La Fiscalía se suma a Begoña y niega el tráfico de influencias por el que el juez señala a Sánchez
El ministerio público dice que la mera relación conyugal no es delito "más allá de consideraciones éticas o estéticas, conveniencia o inconveniencia de ciertas actuaciones"
Begoña Gómez, Escassi y Félix Bolaños. (Fundación Pablo Iglesias)
La Fiscalía ha pedido el sobreseimiento de la causa que se sigue contra Begoña Gómez por tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida e intrusismo profesional. El juez Juan Carlos Peinado ha citado la tarde de este lunes a las partes para comunicarles que, en caso de llegar a juicio, la mujer de Pedro Sánchez se enfrentará a un jurado popular, pero no ha habido sorpresas y solo las acusaciones populares han defendido que existen indicios suficientes contra la mujer de Pedro Sánchez.
“Si decimos que no advertimos influencia ni prevalimiento en la actuación de María Begoña Gómez, menos aún resulta posible atribuir y construir un delito de tráfico de influencias respecto de María Cristina Álvarez”, afirma la Fiscalía en referencia a la asesora de Moncloa en el escrito que ha presentado este lunes al juez, al que ha tenido acceso El Confidencial. “Y respecto al resto de delitos, lo mismo. Salvo que queramos forzar los tipos penales, acudir a hipótesis fabulosas y ausentes de correlación con lo actuado, y con presunciones en contra de los investigados”, detalla.
Peinado: "No podría haber cometido los delitos de no haber sido la esposa de Sánchez"
La vista ha seguido el mismo guion que la del pasado 27 de septiembre, cuando Peinado citó a las partes para comunicarles que el hipotético juicio por malversación también se celebraría ante un jurado. Al igual que entonces, Begoña Gómez no ha acudido este lunes y ha dejado su representación en manos de su abogado, quien ha negado que se cumplan los requisitos para mantenerla imputada y ha pedido el archivo.
Las acusaciones, que han pedido la citación de Pedro Sánchez como testigo al igual que hicieron en la pieza separada de la malversación, han negado esta tesis y han apoyado la decisión del juez de continuar la tramitación por la vía del jurado popular. Entre otros motivos, Peinado apunta para ello a que la relación de Gómez con Sánchez resulta “fundamental” a la hora de “apreciar la posible concurrencia del delito de tráfico de influencias y, como consecuencia de ello, los posibles restantes delitos".
La Fiscalía rechaza de plano ese razonamiento en el escrito que ha presentado este lunes. "La mera relación conyugal de María Begoña Gómez no puede operar como una suerte de presunción iuris et de iure que se traduzca en prevalimiento e influencia con relevancia penal en toda su actividad, pretendiendo que vaya impregnado siempre además, del elemento doloso necesario para la comisión del ilícito", critica la Fiscalía. "A nuestro parecer, se ha hablado de tráfico de influencias con cierta generalidad, sin precisar ni concretar una imputación con unos hechos concretos y determinados y basados en pruebas o indicios reales y objetivos".
No obstante, el escrito no cierra la puerta a otro tipo de reproche al decir que no hay signos de delito "más allá de consideraciones éticas o estéticas, conveniencia o inconveniencia de ciertas actuaciones".
Dice que Begoña Gómez citó en Moncloa al rector porque el acceso a la UCM estaba restringido por la pandemia
El ministerio público incide en que "no hay elemento objetivo ninguno en las actuaciones que conduzca de forma indiciaria a la afirmación de que la investigada en cuestión se ofreciera a ejercer su influencia y desplegar eficazmente su ascendencia sobre terceros, dirigida a la consecución de una resolución administrativa favorable, ni tampoco hay elementos que permitan hablar de soborno, presente, dádiva o remuneración o contraprestación de ningún tipo".
En cuanto a la apropiación indebida, que se basa en el hecho de que Begoña Gómez se quedara con el software que se desarrolló para su máster, su escrito sigue la misma línea. "De ninguna de estas actuaciones hay elemento probatorio de respaldo", afirma en su escrito. "El ánimo de lucro no ha estado presente en ningún momento en lo que a la finalidad de la utilización del programa se refiere, pues según han trasmitido testigos y documentos adjuntados, perseguía el desarrollo de una plataforma gratuita que permitiera a PYMES y ONG planificar y mejorar en los objetivos de desarrollo sostenible y medición e impacto de las medidas llevadas a cabo".
El delito de intrusismo se basaba a su vez en una querella de Hazte Oír, que ponía el foco en que Gómez se encargó de redactar los pliegos de prescripciones técnicas para la elaboración del software, así como del posterior servicio de asistencia y asesoría tecnológica para la creación de una plataforma de gestión.
"La exigencia de una titulación concreta para la firma de esos pliegos de prescripciones técnicas es una cuestión ha surgido de forma recurrente en los últimos años en defensa de ciertos intereses corporativos y profesionales", reconoce la Fiscalía. "Pero al margen de la concurrencia de este elemento del tipo (la necesidad de aquella titulación), no merece la pena detenerse mucho en él cuando existe una ausencia absoluta y patente de componente doloso en la actuación", concluye.
El abogado eleva el tono
El abogado de Begoña Gómez ha ido un paso más allá y ha criticado que una causa así no se ha vivido en España desde “la Inquisición”, apuntan fuentes jurídicas. El letrado se ha apoyado para ello en el escrito de la Fiscalía, que arranca defendiendo que la vinculación de Begoña Gómez con la universidad madrileña comenzó mucho antes de que Pedro Sánchez fuera presidente del Gobierno.
La Fiscalía también dice que la reunión en la que la esposa de Sánchez le propuso el proyecto bajo sospecha tuvo lugar en el Palacio mismo de la Moncloa porque era la pandemia y las instalaciones universitarias estaban cerradas: "Sobre el mes de julio de 2020, con las instalaciones universitarias cerradas y acceso restringido por motivos de la pandemia, Begoña Gómez mantuvo una reunión con Goyache en las instalaciones Complejo de la Moncloa".
Su escrito añade que no es necesario tener una formación específica para dirigir una cátedra extraordinaria, cuyo objetivo es "atraer inversión privada". La Fiscalía recoge lo que cobró Begoña Gómez por "el Máster propio de TSC/ODS como estrategia". Según dice, en el curso 2020/21 fueron un total de 5.502 euros. El año siguiente, 8.132 euros.
Sobre las funciones de su asesora, la Fiscalía descarta el argumento inicial de las dos implicadas y ya no niega que la asesora se implicase en las actividades privadas de la esposa de Sánchez: "Ha acompañado a Begoña Gómez a diferentes y numerosos actos públicos, algunos de ellos relacionados con la actividad que desarrollaba en la UCM. Y también en dicho ámbito ha realizado actividades de intermediación entre diferentes personas de la Complutense que se relacionaban o debían relacionar con Begoña Gómez, así como con terceros, patrocinadores de la cátedra, sociedades y entidades que firmaron adendas de colaboración y patrocinio con las mismas".
No obstante, la Fiscalía zanja que con eso no se vieron afectados los "recursos públicos". "Las funciones del asistente, con una disponibilidad permanente y jornada en régimen de especial dedicación", zanja.
La Fiscalía ha pedido el sobreseimiento de la causa que se sigue contra Begoña Gómez por tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida e intrusismo profesional. El juez Juan Carlos Peinado ha citado la tarde de este lunes a las partes para comunicarles que, en caso de llegar a juicio, la mujer de Pedro Sánchez se enfrentará a un jurado popular, pero no ha habido sorpresas y solo las acusaciones populares han defendido que existen indicios suficientes contra la mujer de Pedro Sánchez.