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El TC anulará el abuso "inadmisible" que permite votar a Puigdemont desde Waterloo
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Deliberación y fallo, esta semana

El TC anulará el abuso "inadmisible" que permite votar a Puigdemont desde Waterloo

La ponencia que estudiará el Pleno incide en que está eludiendo la acción de la Justicia y pesa en su contra una orden de busca y captura, muy lejos de los motivos legales para permitir el voto delegado

Foto: El presidente de Junts, Carles Puigdemont. (EFE/Archivo/Pablo Garrigós)
El presidente de Junts, Carles Puigdemont. (EFE/Archivo/Pablo Garrigós)
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El pasado 10 de junio, hace ahora casi 10 meses, la mesa de edad del Parlament de Cataluña decidió aceptar la delegación del voto de los diputados Carles Puigdemont y Lluis Puig y, con ello, consagró el inicio de la nueva legislatura catalana. El Tribunal Constitucional prevé anular ahora aquella decisión que, según defiende la ponencia que obtendrá previsiblemente esta semana el respaldo de todos los magistrados, es "constitucionalmente inadmisible", ya que los dos afectados están eludiendo la acción de la Justicia y pesa contra ellos una orden de busca y captura.

La decisión no tendrá efectos sobre la composición del Parlament ni aplicación retroactiva. Los magistrados han considerado que la aprobación de la ley de amnistía no supone, por sí misma, una circunstancia excepcional que afecte a su decisión. Menos aún a la vista de la actual situación en la que en Tribunal Supremo ha rechazado su aplicación al expresident catalán. Hacer lo contrario, indica el borrador de la resolución conocido por El Confidencial, supondría asumir como algo natural que esquiva a los tribunales y permanece huido.

Con este fallo, el TC estimará el recurso que presentó el PP que sostenía que el voto a distancia de Puigdemont y del también huido Lluís Puig no es válido y, por ello, no deberían haberse contabilizado. Los populares defendían que su aceptación vulnera el criterio del Constitucional, que ya estimó recursos de sentido similar, como uno planteado por el PSC contra los acuerdos de la Mesa del Parlament que en la anterior legislatura ya permitieron el voto telemático de Puig.

El PP se apoyaba en ese dictamen para solicitar que el Constitucional suspendiera esta nueva decisión de dar por buenos los votos delegados de los huidos, lo que amenazaba la propia elección de Josep Rull como presidente de la cámara. Los primeros pasos de la legislatura catalana comenzaron así con un evidente desacato por parte de la cámara. Ni el Ejecutivo central ni el partido de Salvador Illa acudieron al TC.

Foto: El líder de Junts, Carles Puigdemont (Junts / Nùria Martínez)

La decisión, pese a todo, adquiere un sentido simbólico con efectos prácticos muy reducidos. La ponencia detalla que se lesionó el derecho fundamental de los diputados de la cámara autonómica a ejercer sus funciones representativas en condiciones de igualdad, pero destaca que la doctrina "lleva a limitar el alcance" por seguridad jurídica. Es decir, la nulidad de ese acuerdo parlamentario no puede contagiarse a los actos que hayan podido adoptarse con los votos delegados durante el tiempo en que ha estado vigente la habilitación.

Unanimidad pero sin efectos

Quizá la unanimidad y el respaldo que prevén darle todos los magistrados a la resolución, tanto los progresistas como los conservadores, se deba a este hecho. El fallo destaca que los votos delegados de los dos huidos no fueron determinantes del resultado de las votaciones, tampoco el 10 de junio. Concuerda con el criterio de la Fiscalía que, en su informe, apuntaba que no alteró la elección de los miembros de la mesa, ni, por tanto, su composición, ni afectó, pues, a la proclamación del presidente del Parlamento de Cataluña declarando constituida la Cámara.

Foto: Carles Puigdemont y Lluís Puig en un juzgado belga en 2020. (Reuters/Johanna Geron)

Más allá del alcance, la sentencia vuelve a incidir en la situación de prófugo del líder de Junts que, ahora, lucha por lograr el respaldo de los tribunales para ser beneficiario de la amnistía, única circunstancia que le permitiría regresar a España sin peligro de ingresar en prisión. La vista de su recurso contra la decisión del juez Pablo Llarena de mantenerle fuera se celebró hace solo unos días.

Tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado reclamaron que se le considere amnistiado y creen que la malversación agravada de la que se le acusa en solitario después de la desaparición de la sedición del Código Penal no tuvo como fin un enriquecimiento personal. Si la Sala avala a Llarena, Puigdemont tendrá camino libre para acudir al TC contra la decisión. La batalla, entonces, será otra.

El pasado 10 de junio, hace ahora casi 10 meses, la mesa de edad del Parlament de Cataluña decidió aceptar la delegación del voto de los diputados Carles Puigdemont y Lluis Puig y, con ello, consagró el inicio de la nueva legislatura catalana. El Tribunal Constitucional prevé anular ahora aquella decisión que, según defiende la ponencia que obtendrá previsiblemente esta semana el respaldo de todos los magistrados, es "constitucionalmente inadmisible", ya que los dos afectados están eludiendo la acción de la Justicia y pesa contra ellos una orden de busca y captura.

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