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Puigdemont tendrá que esperar al menos hasta enero para saber si puede volver a España
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Sentencia del TC

Puigdemont tendrá que esperar al menos hasta enero para saber si puede volver a España

La admisión a trámite de su recurso al Constitucional se ha retrasado a octubre por las recusaciones planteadas y se calcula un plazo mínimo de tres meses desde entonces para resolver

Foto: Carles Puigdemont y Albert Batet. (EFE/Olatz Castrillo)
Carles Puigdemont y Albert Batet. (EFE/Olatz Castrillo)
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La aplicación efectiva de la amnistía sigue siendo una piedra en el zapato para Carles Puigdemont. El líder de Junts presentó este julio un recurso de amparo contra la única circunstancia que no le deja volver a España. Impugnó la decisión del Tribunal Supremo de negarle la gracia por el delito de malversación de caudales públicos. Sin embargo, el fallo que espera no llegará al menos hasta el próximo mes de enero, aseguran a El Confidencial fuentes jurídicas consultadas.

A este cálculo aproximado de los tiempos contribuyen distintos factores. Para empezar, no ha ayudado la recusación "inesperada", presentada justo la víspera del señalamiento para la admisión a trámite, de tres magistrados conservadores del tribunal. La intención del TC es la de rechazarla en su Pleno de la próxima semana. No obstante, la estrategia del expresident de dudar de la imparcialidad de Concepción Espejel, José María Macías y Enrique Arnaldo ya ha provocado los primeros efectos e implicado un retraso mínimo de un mes.

Eso no es todo. Una vez despejadas las recusaciones, el tribunal volverá a la casilla de salida, lo que supondrá que no podrá pronunciarse sobre la admisión hasta octubre. A partir de ese momento, lo normal es que los recursos se resuelvan en un plazo de alrededor de tres meses. "Pero es difícil hacer previsiones concretas, porque no sabemos las incidencias que pueden plantearse", destacan las fuentes consultadas.

Hay otras circunstancias que pueden interferir en la resolución. Por ejemplo, cabe la posibilidad de que se presenten nuevas recusaciones, o bien por parte de los afectados o por parte de la Abogacía del Estado o de Vox, lo que conllevaría nuevos retrasos. Por otra parte, el tribunal debe continuar avanzando en lo que afecta a los recursos y cuestiones de inconstitucionalidad. Como ya informó este diario, la intención es la de abordar el recurso de inconstitucionalidad planteado por las Cortes de Aragón, ponencia de Laura Díez, que se convertirá en la segunda sentencia. La resolución en contestación a las dudas del TS respecto al encaje en la Carta Magna de la ley será la tercera. La idea es que salgan adelante este mismo otoño.

En el Constitucional están, además, muy pendientes de la opinión del abogado general del Tribunal de Justicia de la UE sobre la cuestión prejudicial que presentó el Tribunal de Cuentas. La decisión final puede alterar los planes y dilatar los tiempos en el caso de que sea necesario adaptarse a las observaciones que realice la Unión. Además, en octubre se celebra en Madrid la Conferencia Mundial de Cortes Constitucionales, con el tribunal español como anfitrión, que requerirá tiempo y atención.

Medida cautelarísima

En el recurso que firma el abogado Gonzalo Boye se argumenta en contra de la decisión del Supremo de considerar que la malversación que se atribuye a Puigdemont está excluida de la amnistía y, además, se busca una vía rápida para acabar con su "exilio". Piden la adopción de una medida cautelarísima que implique para la suspensión de la orden nacional de búsqueda, detención e ingreso en la prisión que mantiene contra él el juez instructor del Tribunal Supremo, Pablo Llarena.

Según confirman las fuentes consultadas, esta solución rápida será rechazada para que el TC entre al fondo. El de Junts duda de la competencia del Supremo y defiende, como ha hecho ya en incontables ocasiones, que la competencia para decidir sobre su encaje en la amnistía debería corresponder al Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC).

Boye asegura que la interpretación del TS es "extensiva" y carece de apoyo legal y dice que una excepción de la norma no puede justificar restricciones a derechos fundamentales como la libertad, la igualdad y la participación política. "La afirmación de que evitar un gasto público o recibir un servicio equivale a obtener un beneficio patrimonial constituye una mutación del concepto de enriquecimiento sin sustento legal ni anclaje doctrinal", lanza.

La aplicación efectiva de la amnistía sigue siendo una piedra en el zapato para Carles Puigdemont. El líder de Junts presentó este julio un recurso de amparo contra la única circunstancia que no le deja volver a España. Impugnó la decisión del Tribunal Supremo de negarle la gracia por el delito de malversación de caudales públicos. Sin embargo, el fallo que espera no llegará al menos hasta el próximo mes de enero, aseguran a El Confidencial fuentes jurídicas consultadas.

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