¿Y ahora, qué? La absolución de Alves le abre la puerta a exigir una indemnización al Estado
El futbolista tendrá que esperar a que se rechacen los recursos de las acusaciones y su absolución adquiera firmeza, pero, por el momento, recupera ya el millón de euros que pagó como fianza
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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) revocó este viernes la condena de Dani Alves a cuatro años y medio de cárcel por violación y acordó su absolución al concluir que el relato de la denunciante "no es fiable". El dictamen supone un espaldarazo para el futbolista, pero su defensa aún puede ir más allá: si los recursos de las acusaciones no prosperan, Alves tendrá vía libre para exigir una indemnización al Estado por el tiempo que pasó en prisión preventiva.
La indemnización media ronda los 25 euros por cada día que pasas entre rejas antes de ser absuelto. Todo apunta a que Alves exigiría una cantidad mayor por el sueldo que dejó de percibir como futbolista y por otros ingresos similares, pero esta clase de argumentos no tienden a ser atendidos y nunca se han pagado indemnizaciones millonarias. En 2023, por ejemplo, uno de los socios del expresidente del FC Barcelona Sandro Rosell consiguió que le pagaran 70.000 euros en concepto de “daños morales” tras pasar 645 días en prisión antes de su absolución, una cifra que se situó por encima de la media, pero lejos de los 4,6 millones que él pedía.
Cantidades aparte, Alves tendrá que esperar a que su absolución adquiera firmeza, es decir, a que el Supremo confirme la decisión del TSJC y rechace los recursos de las acusaciones. En cualquier caso, las fuentes consultadas explican que, antes de llegar a esa situación, el futbolista sí recuperará el millón de euros de fianza que tuvo que pagar hace un año para quedar en libertad. La devolución de ese dinero será automática y se producirá al margen de la posible reclamación por la prisión preventiva.
Sus 14 meses en prisión preventiva
Esta segunda reclamación se remontaría a lo ocurrido en enero de 2023, cuando voló desde México hasta Barcelona para aclarar su presunta participación en la agresión sexual. La denunciante sostenía que la había violado en el baño de una discoteca en 2021 y Alves acudió a España para negar esa versión, pero el intento de limpiar su nombre terminó por volverse en su contra: los Mossos d'Esquadra le detuvieron en el aeropuerto y la jueza ordenó su ingreso en prisión preventiva por riesgo de fuga.
A partir de ahí, su defensa comenzó a presentar una avalancha de recursos para lograr su puesta en libertad, pero, uno tras otro, la jueza fue rechazándolos. La Audiencia Provincial de Barcelona también descartó sus argumentos y apuntó a que existían "severos indicios de criminalidad". La situación se mantuvo sin cambios hasta marzo de 2024, cuando Alves logró quedar en libertad después de pasar 14 meses en prisión preventiva y tras abonar la mencionada fianza de un millón de euros.
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Para entonces, la Audiencia ya le había condenado a cuatro años y medio de cárcel por violación, pero los magistrados aceptaron que saliera de la cárcel hasta que la sentencia fuera firme y mientras cumpliera dos requisitos: que no abandonara el territorio español y que se presentara cada viernes en la secretaría del juzgado. El futbolista quedó así en libertad a la espera del recurso de su defensa, que es el que ha terminado por provocar ahora su absolución por parte del TSJC.
Según advierten los magistrados, el hecho de que la tesis acusatoria no se haya podido acreditar no supone afirmar "que la hipótesis verdadera sea la que mantiene la defensa", pero sí obliga a absolver al futbolista. Esa conclusión abre la puerta a que Alves pueda exigir ahora una indemnización al Estado por el tiempo que pasó en prisión, pero antes habrá que esperar al previsible recurso de la Fiscalía y al de la acusación particular, que ya ha anunciado que acudirá al Supremo. De hecho, ambas acusaciones también recurrieron ante el TSJC al considerar que la condena inicial se había quedado corta: la Fiscalía pedía elevarla a nueve años de cárcel y la denunciante a doce.
La sentencia que cambió las reglas
Si el Supremo rechaza estos nuevos recursos, Alves podrá aprovecharse de una sentencia que el Tribunal Constitucional dictó en 2019. Hasta entonces, la ley exigía la “inexistencia” del hecho imputado para poder reclamar una indemnización por el tiempo que se había pasado en prisión preventiva antes de la absolución. En la práctica, esto implicaba que las reclamaciones rara vez prosperaban, pues las absoluciones rara vez consideran probada dicha "inexistencia" del hecho por el que se acusa.
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El Constitucional, sin embargo, tumbó ese requisito y obligó a reescribir ley para que quedara redactada de la siguiente manera: "Tendrán derecho a indemnización quienes, después de haber sufrido prisión preventiva, sean absueltos o haya sido dictado auto de sobreseimiento libre, siempre que se le hayan irrogado perjuicios". Según concluyó el tribunal, no existía motivo para diferenciar entre absueltos por hechos nunca existieron y absueltos por falta de pruebas con hechos que sí han existido.
Esa nueva redacción es la que ahora abre la puerta a que Alves trate de ajustar cuentas con el Estado. No porque el TSJC haya concluido que no cometió una violación, sino porque resulta suficiente con que no hayan existido pruebas suficientes para acreditarlo. Tras esta sentencia, el Supremo tendrá ahora la última palabra.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) revocó este viernes la condena de Dani Alves a cuatro años y medio de cárcel por violación y acordó su absolución al concluir que el relato de la denunciante "no es fiable". El dictamen supone un espaldarazo para el futbolista, pero su defensa aún puede ir más allá: si los recursos de las acusaciones no prosperan, Alves tendrá vía libre para exigir una indemnización al Estado por el tiempo que pasó en prisión preventiva.