El juez destaca la gravedad del delito del fiscal general a 48 horas de su declaración
No ve comparación posible entre la filtración de uno de los correos que admitió Miguel Ángel Rodríguez y la "quiebra de la confidencialidad" que atribuye a Álvaro García Ortiz
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El magistrado del Tribunal Supremo Ángel Luis Hurtado ha dictado este lunes un auto en el que deja claro que considera muy grave la filtración de los correos sobre el caso del novio de Isabel Díaz Ayuso que atribuye al fiscal general. El juez incide en su escrito "en la quiebra de la confidencialidad" que supuso la publicación del contenido de esos emails en los que la defensa del empresario Alberto González Amador se ofrecía a reconocer dos delitos y descarta de forma textual "minimizar la trascendencia" de la filtración.
El magistrado responde de este modo a la solicitud de la Abogacía del Estado de aplazar el interrogatorio previsto para este miércoles para que antes se practicaran otra serie de pruebas. Entra de lleno a valorar uno de los argumentos principales de la defensa de Álvaro García Ortiz que, desde un inicio, ha apuntado que la difusión de esos correos partió en origen del entorno de Ayuso y, en concreto, de Miguel Ángel Rodríguez. La teoría de la defensa es que ya existía una difusión del contenido secreto de las comunicaciones de forma previa y que, por ello, no puede existir un delito de revelación, dado que al menos parte de esos emails eran ya públicos.
Hurtado, sin embargo, no lo ve así. Se refiere al correo que difundió el jefe de gabinete de Ayuso en un chat de periodistas, fechado el 12 de marzo, como indicó en su declaración, y subraya que este se aireó "a partir de la autorización de la persona a quien concierne el secreto". El juez destaca que eso no es comparable con la difusión del correo que atribuye al fiscal general "un tercero ajeno a la confidencia, quien, más que divulgarlo, lo filtra subrepticiamente a la prensa".
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La filtración que investiga no es esa, sino la que se produjo respecto a otro correo, el del 2 de febrero, que -dice- se filtró "sin autorización alguna del titular del secreto". "Parece razonable deducir que ha sido tras la filtración de ese correo de 2 de febrero, con el reconocimiento expreso que en él se hace de que se han cometido dos delitos contra la Hacienda Pública, cuando aparece en determinados medios y ámbitos que a Alberto González Amador se le considera un defraudador confeso", dice el juez. Agrega que el empresario no lo es y subraya que la publicación de la propuesta de conformidad le ha provocado un grave daño reputacional.
El juez realiza estas valoraciones en respuesta a la petición de que se requiriera la intervención del dispositivo de Miguel Ángel Rodríguez. La defensa la fundamentaba, según indica el auto, en "las múltiples evidencias testificales que contradicen las constantes afirmaciones de Rodríguez respecto a que él no facilitó a los periodistas el correo de 12 de marzo hasta las 22.21 horas del día 13 de marzo, una vez ya estaba publicada la noticia de El Mundo a las 21,29", y en que "varios testigos han afirmado que Rodríguez, mucho antes, ya estaba trasladando esta información a los medios de comunicación, pues disponía de ella, al menos, desde las 9.09 horas del día 12 de marzo".
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El instructor expone, además, que el jefe de gabinete de Ayuso manifestó que no conocía el correo "litigioso", que es el del 2 de febrero, que el abogado de Alberto González Amador envió al fiscal Julián Salto, y en el que comunica que "es voluntad firme de esta parte alcanzar una conformidad penal", reconociendo íntegramente los hechos ("ciertamente se han cometido dos delitos contra la Hacienda Pública", decía la comunicación), así como proceder a resarcir el daño causado pagando íntegramente la cuota e intereses de demora a la AEAT", hasta después de que lo hiciera público la cadena Ser.
No acepta las diligencias
De este modo, el instructor rechaza la práctica de las diligencias que el investigado proponía realizar antes de su comparecencia. También desestima la petición de la fiscal provincial de Madrid, María Pilar Rodríguez, para que se pospusiera su declaración, fijada para este jueves.
Las diligencias que el instructor rechaza era, en concreto, citar a declarar al querellante en la causa, Alberto González Amador, y a varios periodistas, así como la intervención ya mencionada del dispositivo de Miguel Ángel Rodríguez. La única diligencia que acepta es la incorporación a la causa de varios documentos, como pedían las defensas, consistentes en varias instrucciones y guías de actuaciones del Ministerio Fiscal, así como dos noticias publicadas en el diario El País este mes.
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En relación con la toma de declaración de González Amador, el juez se muestra sorprendido. Dice que la práctica habitual viene enseñando que lo normal "es que el testimonio de quien comparece en el proceso como acusación más que favorecer venga a resultar perjudicial para el acusado". En todo caso, añade que la idea de la posición del empresario, personado como acusación particular, figura en su propia querella y "la actividad de su representación a lo largo de lo actuado". "Una diligencia como su toma de declaración previa, que suponga una dilación para la declaración de los investigados, la considero innecesaria", destaca.
El magistrado del Tribunal Supremo Ángel Luis Hurtado ha dictado este lunes un auto en el que deja claro que considera muy grave la filtración de los correos sobre el caso del novio de Isabel Díaz Ayuso que atribuye al fiscal general. El juez incide en su escrito "en la quiebra de la confidencialidad" que supuso la publicación del contenido de esos emails en los que la defensa del empresario Alberto González Amador se ofrecía a reconocer dos delitos y descarta de forma textual "minimizar la trascendencia" de la filtración.