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Begoña defiende los encargos que hizo a su asesora: "No existe un estatuto de la cónyuge del presidente"
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RECURRE ANTE LA AUDIENCIA

Begoña defiende los encargos que hizo a su asesora: "No existe un estatuto de la cónyuge del presidente"

Niega la malversación y critica que el razonamiento del juez Juan Carlos Peinado "no se ajusta a los usos que se vienen desarrollando desde el advenimiento de la democracia"

Foto: Pedro Sánchez y Begoña Gómez durante el congreso del PSOE en Sevilla. (Francisco J. Olmo / Europa Press)
Pedro Sánchez y Begoña Gómez durante el congreso del PSOE en Sevilla. (Francisco J. Olmo / Europa Press)
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Begoña Gómez ha recurrido el último auto en el que el juez Juan Carlos Peinado le avisó de que el hipotético juicio por malversación quedará en manos de un jurado popular. En el escrito, al que ha tenido acceso El Confidencial, la mujer de Pedro Sánchez insiste en que la asesora de Moncloa que ejerció como su secretaria personal, Cristina Álvarez, se limitó a ayudarle "puntualmente" y subraya que "no existe un estatuto de la cónyuge del presidente del Gobierno".

Su defensa trata de justificar así los correos que Álvarez envió a distintas empresas e instituciones en nombre de Gómez por el máster que esta codirigía en la Universidad Complutense de Madrid. Según detalla la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil en un reciente informe, Álvarez participó en decenas de gestiones clave del máster que iban desde consultas sobre "pagos de convenio" hasta peticiones de un "certificado de donaciones para Hacienda".

"Hemos de reiterar que no existe un estatuto de la cónyuge del presidente del Gobierno, que esta figura no está regulada", argumenta la mujer de Sánchez en este último recurso que ha dirigido a la Audiencia Provincial de Madrid. "La interpretación y distingo que se hace aquí entre actividades privadas e institucionales debería llevar a que las personas que asisten a las necesidades diarias de las personas que ocupan la sede de Presidencia de Gobierno solo podrían prestárselas a la cónyuge del presidente en aquellos supuestos en que acompañase físicamente al titular de la Presidencia, desconociendo una faceta privada que existe y requiere de un apoyo logístico y material".

Según argumenta Begoña Gómez, esta "faceta privada" resulta inevitable "dada la convivencia en una residencia oficial del Estado que viene obligada por las funciones que realiza su esposo". Los correos, por tanto, están justificados, y el razonamiento que Peinado sigue a la hora de investigar un delito de malversación "no se ajusta a los usos que se vienen desarrollando desde el advenimiento de la democracia".

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La defensa insiste además en que no puede considerarse que la mujer de Sánchez, "que es una particular", sea una "funcionaria pública a los efectos de la comisión del delito de malversación". De hecho, va un paso más allá y también cuestiona el auto que la Audiencia dictó el pasado junio, en el que avisó de que Begoña Gómez debía ser considerada "funcionaria pública a efectos penales" en lo relativo a la cátedra que dirigía en la Complutense.

La Audiencia lanzó esta advertencia a la hora de confirmar las líneas de investigación que se centran en los delitos de tráfico de influencias y corrupción entre particulares, pero Begoña Gómez aprovecha este último recurso para descartar esa etiqueta de "funcionaria" que le pusieron los magistrados.

"Es muy discutible que mi representada realizase alguna de las conductas propias de los mismos y que pudiera afirmarse que, en ese momento, era funcionaria pública", critica su defensa. "Es indiscutible que como cónyuge del presidente del Gobierno ni tiene mando o jurisdicción propia ni participa en el ejercicio de funciones públicas".

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Una vez descartada su imputación por malversación, extiende esa misma idea a los otros dos investigados por este delito: la propia Álvarez y el delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín Aguirre, que ejercía como número dos de Presidencia cuando se realizó el nombramiento de la asesora de Moncloa.

En el caso de Álvarez, la defensa de Gómez sostiene que "no cabe que la misma sea considerada como responsable del presunto delito", pues "el funcionario ilícitamente destinado a cubrir necesidades o utilidades privadas de su superior o encargado" no entraría dentro de la malversación. También afirma que los correos en ningún momento han afectado "al cumplimiento de las funciones ordinarias y habituales en la Presidencia del Gobierno de Cristina Álvarez".

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En lo que se refiere a Aguirre, insiste en que "no participó en el nombramiento" de Álvarez y, además, la asesora "no dependía orgánicamente del mismo". "No hay ningún elemento que permita sostener pues, incluso indiciariamente, que el mismo destinara, se aprovechara o consintiera la presunta conducta irregular que es objeto de investigación", asegura.

"La conclusión, por lo tanto, es obvia: ninguno de los investigados respecto a los cuales se incoa la presente causa de Jurado puede ser considerado como presunto autor del citado delito", defiende la mujer de Sánchez.

Begoña Gómez ha recurrido el último auto en el que el juez Juan Carlos Peinado le avisó de que el hipotético juicio por malversación quedará en manos de un jurado popular. En el escrito, al que ha tenido acceso El Confidencial, la mujer de Pedro Sánchez insiste en que la asesora de Moncloa que ejerció como su secretaria personal, Cristina Álvarez, se limitó a ayudarle "puntualmente" y subraya que "no existe un estatuto de la cónyuge del presidente del Gobierno".

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