Es noticia
Morata marca un gol a Hacienda y anula una sanción por pagos del Real Madrid y la Juventus
  1. España
SE LIBRA DE PAGAR 115.000 EUROS

Morata marca un gol a Hacienda y anula una sanción por pagos del Real Madrid y la Juventus

El TSJM aplica la doctrina del Tribunal Supremo, que ha provocado la anulación de decenas de reclamaciones a futbolistas por los pagos que los clubes realizaban a sus agentes

Foto: Álvaro Morata en una imagen de archivo de 2022. (Reuters/Jennifer Lorenzini)
Álvaro Morata en una imagen de archivo de 2022. (Reuters/Jennifer Lorenzini)

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha dado la razón al futbolista Álvaro Morata y ha anulado una reclamación de 115.000 euros de la Agencia Tributaria por el IRPF de 2016. La sentencia, a la que ha tenido acceso El Confidencial, atiende los argumentos de su defensa y concluye que Hacienda cometió un error al perseguirle por los pagos que el Real Madrid y la Juventus hicieron a su agente, Juanma López.

El TSJM aplica así la doctrina del Tribunal Supremo, que ha provocado la anulación de decenas de reclamaciones a futbolistas por el mismo motivo. La teoría de Hacienda se basa en que los agentes solo trabajan para los jugadores y, por tanto, estos pagos de sus clubes no son más que una forma de incrementar el salario de los propios futbolistas de forma encubierta. Al llevar este razonamiento a la práctica, la Agencia Tributaria traslada esos pagos que han recibido los agentes al salario de los futbolistas y les obliga a pagar el correspondiente IRPF.

"Si los clubes han pagado al agente del jugador en todos esos casos es porque el jugador ha impuesto la participación de su representante en las negociaciones que a él le afectan, y si ha impuesto al mismo agente en todas las operaciones de renovación o traspaso es porque defiende sus intereses y no los de los clubes", advirtió la sobre Morata. "Parece de todo punto impensable que el Real Madrid, con toda su estructura técnica, financiera y jurídica tenga que requerir los servicios de un agente para mejorar las condiciones laborales de uno de sus muchos jugadores procedentes de las categorías inferiores".

En el caso de la Juventus, que fichó al jugador en 2014, la conclusión fue la misma. "Se sobreentiende que el coste del agente forma parte de la retribución bruta del jugador, pero la soporta el club", concluyó Hacienda. "Lo que sucede es que dicho coste no es deducible de los rendimientos del trabajo que el jugador percibe del club de fútbol por la prestación de sus servicios como futbolista".

Foto: marcelo-cuentas-hacienda-libra-pagar-100-000euros

El TSJM no cuestiona ese razonamiento, pero sí el modo en que la Agencia Tributaria justificó su reclamación. En concreto, por basar la misma en el artículo 13 de la Ley General Tributaria. "Las obligaciones tributarias se exigirán con arreglo a la naturaleza jurídica de los actos, hechos o negocios realizados", establece el mismo.

El Supremo advirtió en 2023 que la Agencia Tributaria se había excedido al basar esta clase de inspecciones en ese artículo, pues el razonamiento que seguía iba más allá de un examen sobre "la naturaleza jurídica" y entraba a valorar la mencionada relación a tres bandas entre clubes, agentes y futbolistas. En lugar de este artículo, el Supremo consideraba que tendría que haberse apoyado en otros como el 15 o el 16, que abre la puerta a inspecciones por "actos o negocios en los que exista simulación".

Foto: supremo-militares-hacienda-libano-paraiso-fiscal

Esa es la misma idea que el TSJM en su sentencia para atender el recurso de Morata. "Pretender que la ‘calificación’ tributaria permite una actuación como la que nos ocupa sería tanto como otorgar al precepto contenido en el artículo 13 de la Ley General Tributaria un poder expansivo incompatible con el resto de la regulación legal, pues haría innecesaria la presencia de otras figuras, como el conflicto en la aplicación de la norma o la simulación", explica.

"Dicho de otro modo, la Administración no necesitaría incoar los procedimientos previstos en los artículos 15 y 16 de la Ley General Tributaria prácticamente en ningún caso, pues le bastaría con ‘calificar’ las situaciones de hecho que encontrara en la práctica y ‘ajustarlas’ a la legalidad, aplicando la normativa correspondiente, pues su potestad calificadora (recordemos, solo de los ‘actos, hechos o negocios’) sería prácticamente absoluta y omnicomprensiva de cualquiera situación imaginable", añade.

El TSJM anula además la sanción que la Agencia Tributaria le impuso por el ejercicio de 2016 al considerar que la misma tampoco estaba justificada. Hacienda basaba la misma en el "incumplimiento de las obligaciones de documentación de las operaciones entre el recurrente y la sociedad vinculada Tamora 2011", pero los magistrados echan por tierra sus argumentos: "La culpabilidad no puede basarse en generalidades, tampoco puede realizarse por exclusión, es decir, por la afirmación de que su conducta es culpable porque no existe una interpretación razonable o porque no se aprecia una causa de exclusión de la culpabilidad; en definitiva, la culpabilidad ha de justificarse".

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha dado la razón al futbolista Álvaro Morata y ha anulado una reclamación de 115.000 euros de la Agencia Tributaria por el IRPF de 2016. La sentencia, a la que ha tenido acceso El Confidencial, atiende los argumentos de su defensa y concluye que Hacienda cometió un error al perseguirle por los pagos que el Real Madrid y la Juventus hicieron a su agente, Juanma López.

Álvaro Morata
El redactor recomienda