conseguir en las votaciones una diferencia más holgada.
El juez comienza a apreciar riesgo de fuga en José Luis Ábalos aunque "no lo suficientemente intenso" para privarle ya de libertad. Pero en el auto de este miércoles, en el que rechaza la prisión preventiva, adelanta que tendrá más sentido adoptar esta medida "conforme se aproxima la fecha de celebración del juicio oral".