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Sito Pons, absuelto: el TSJC rechaza los recursos y descarta los 24 años de cárcel que pidió Fiscalía
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"NO ENCONTRAMOS DÉFICIT VALORATIVO"

Sito Pons, absuelto: el TSJC rechaza los recursos y descarta los 24 años de cárcel que pidió Fiscalía

El Ministerio Público le acusaba de haber cometido seis delitos fiscales, pero el TSJC ratifica la sentencia previa y remarca la importancia de la presunción de inocencia

Foto: Sito Pons durante su declaración en el juicio en febrero de 2022
Sito Pons durante su declaración en el juicio en febrero de 2022
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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha ratificado la absolución del excampeón mundial de motociclismo Alfonso Sito Pons. La Fiscalía llegó a pedir 24 años de cárcel y el pago de más de 15 millones de euros en multas e indemnizaciones por la presunta comisión de seis delitos contra la Hacienda Pública entre 2010 y 2014, pero el TSJC ha rechazado los recursos de las acusaciones y ha confirmado la sentencia que la Audiencia Provincial de Barcelona dictó en diciembre de 2022.

"El principio de presunción de inocencia, en primer lugar, y el principio in dubio pro reo, en segundo lugar, obligan al tribunal a quo a decantarse por la favorable al acusado", apuntan los magistrados en una sentencia del 1 de abril a la que ha tenido acceso El Confidencial. "En esta alzada no podemos más que avalarlo, dado que no encontramos ningún déficit valorativo, ningún déficit de elementos probatorios que resulte suficientemente relevante y ninguna irracionalidad ni arbitrariedad".

El TSJC rechaza así el recurso que interpuso la Abogacía del Estado en representación de la Agencia Tributaria, al que se adhirieron tanto la Fiscalía como la Generalitat de Cataluña. "Puede o no compartirse la valoración realizada por el tribunal a quo, pero encontrándonos ante una sentencia absolutoria, no encontramos los déficits que permitirían su anulación", explican los magistrados. "El tribunal a quo considera plausible la hipótesis planteada por la defensa, que cuenta con sustento probatorio".

De esta manera, el tribunal rechaza la acusación de que el expiloto fingiera vivir en el extranjero para no tributar en España. "¿Este es el tipo de investigación que hace la Agencia Tributaria?", llegó a criticar Pons durante su declaración en el juicio. "Yo soy contribuyente británico". La Fiscalía, sin embargo, se mantuvo firme en su tesis de que el expiloto había vivido "de forma efectiva" en Barcelona entre 2010 y 2014 mientras simulaba residir en Mónaco y en Londres "con el deseo de no tributar".

Al finalizar el juicio, la fiscal elevó entonces a definitiva su petición de 24 años de cárcel, aunque planteó una alternativa de nueve años si el tribunal concluía que algunas pruebas no eran válidas. Pese a ello, la Audiencia Provincial de Barcelona descartó ambas opciones. "Estuvo residiendo en el principado de Mónaco. Ello fue reconocido por la jurisdicción penal española con ocasión de un procedimiento penal en el que recayó sentencia absolutoria", concluyó el tribunal respecto al primer punto de la acusación. "En el Reino Unido, el Sr. Pons, como contribuyente, ha declarado ingresos derivados del trabajo por cuenta ajena y por cuenta propia", añadió sobre el segundo.

La defensa de Pons la ha dirigido el despacho que dirige el abogado Pau Molins, que también ha representado a Shakira ante la acusación de defraudar a Hacienda, y el despacho del abogado Iñaki Picaza, que en los últimos años ha llevado con éxito los casos de los expilotos Sete Gibernau y Jorge Lorenzo contra la Agencia Tributaria.

Uno de los pilares de su defensa se centró en desmontar la acusación de que había vivido durante más de 183 días al año en España. La Agencia Tributaria rastreó los gastos de sus tarjetas, revisó sus correos electrónicos y puso en marcha "vigilancias y seguimientos", pero los magistrados cuestionaron la validez de estas supuestas pruebas contra el expiloto. "En muy contadas ocasiones e incluso en algunos de dichos seguimientos albergaron serias dudas en cuanto a que la persona vigilada fuese realmente el Sr. Pons, al efectuar seguimientos de vehículos que bien pudieran ser conducidos por otra persona, como alguno de los hijos del Sr. Pons", advirtieron.

La Fiscalía también basaba su acusación en que, como director de su escudería, la Pons Racing, el núcleo de su actividad económica supuestamente se encontraba en España, para lo que apuntaba a dos empresas concretas: Moto Spain y Formula Races. Los magistrados, sin embargo, descartaron una vez más este argumento: "La mayor parte de los intereses económicos y activos financieros del Sr. Pons y el núcleo de su actividad económica se concentran y localizan fuera del territorio español".

De hecho, la sentencia inicial fue un paso más allá y se preguntó por qué los investigadores no habían querido citar a los testigos que en principio conocían mejor las actividades de Pons: "Por cierto, la Agencia Tributaria, a la que incumbe la carga de la prueba sobre el hecho concernido, no ha cuidado de aportar como testigos ni a los pilotos, ni a los mecánicos, ni a los patrocinadores para que adverasen ante el tribunal el lugar donde se formalizaron sus contratos y donde se desarrolló su contenido".

Para tratar de revertir este dictamen, la Abogacía del Estado criticó que la valoración de la prueba había sido "parcial". La Fiscalía también incidió en esa misma idea en su recurso: "Este Ministerio Público considera que procede la anulación de la sentencia, devolviendo la misma al tribunal de instancia para que, con otra composición diferente, se repita de nuevo el juicio o bien, subsidiariamente, sin repetición de juicio, se anule la sentencia y se ordene a los magistrados de instancia que dicten nueva".

El TSJC, sin embargo, echa por tierra esta tesis. "El tribunal a quo valora la prueba de cargo, documentación, billetes, gastos, informe de los actuarios, en definitiva, la prueba propuesta por la acusación. Y si bien es cierto que no se detalla la totalidad de dicha documental, en especial la procedente de las entradas y registros, sí que el tribunal hace una serie de consideraciones que nos permite concluir que la ha examinado", explican los magistrados. "Las acusaciones conocen perfectamente las razones por las que el tribunal a quo no considera probada la hipótesis acusatoria", concluyen.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha ratificado la absolución del excampeón mundial de motociclismo Alfonso Sito Pons. La Fiscalía llegó a pedir 24 años de cárcel y el pago de más de 15 millones de euros en multas e indemnizaciones por la presunta comisión de seis delitos contra la Hacienda Pública entre 2010 y 2014, pero el TSJC ha rechazado los recursos de las acusaciones y ha confirmado la sentencia que la Audiencia Provincial de Barcelona dictó en diciembre de 2022.

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