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José Ramón de la Morena cae ante Hacienda: la Justicia confirma una sanción de 643.000 euros
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POR EL IRPF de 2008, 2009 y 2010

José Ramón de la Morena cae ante Hacienda: la Justicia confirma una sanción de 643.000 euros

La Agencia Tributaria le abrió una inspección en 2013 y descubrió que estaba tributando la mayor parte de sus ingresos como periodista a través de una empresa de su propiedad

Foto: El periodista José Ramón de la Morena, en una imagen de archivo de 2018. (EFE/Luca Piergiovanni)
El periodista José Ramón de la Morena, en una imagen de archivo de 2018. (EFE/Luca Piergiovanni)
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La Audiencia Nacional ha rechazado el recurso del periodista José Ramón de la Morena contra una sanción de 642.942 euros de la Agencia Tributaria. La sentencia, a la que ha tenido acceso El Confidencial, explica que facturó casi siete millones de euros de Cadena Ser a través de una empresa de su propiedad entre 2008 y 2010, lo que le permitió tributar por el impuesto de sociedades y evitar el porcentaje más alto que le hubiese correspondido por el IRPF. De la Morena explica que ya abonó esta sanción hace años, pero aún puede recurrir esta última sentencia ante el Tribunal Supremo para tratar de recuperar ese dinero.

"En los ejercicios objeto de comprobación el único cliente de Producciones Deportivas Brunete [la sociedad de De la Morena] fue Sociedad Española de Radiodifusión, S.A", explica la Audiencia Nacional. "Los conceptos facturados por Producciones Deportivas Brunete fueron la producción y retransmisión de programas radiofónicos, incluido El Larguero".

De esta manera, Producciones Deportivas Brunete ingresó más de 2,3 millones al año entre 2008 y 2010. La empresa después pagó al periodista unos 360.000 euros anuales "como empleado por cuenta ajena", pero, según concluyó Hacienda y confirma ahora la Audiencia Nacional, esta fórmula solo perseguía la elusión fiscal al canalizar la mayoría de sus ingresos a través del impuesto de sociedades y no del IRPF.

"Fue él quien creó la sociedad citada, de la cual poseía la disposición de todas las participaciones y era administrador único", explica la Audiencia. "La sociedad no añadía ningún valor a la actividad desarrollada (...), eludiendo los tipos impositivos progresivos y más elevados de IRPF".

Foto: José Ramón de la Morena. (Isabel Blanco)

Hacienda solo tolera esta clase de operaciones cuando el profesional después recibe un sueldo a precio de mercado por parte de su sociedad. De la Morena trató de agarrarse a esa excepción y alegó que "la sociedad disponía de medios humanos y materiales para el desarrollo de su actividad", pero la sentencia rechaza sus argumentos.

"En este supuesto no podía considerarse que el recurrente hubiera actuado con la diligencia necesaria en el cumplimiento de sus obligaciones", concluyen los magistrados. "Habiendo constituido la meritada sociedad, había facturado a terceros los servicios prestados por el propio actor, de carácter personalísimo, prestados por ella a terceros y contratados intuitu personae, y que, por tanto, debía valorar la retribución percibida de la sociedad a valor de mercado".

Foto: El locutor de radio Carlos Herrera. (EFE/Daniel Pérez)

De la Morena también alegó que "en nuestro ordenamiento rige la libertad de empresa" y que esta establece que "las personas pueden organizar su actividad en la forma que entiendan oportuna", pero la respuesta de Hacienda es tajante: "No se ha objetado que el recurrente sea dueño de una sociedad ni que ésta intervenga en el mercado, sino que no cumpla con las obligaciones fiscales que le impone la norma para sus relaciones con su sociedad".

Esta última sentencia se suma a otra que el Tribunal Supremo dictó en 2023, cuando confirmó otra sanción que la Agencia Tributaria había impuesto al periodista por más de 200.000 euros. Aquella reclamación se basó una vez más en el modo en que facturó por sus servicios a través de Producciones Deportivas Brunete, pero durante el ejercicio de 2007.

La Audiencia Nacional ha rechazado el recurso del periodista José Ramón de la Morena contra una sanción de 642.942 euros de la Agencia Tributaria. La sentencia, a la que ha tenido acceso El Confidencial, explica que facturó casi siete millones de euros de Cadena Ser a través de una empresa de su propiedad entre 2008 y 2010, lo que le permitió tributar por el impuesto de sociedades y evitar el porcentaje más alto que le hubiese correspondido por el IRPF. De la Morena explica que ya abonó esta sanción hace años, pero aún puede recurrir esta última sentencia ante el Tribunal Supremo para tratar de recuperar ese dinero.

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