El Supremo envía al banquillo a García Ortiz por revelación de secretos contra el novio de Ayuso
El novio de Isabel Díaz Ayuso, Alberto González Amador, reclama cuatro años de prisión y suspensión de empleo de tres años para el fiscal general por estos hechos
El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz. (EFE / Chema Moya)
El Tribunal Supremo ha confirmado el procesamiento del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por un delito de revelación de secretos contra el novio de Isabel Díaz Ayuso, pero ha archivado la causa para la fiscal Pilar Rodríguez al considerar que no existen indicios suficientes contra ella. La decisión del alto tribunal cuenta con el voto particular de uno de los tres magistrados, Andrés Palomo, que se ha desmarcado del resto al concluir que tampoco se han recabado pruebas suficientes como para enviar a García Ortiz al banquillo.
Los otros dos magistrados, Julián Sánchez Melgar y Eduardo de Porres, sí confirman la decisión del magistrado instructor, Ángel Hurtado, y rechazan tanto los argumentos de la Fiscalía como del propio García Ortiz. La resolución repasa para ello la filtración de los correos que la defensa del novio de Díaz Ayuso se cruzó con la Fiscalía en el procedimiento paralelo que se seguía contra él por fraude fiscal. Entre ellos, el del 2 de febrero de 2024, en el que su abogado comunicaba a la Fiscalía su "voluntad firme" de "alcanzar una conformidad penal" porque "ciertamente se han cometido dos delitos contra la Hacienda Pública".
García Ortiz trató de escudarse en que dicha filtración en ningún caso supondría un delito de revelación de secretos porque "la información contenida en el correo (...) ya había sido previamente difundida, total o parcialmente, entre diversos profesionales de la información". Los magistrados reconocen en su resolución que "existieron filtraciones anteriores", pero consideran que en ningún caso los medios accedieron al del 2 de febrero, que es precisamente el que centra la investigación contra García Ortiz.
"La conclusión que cabe extraer de la información acumulada durante la instrucción, en los términos estrictamente indiciarios que corresponden a este momento procesal, es que los distintos periodistas que cubrían el caso tenían, si acaso, alguna información fragmentaria, pero no tenían noticia del contenido del correo de 2/02/24, que es precisamente el que fue filtrado, dentro de los indicios en los que nos movemos, al periodista de la Cadena Ser", advierten.
Los magistrados también descartan el intento de García Ortiz por justificar que la eliminación de sus mensajes y correos "no fue realizada por capricho ni por la existencia de este procedimiento". Según sostienen, este argumento resulta "llamativo". "La desaparición de la información de los dispositivos móviles y correos desde criterios de racionalidad elementales tuvo por finalidad ocultar la información ante una posible investigación y no puede quejarse quien la hizo que ahora tiene limitada su defensa", critican. "La desaparición intencionada de pruebas es un potente contra indicio que se utiliza habitualmente por los tribunales".
Pese a ello, los magistrados sí dan la razón a García Ortiz respecto a una de las frases que el magistrado instructor incluyó en su auto de procesamiento, en el que apuntó a que las filtraciones desde la Fiscalía se produjeron “a raíz de indicaciones recibidas de Presidencia del Gobierno". Hurtado basó esta conclusión en que, "antes de que hubiera tenido difusión por otros medios el correo", la Fiscalía envió copia de él a Pilar Sánchez Acera, que era la mano derecha del actual ministro Óscar López. El Supremo avisa ahora de que "esa afirmación fáctica no ha sido acreditada con suficiencia, por lo que su inclusión en el relato fáctico era prescindible".
En cualquier caso, insisten en que "el reproche formulado carece de relevancia alguna en la medida en que la continuación del proceso acordada no afecta a ninguna persona vinculada" con Presidencia, avalando así la decisión de Hurtado de enviar al banquillo al fiscal general por revelación de secretos. De hecho, el tribunal también ve delito en la nota de prensa que emitió la Fiscalía sobre sus negociaciones con el novio de Díaz Ayuso y que, según trató de defender García Ortiz, solo buscó desmentir los bulos que se estaban publicando al respecto.
"No se cuestiona que la Fiscalía General pretendiera legítimamente salir al paso de informaciones que consideraba inveraces, pero entendemos también irrelevante la cuestión porque para realizar la réplica informativa no era preciso revelar información reservada", responden los magistrados. "Las noticias que circularon y que sirvieron de contexto previo para la reacción de la Fiscalía no justifican la comisión de un delito", añaden. "En otras palabras, no se puede revelar un dato confidencial para rebatir un hecho que se considera incierto".
