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El juez sentencia al fiscal general y dice que se "extralimitó" y cometió un delito
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Camino del juicio oral

El juez sentencia al fiscal general y dice que se "extralimitó" y cometió un delito

Asegura que la nota de prensa que emitió la Fiscalía sobre el intento de pacto del novio de Ayuso contenía información "presumiblemente delictiva" y se cerró los ojos a ello

Foto: El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, en su última comparecencia en el Senado. (Europa Press/Fernando Sánchez)
El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, en su última comparecencia en el Senado. (Europa Press/Fernando Sánchez)
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El juez Ángel Hurtado dictó este miércoles un auto que más que un auto parece una sentencia. El magistrado encargado de la instrucción por revelación de secretos contra Álvaro García Ortiz fue desgranando, uno a uno, todos los argumentos de la defensa del fiscal general para acabar concluyendo que los indicios de delito pesan más. No solo habla de la filtración del contenido de los correos de la defensa de Alberto González Amador. Asegura también que el jefe de la Fiscalía se extralimitó al impulsar la nota de prensa. "Lo no tolerable son las extralimitaciones, de manera que, si la información que se da reviste carácter aparentemente delictivo, no puede servir de excusa", asegura en un punto de su escrito.

El auto no se limita a rechazar los recursos presentados por el fiscal general y la segunda imputada, la fiscal provincial Pilar Rodríguez, contra su imputación. Habla de "filtración subrepticia", le acusa de pretender "desviar la atención", de realizar "maniobras para confundir", califica el daño a la intimidad del novio de Ayuso como "un perturbador efecto para su privacidad" y, en resumen, expone toda una tesis que, además de provocar que el caso acabe en juicio, apunta a una firme convicción sobre su culpabilidad.

Para empezar, describe una sucesión delictiva en dos tiempos. "En unidad de acto se suceden dos secuencias, una, como es la filtración y revelación del correo y el anuncio de la publicación de la nota, y otra, que se convierte en una realidad a la mañana del día siguiente, la propia publicación de la nota, que, al parecer, pudo irse redactando en paralelo", indica el auto.

"Con todos los matices que se quiera, si es que se quiere, se podría admitir que para desmentir lo que se considera un bulo se responda con una información, pero lo que no es tolerable es que, si esa información contiene visos presumiblemente delictivos, se cierren los ojos a ello y, abierta causa penal, se pretenda cerrar obviando su investigación y negar su apariencia delictiva", lanza.

Foto: El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, durante su comparecencia en la Comisión de Justicia del Senado. (Fernando Sánchez / Europa Press)

No importa, dice el juez, que el email lo tuvieran una, dos o 50 personas. La tesis de que pudo ser cualquiera no es asumible, dice. Critica la hipótesis "de acudir a la mera posibilidad abstracta, de que un indeterminado número de personas, que ninguna relación guardan con los hechos, pudieran ser autores de la ilícita filtración que se investiga" e incluso lo compara con un caso de homicidio en el que se pretenda que, en lugar de investigar al sospechoso contra el que existen indicios, se investigue a un indeterminado número de personas que pasaran por el lugar de los hechos.

"Cerró el círculo"

Tampoco cree el magistrado que las versiones de distintos periodistas sirvan de descargo ni que la filtración del jefe de gabinete de la presidenta de Madrid a un grupo de periodistas le exonere. Respecto a los primeros, el juez asegura que no se entiende si tenían el correo con anticipación retrasaran su publicación. En cuanto al acto mismo de la filtración -que considera plenamente acreditada- insiste en que lo logró (y "cerró el círculo") solo cinco minutos después de disponer del correo sensible, aquel en el que el abogado de González Amador aseguraba que "ciertamente" había cometido dos delitos fiscales.

Foto: El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, durante su comparecencia en el Senado. (Fernando Sánchez/Europa Press)

Respecto a Miguel Ángel Rodríguez, no considera comparable su actuación con la del fiscal general. El primero no tenía deber de reserva y el segundo si. Es clave, además, el consentimiento del afectado con el que contaba MAR y el fiscal general, no. "Una cosa era la divulgación consentida del correo de 12 de marzo de 2024, que no supone quiebra alguna sobre la confidencialidad que caracteriza el delito de revelación de secretos y otra completamente distinta la filtración del contenido de los datos personales de un ciudadano, que no lo autoriza, y su posterior continuación en la nota de prensa", remata.

Para acabar de complicar el escenario de García Ortiz, la UCO acaba de aportar un nuevo informe que abunda en la premeditación del borrado a las comunicaciones del fiscal general. La Guardia Civil comunica al juez que, en las últimas diligencias practicadas, han confirmado que García Ortiz no devolvió ninguno de los teléfonos antiguos cuando los cambió por nuevos y que, además, reseteó de forma personal uno de ellos. La pista de aterrizaje para que el fiscal general acabe juzgado está ya preparada.

El juez Ángel Hurtado dictó este miércoles un auto que más que un auto parece una sentencia. El magistrado encargado de la instrucción por revelación de secretos contra Álvaro García Ortiz fue desgranando, uno a uno, todos los argumentos de la defensa del fiscal general para acabar concluyendo que los indicios de delito pesan más. No solo habla de la filtración del contenido de los correos de la defensa de Alberto González Amador. Asegura también que el jefe de la Fiscalía se extralimitó al impulsar la nota de prensa. "Lo no tolerable son las extralimitaciones, de manera que, si la información que se da reviste carácter aparentemente delictivo, no puede servir de excusa", asegura en un punto de su escrito.

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