Un voto particular anticipó que la sentencia del TC sobre los ERE no cumplía con la UE
La Audiencia Provincial de Sevilla esgrime este mismo argumento en contra de la resolución que sacó adelante la mayoría progresista y que libró de la cárcel a Chaves y Griñán
:format(jpg)/f.elconfidencial.com%2Foriginal%2F3b1%2Fba8%2F6b1%2F3b1ba86b15ebfe541a5ed7092c98fb5b.jpg)
La última polémica que ha salpicado el Tribunal Constitucional respecto a los ERE de Andalucía se presentía desde hace tiempo. En concreto, desde la misma elaboración de la sentencia dictada con la oposición del grupo de magistrados conservadores. Uno de ellos redactó, ya hace meses, un voto particular que ahora parece premonitorio. En él se advertía que el sentido de la resolución que sacó adelante la mayoría progresista contradecía los principios del Derecho de la Unión Europea.
Esta contradicción ha sido uno de los argumentos de la Audiencia Provincial de Sevilla a la hora de consultar al Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) respecto a la decisión del TC que, según aprecian cinco magistrados, desbordó los límites de las competencias del órgano que dirige Cándido Conde Pumpido. En el voto particular mencionado, fechado el pasado julio, se advierte el especial control de la Unión respecto al gasto público y cómo este choca con avalar actuaciones cuestionables de los gestores de los caudales públicos.
El ponente Enrique Arnaldo indicaba que tanto en el ordenamiento nacional como en el europeo, el control del gasto público "es la herramienta principal para luchar contra el fraude y contra la corrupción". Agregaba que cualquier actuación que persiga disminuir o eludir el control de este "estará poniendo en peligro los intereses financieros", también los europeos.
De hecho, el voto ya hacía referencia al TJUE y a su jurisprudencia anterior al respecto y avisaba de que ha señalado que los Estados miembros tienen el deber de luchar contra este tipo de prácticas. Además, ha incidido con más fuerza en los actos de corrupción de los funcionarios o los abusos cometidos cuando desempeñan un cargo público. "En este contexto, poco importa que los actos de corrupción se traduzcan en una acción o una omisión del funcionario de que se trate, habida cuenta de que una omisión puede ser tan perjudicial para los intereses financieros de la Unión como una acción", decía.
:format(jpg)/f.elconfidencial.com%2Foriginal%2F51f%2Fff6%2F608%2F51fff66089be9461aea53d8e2ab963aa.jpg)
Destaca también la obligación de perseguir estas conductas y garantizar la aplicación de las penas impuestas, porque de otro modo no se lograría una actuación eficaz y disuasoria. "Todo ello para evitar un riesgo sistémico de impunidad de los hechos constitutivos de tales delitos, así como garantizar la protección de los derechos fundamentales de las personas acusadas", especificaba.
Tras ese análisis general, Arnaldo pasaba a analizar el caso concreto de los ERE y decía que a la vista de los principios de la UE no existe razón "para entender que el control interno de esa gestión de fondos públicos deba ser menos intenso que el que se aplicaría si los fondos malversados hubieran sido europeos". También decía que en el caso de corrupción vinculado al PSOE andaluz ha quedado acreditado que "se buscó de manera intencionada la elusión de los controles ordinarios del gasto público, lo que supuso la debilitación de los mecanismos para prevenir la corrupción".
El contraste
"En definitiva, llama poderosamente la atención el elocuente contraste entre la protección reforzada que la Unión Europea atribuye al delito de malversación de caudales públicos y la respuesta dada por esta y las restantes sentencias de este tribunal a uno de los casos más graves de corrupción política institucionalizada en España", lanzaba.
El voto incluía otra valoración premonitoria, que también han hecho suya los magistrados de Sevilla declarados en rebeldía contra el Constitucional. Decía que la sentencia desbordaba "los límites del control que corresponden al TC en materia de amparo constitucional". En lugar de centrarse exclusivamente en eso —defendía Arnaldo— la resolución se centró en anular pronunciamientos condenatorios de la jurisdicción penal. "Por eso, resulta especialmente difícil conciliar la decisión de la sentencia de este Tribunal, que conduce a la postre a dejar impunes unas conductas de especial gravedad cometidas por unos concretos responsables políticos en el desempeño de sus funciones públicas, con el esfuerzo de la Unión Europea por eliminar márgenes de impunidad para prevenir la corrupción política", concluía.
La última polémica que ha salpicado el Tribunal Constitucional respecto a los ERE de Andalucía se presentía desde hace tiempo. En concreto, desde la misma elaboración de la sentencia dictada con la oposición del grupo de magistrados conservadores. Uno de ellos redactó, ya hace meses, un voto particular que ahora parece premonitorio. En él se advertía que el sentido de la resolución que sacó adelante la mayoría progresista contradecía los principios del Derecho de la Unión Europea.