El novio de Isabel Díaz Ayuso, Alberto González Amador, reclama cuatro años de prisión y suspensión de empleo de tres años para García Ortiz por revelación de secretos. El Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) y la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales, que están personados como acusaciones populares, elevan sus acusaciones a cuatro y seis años de prisión respectivamente.
Es sencillo.
Quien se sienta en el banquillo de los acusados no puede perseguir delitos.
El fiscal general debe dimitir inmediatamente. No puede seguir ni un minuto más. https://t.co/NfnIoVKjJr
Pese a la confirmación de su procesamiento, García Ortiz ya ha dejado claro no se plantea dimitir, según fuentes fiscales consultadas por Europa Press. El jefe del Ministerio Público se mantiene así firme en la decisión que adoptó el pasado 16 de octubre, cuando el Supremo abrió causa conta él. Ahora, habrá que esperar a la rueda de prensa en la tarde de este martes en Palma de Pedro Sánchez para saber si mantiene el respaldo al fiscal general. Mientras tanto, el presidente del PP, Alberto Núñez Feijóo, ya ha exigido su renuncia: "No puede seguir ni un minuto más".
Archivan la causa para la fiscal
En cuanto a Pilar Rodríguez, la investigación ha acreditado que fue ella quien se encargó de enviar a García Ortiz el correo del 2 de febrero que después acabó filtrándose a la prensa. El magistrado instructor consideraba que los indicios recabados resultaban suficientes para enviar también a esta fiscal al banquillo por revelación de secretos, pero el Supremo corrige ahora esa decisión y archiva la causa para ella.
"El cumplimiento de los requerimientos del fiscal general del Estado constituye una actuación de dación de cuenta, es un acto reglado y es algo habitual en la actividad propia del cargo que ejercía la investigada en tanto forma parte de las obligaciones impuestas por el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal a todos los fiscales", concluye el Supremo. "Nada de irregular advertimos en la petición de documentación del fiscal general del Estado y en su cumplimiento por la investigada".
En la misma línea, los magistrados destacan que "no se han aportado elementos indiciarios que verifiquen que cuando" Rodríguez "remitió la documentación al fiscal general se fuera a redactar una nota con la publicación de datos [privados]". El tribunal considera que no se puede "inferir que existiera entre los dos investigados un concierto" para ello o que Rodríguez interviniera "en la redacción" del polémico comunicado.
El voto particular
El magistrado Andrés Palomo comparte este criterio y apoya archivar la causa para Rodríguez, pero se desmarca de sus dos compañeros al concluir que “no aparece suficientemente justificada que Álvaro Ortiz haya sido el autor de la revelación de la información contenida en el correo electrónico de 2 de febrero de 2024, ni a la prensa ni a la Presidencia del Gobierno”.
Su voto particular repasa para ello los tiempos que se siguieron con las filtraciones: "La relativa coincidencia cronológica, entre el momento en que recibe el mensaje que intercambió el letrado de Alberto González con la Fiscalía de Delitos Económicos (21:59 horas) y el momento en que contenidos del mismo sobre la propuesta de conformidad, admitiendo la comisión de dos delitos se difunde por la Cadena Ser (23:51 horas), que posibilitó la apertura de diligencias en la Sala Segunda, resulta harto insuficiente para dictar auto de prosecución por los trámites del procedimiento abreviado", critica.
Palomo incide en que no basta "con una simple verisimilitud" para enviar a García Ortiz al banquillo, sino que se "precisa un acervo indiciario con un nivel incriminatorio justificativo suficiente de la perpetración del delito que no concurre y además que ese nivel indiciario de la participación del investigado en la comisión del hecho sea al menos igual o superior a cualquier otra hipótesis”.
El Tribunal Supremo ha confirmado el procesamiento del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por un delito de revelación de secretos contra el novio de Isabel Díaz Ayuso, pero ha archivado la causa para la fiscal Pilar Rodríguez al considerar que no existen indicios suficientes contra ella. La decisión del alto tribunal cuenta con el voto particular de uno de los tres magistrados, Andrés Palomo, que se ha desmarcado del resto al concluir que tampoco se han recabado pruebas suficientes como para enviar a García Ortiz al banquillo.