Es noticia
El TC tumba por unanimidad que Puigdemont pueda votar desde Waterloo
  1. España
NO AFECTARÁ A LA COMPOSICIÓN DEL PARLAMENT

El TC tumba por unanimidad que Puigdemont pueda votar desde Waterloo

Los magistrados estiman el recurso del PP contra lo ocurrido el pasado 10 de junio, cuando la mesa de edad del Parlament de Cataluña decidió aceptar la delegación del voto

Foto: El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, durante un pleno extraordinario en Cádiz. (Nacho Frade / Europa Press)
El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, durante un pleno extraordinario en Cádiz. (Nacho Frade / Europa Press)
EC EXCLUSIVO Artículo solo para suscriptores

El Tribunal Constitucional ha anulado por unanimidad la decisión del Parlament de Cataluña de permitir que Carles Puigdemont pueda votar desde Waterloo. Como avanzó El Confidencial, la ponencia, del magistrado Ricardo Enríquez, esta delegación del voto es "constitucionalmente inadmisible", pues el expresidente catalán está eludiendo la acción de la Justicia y pesa contra él una orden de busca y captura.

En cualquier caso, la decisión no tendrá efectos sobre la composición del Parlament ni aplicación retroactiva. Los magistrados han considerado que la aprobación de la ley de amnistía no supone, por sí misma, una circunstancia excepcional que afecte a su decisión. Menos aún a la vista de la actual situación en la que el Tribunal Supremo ha rechazado su aplicación al expresident catalán. Hacer lo contrario, indicaba la ponencia, supondría asumir como algo natural que esquiva a los tribunales y permanece huido.

Con este fallo, el TC estima el recurso del PP contra lo ocurrido el pasado 10 de junio, cuando la mesa de edad del Parlament de Cataluña decidió aceptar la delegación del voto de los diputados Carles Puigdemont y Lluis Puig y, con ello, consagró el inicio de la nueva legislatura catalana. Los populares defendían que su aceptación vulnera el criterio del Constitucional, que ya estimó recursos de sentido similar, como uno planteado por el PSC contra los acuerdos de la Mesa del Parlament que en la anterior legislatura ya permitieron el voto telemático de Puig.

El PP se apoyaba en ese dictamen para solicitar que el Constitucional suspendiera esta nueva decisión de dar por buenos los votos delegados de los huidos, lo que amenazaba la propia elección de Josep Rull como presidente de la cámara. Los primeros pasos de la legislatura catalana comenzaron así con un evidente desacato por parte de la cámara. Ni el Ejecutivo central ni el partido de Salvador Illa acudieron al TC.

Foto: El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, junto al consejero de Justicia, José Antonio Nieto. (Nacho Frade / Europa Press)

La decisión, pese a todo, adquiere un sentido simbólico con efectos prácticos muy reducidos. La ponencia detalla que se lesionó el derecho fundamental de los diputados de la cámara autonómica a ejercer sus funciones representativas en condiciones de igualdad, pero destaca que la doctrina "lleva a limitar el alcance" por seguridad jurídica. Es decir, la nulidad de ese acuerdo parlamentario no puede contagiarse a los actos que hayan podido adoptarse con los votos delegados durante el tiempo en que ha estado vigente la habilitación.

El Tribunal Constitucional ha anulado por unanimidad la decisión del Parlament de Cataluña de permitir que Carles Puigdemont pueda votar desde Waterloo. Como avanzó El Confidencial, la ponencia, del magistrado Ricardo Enríquez, esta delegación del voto es "constitucionalmente inadmisible", pues el expresidente catalán está eludiendo la acción de la Justicia y pesa contra él una orden de busca y captura.

Tribunal Constitucional