Los dos bandos del Constitucional preparan informes para la guerra por los ERE
Mientras los conservadores cuentan ya con un dictamen técnico que apoya que el TC no puede impedir las cuestiones prejudiciales, los progresistas repasan doctrina del TJUE que diría lo contrario
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Los dos sectores del Tribunal Constitucional están pertrechándose como si fueran a la batalla. Progresistas y conservadores se cargan en estos días de argumentos jurídicos para defender sus posturas de cara al análisis de la decisión de la Audiencia Provincial de Sevilla de acudir al Tribunal de Justicia de la Unión Europea al apreciar excesos en la sentencia sobre la trama andaluza de los ERE. Ambos grupos revisan la jurisprudencia del órgano con sede en Luxemburgo y han encontrado sentencias que apoyan sus tesis, completamente encontradas.
Los más rápidos en contar con respaldo técnico han sido los conservadores. Uno de los magistrados de este sector, César Tolosa, ha reclamado de forma interna el primer análisis que servirá para reforzar los argumentos del grupo más cercano a la derecha. El dictamen, al que ha tenido acceso El Confidencial, revisa la doctrina del TJUE y destaca varias sentencias que respaldan la decisión de los jueces sevillanos de acudir a la Justicia europea contra resoluciones del TC nacional.
A lo largo de 14 páginas, el estudio concluye que no existe la posibilidad de limitar el planteamiento de una cuestión prejudicial. Examina, en concreto, resoluciones en las que Luxemburgo ha respaldado las decisiones de los órganos jurisdiccionales de no dar aplicación a pronunciamiento de otros órganos superiores, como el TC, siempre que atenten contra el Derecho de la Unión.
"El Tribunal Constitucional español no puede impedirlo", deduce este primer informe, que añade que algo así sería "incompatible con el mecanismo de la cuestión prejudicial que otorga al juez nacional las más amplias facultades". No se queda ahí, el dictamen añade que hacer otra cosa supondría "una infracción del principio de independencia judicial que concretiza el valor del Estado de derecho".
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Este estudio llega a decir que impedir, limitar o disuadir de cualquier manera a los jueces de acudir al TJUE podría dar pie a la Comisión Europea a "iniciar un procedimiento de infracción contra España". Es algo que ya ha ocurrido en el caso de Polonia, precisamente respecto a dos sentencias de su Constitucional. Tras repasar varias resoluciones que destacan la primacía del Derecho de la Unión, se adentra en fallos, muchos de ellos centrados en la actuación del TC de Rumanía, y asegura que el TJUE ha declarado "sin ambigüedad alguna" que los tribunales nacionales están facultados para inaplicar decisiones de sus Constitucionales.
Además, precisa que el TJUE "viene reconociendo de forma reiterada" la libertad de los jueces para consultarle. "La iniciativa de plantear una cuestión prejudicial depende en su totalidad de su apreciación" y no puede quedar condicionada por ningún factor externo. "El hecho de que lo que esté en cuestión sea una interpretación constitucional hecha por un órgano superior no afecta en ningún caso", añade.
El contrataque
Aunque en el caso de los progresistas aún no se cuenta de forma oficial con un informe ya redactado, no hay duda de que los engranajes se están moviendo. Para empezar, el grupo que lidera el presidente Cándido Conde-Pumpido se ha fijado en la legislación nacional, en la que ve una palanca que le permite obligar al cumplimiento de sus resoluciones haya las discrepancias que haya. Como ya ha ido publicando este periódico, este sector se basa en la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y, en concreto en el artículo 92, en el que se dice que debe velar por el cumplimiento efectivo de sus resoluciones, y el artículo 4 en el que indica que en ningún caso "se podrá promover cuestión de jurisdicción o competencia al Tribunal Constitucional" y da al TC el poder de adoptar "cuantas medidas sean necesarias para preservarla".
También se esgrime la Ley 15/2015 aprobada por el Gobierno de Mariano Rajoy donde se prevén multas por incumplimiento de las resoluciones del TC, pensada para evitar la desobediencia de las disposiciones del TC, sobre todo a raíz del auge del independentismo catalán. La norma dice que todos los poderes públicos están obligados al cumplimiento de lo que el Tribunal Constitucional resuelva y prevé sanciones coercitivas de 3.000 a 30.000 euros "a las autoridades, empleados públicos o particulares que incumplieren las resoluciones del Tribunal, pudiendo reiterar la multa hasta el cumplimiento íntegro de lo mandado".
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Pero además, este grupo ve un precedente significativo en la doctrina del caso Taricco del que concluye que la cuestión prejudicial de la Audiencia no tiene ninguna posibilidad de prosperar. A lo largo de tres sentencias distintas, el TJUE fue avanzando en este caso italiano del respaldo a la inaplicación de las normas nacionales de limitación por parte de los jueces nacionales a la conclusión final de que esta inaplicación no es absoluta, sino que depende del respeto del principio de legalidad del derecho penal.
En resumen, la tormenta perfecta con origen en Sevilla solo acaba de empezar.
Los dos sectores del Tribunal Constitucional están pertrechándose como si fueran a la batalla. Progresistas y conservadores se cargan en estos días de argumentos jurídicos para defender sus posturas de cara al análisis de la decisión de la Audiencia Provincial de Sevilla de acudir al Tribunal de Justicia de la Unión Europea al apreciar excesos en la sentencia sobre la trama andaluza de los ERE. Ambos grupos revisan la jurisprudencia del órgano con sede en Luxemburgo y han encontrado sentencias que apoyan sus tesis, completamente encontradas.