El Supremo reprocha a la Fiscalía que actúe "de manera declarada" como "defensa" de García Ortiz
El juez rechaza las últimas diligencias que había solicitado el Ministerio Público y apunta a que "no debería extrañar" que algunas acusaciones apunten incluso a "fraude de ley"
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El Tribunal Supremo ha rechazado las últimas diligencias solicitadas por la Fiscalía tras el procesamiento del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por un delito de revelación de secretos contra el novio de Isabel Díaz Ayuso. Según recuerda el magistrado Ángel Luis Hurtado, la Fiscalía solo puede solicitar diligencias complementarias de manera excepcional y, en concreto, cuando resultan necesarias de cara a su escrito de acusación. En este caso, el juez destaca que la Fiscalía no solo no ha ejercido “funciones de acusación" durante el procedimiento, sino que "está contribuyendo de manera declarada a la defensa de los investigados".
El Ministerio Público había solicitado la declaración como testigos de dos periodistas. El magistrado les responde ahora que estas “diligencias (...) no son indispensables" y no aprecia "la necesaria excepcionalidad como para que se acuerden en la fase procesal en que nos encontramos".
"No debería extrañar la consideración que realiza la representación procesal da Asociación Profesional e Independiente de Fiscales [personada como acusación] cuando, en su escrito de oposición a la petición del Ministerio Fiscal, considera que entraña 'un fraude de ley'", llega a decir. Sin embargo, Hurtado evita ir más allá y rechaza la petición de la acusación de imponer una multa a título personal por mala fe procesal a la representante de la Fiscalía en esta causa.
El instructor apunta a que no se debe acceder a esta petición porque, “no obstante su infundada petición, no cabe desconocer su posición institucional”. Hurtado se refiere así a la teniente fiscal del Supremo y número dos de García Ortiz, María Ángeles Sánchez-Conde, que es quien representa a la Fiscalía en este procedimiento y ha pedido el archivo de la causa desde el primer momento.
La fiscal pide el archivo
Este mismo martes, la fiscal jefa provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, también ha solicitado al Supremo que anule su procesamiento por revelación de secretos y acuerde el archivo de la causa para ella. El magistrado Ángel Luis Hurtado procesó tanto a Rodríguez como al fiscal general el 9 de junio por las filtraciones contra el novio de Díaz Ayuso, pero, en un escrito al que ha tenido acceso El Confidencial, la fiscal apunta ahora que su actuación se ajustó "de forma escrupulosa a la ley y a las órdenes recibidas".
La investigación contra Rodríguez se basa en que fue ella quien envió el 7 de marzo de 2024 las diligencias que se seguían contra el novio de Díaz Ayuso, Alberto González Amador, a la Fiscalía General del Estado. Cinco días después, ante la insistencia de García Ortiz, le mandó además los mails que la defensa de González Amador se había cruzado con la Fiscalía en el procedimiento paralelo que se seguía contra él por fraude fiscal. Entre ellos, el 2 de febrero de 2024, en el que el abogado comunicaba a la Fiscalía su "voluntad firme" de "alcanzar una conformidad penal" porque "ciertamente se han cometido dos delitos contra la Hacienda Pública".
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García Ortiz recibió este correo entre las 21:59 y las 22:01 del 13 de marzo. Menos de dos horas después, a las 23:51, entrecomillados del mismo comenzaron a publicarse en prensa, pero Rodríguez se desmarca de cualquier filtración.
"El magistrado instructor, que sí realiza una crítica severa del comportamiento procesal de Álvaro García Ortiz, no extrae la correlativa valoración del comportamiento contrario de mi representada, mostrando con ello el sesgo de la resolución recurrida", critica su defensa en el escrito. "La actitud por parte de mi representada muestra claramente la tranquilidad que desde el inicio de este procedimiento mantuvo en todo momento, convencida como lo estaba —y sigue estando— de que su actuación profesional y la dación de cuenta que llevó a cabo".
Si el Tribunal Supremo finalmente abre juicio contra García Ortiz y contra ella, las consecuencias serían distintas para uno y otro. Como ha ido informando El Confidencial, Rodríguez quedaría suspendida cautelarmente por orden del propio García Ortiz, mientras que él no se vería afectado por ese mismo reglamento. La clave radica en el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, que resulta aplicable a todos los fiscales salvo el fiscal general del Estado.
"Afirmaciones sin base indiciaria"
A lo largo de las 54 páginas que se alarga el recurso, Rodríguez critica que el magistrado "solo tiene en cuenta aquello que perjudica a los investigados, excluyendo todo aquello que les beneficia y que de hecho debe llevar a excluir cualquier reproche penal de su conducta". Según argumenta, Hurtado ha ignorado "la valoración de diligencias cuyo resultado tiene una evidente significación exculpatoria, y se basa en interpretaciones erróneas de lo instruido en la presente causa, llegando incluso a hacer afirmaciones que adolecen de una absoluta falta de base indiciaria".
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Respecto al hecho de que ella misma enviara las mencionadas diligencias a la Fiscalía General del Estado, argumenta que "forma parte de las obligaciones impuestas por el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal a todos los fiscales y es una conducta absolutamente habitual en el día a día del Ministerio Público". También incide en que la negociación que González Amador estaba llevando a cabo con la Fiscalía "era conocida por diversos medios de comunicación" antes de que ella enviara los mails a García Ortiz, por que considera que continuar la causa contra ella carece de sentido alguno.
El Tribunal Supremo ha rechazado las últimas diligencias solicitadas por la Fiscalía tras el procesamiento del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por un delito de revelación de secretos contra el novio de Isabel Díaz Ayuso. Según recuerda el magistrado Ángel Luis Hurtado, la Fiscalía solo puede solicitar diligencias complementarias de manera excepcional y, en concreto, cuando resultan necesarias de cara a su escrito de acusación. En este caso, el juez destaca que la Fiscalía no solo no ha ejercido “funciones de acusación" durante el procedimiento, sino que "está contribuyendo de manera declarada a la defensa de los investigados".