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Los conservadores del TC acusan a los progresistas de "trato privilegiado" al fiscal general
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Los conservadores del TC acusan a los progresistas de "trato privilegiado" al fiscal general

La minoría asegura que ha habido "errores procedimentales" en la tramitación de la recusación del magistrado José María Macías por parte del Ministerio Público

Foto: El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido y la vicepresidenta, Inmaculada Montalbán (EFE/Borja Sánchez-Trillo)
El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido y la vicepresidenta, Inmaculada Montalbán (EFE/Borja Sánchez-Trillo)
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El sector minoritario del Tribunal Constitucional ha descargado su malestar por la decisión de la mayoría progresista de apartar al magistrado José María Macías del conocimiento de la cuestión de inconstitucionalidad del Supremo contra la amnistía, en un duro voto particular en el que acusan a sus compañeros de incurrir en "irregularidades procedimentales" en la estimación de la recusación que formuló el fiscal general. El escrito, al que ha tenido acceso El Confidencial, asegura que la reclamación del fiscal se realizó de forma "extemporánea" y que, para tramitarla, el TC dio un "trato privilegiado al fiscal general".

El voto que firman los cuatro magistrados del bloque conservador (Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y César Tolosa) asegura que el traslado al fiscal general fue "indebido e injustificado" ya que no tuvo sentido que se efectúe para facilitar que presente nuevas alegaciones en este caso. "Tal interpretación es contraria a la lógica procesal, pues supone permitir a una parte alegar sobre lo ya alegado". Agrega que se le permitió, "reconstruir" el plazo de ejercicio de la recusación para que lo presentara fuera de tiempo.

El escrito explica que, inicialmente, el fiscal general del Estado situó erróneamente como fecha de inicio del plazo la toma de posesión de Macías, el 6 de septiembre de 2024. Posteriormente, ante las alegaciones efectuadas por el magistrado recusado, aprovechó que se le había dado nuevo traslado "para replicar y rectificar", estableciéndolo en la fecha de notificación de la providencia de incoación del procedimiento.

"El trato privilegiado dado al fiscal para que pudiera replicar las alegaciones del recusado, sin dar la posibilidad de súplica, ha mermado las garantías constitucionalmente determinadas que este tiene en el expediente de recusación. Abunda en la indefensión producida que el Tribunal Constitucional no se ha pronunciado sobre la posibilidad de que un recusado pueda interponer recurso de súplica frente al auto que, cercenando su derecho fundamental, le aparta definitivamente del conocimiento de un asunto", dice el voto.

Foto: El presidente del Tribunal Constitucional de España, Cándido Conde-Pumpido (Alberto Ortega / Europa Press)

En el auto en el que la mayoría acepta la recusación se argumenta que el TC "ha considerado en diversas ocasiones que la publicación en el Boletín Oficial del Estado del nombramiento de un magistrado o magistrada que se incorpora ex novo al Tribunal, seguida de la toma de posesión, marca la fecha inicial para el cómputo del plazo legalmente establecido para poder recusarle".

El Pleno del TC atendió por seis a cuatro la petición de la Fiscalía y acordó apartar a Macías de las deliberaciones sobre la cuestión de inconstitucionalidad por su "participación directa o indirecta" en dos informes del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) sobre la norma impugnada cuando era vocal. La mayoría del Pleno concluyó que Macías, como vocal de CGPJ, pudo "tener conocimiento del objeto del litigio y formar criterio en detrimento de la debida imparcialidad", cuestiones que son causa de recusación en la Ley Orgánica del Poder Judicial.

"Proximidad temporal"

La mayoría defiende en su auto que existe "cuerpo doctrinal" suficiente para determinar su salida de las deliberaciones sobre la inconstitucionalidad de la ley dado que los informes entraban a valorar la dudosa inconstitucionalidad de la ley. Además, señala que no se puede obviar la "proximidad temporal" de esos informes. Consideran que existió así, una "previa formación y emisión de un criterio jurídico equiparable a una toma de posición".

Foto: El magistrado José María Macías. (Fernando Sánchez/Europa Press)

La Fiscalía pidió apartar a Macías al considerar que cuando era vocal del CGPJ se pronunció hasta dos veces en textos con "valor institucional" sobre la ley de amnistía, lo que le contaminaría para participar ahora en las deliberaciones del TC sobre la norma jurídica. En concreto, el Ministerio Público hacía referencia al acuerdo de Pleno de 6 de noviembre de 2023, por el que se aprobó la declaración institucional del CGPJ ante el anuncio, por el presidente del Gobierno, de que se había alcanzado un pacto político para la presentación de una proposición de Ley Orgánica de Amnistía; y al acuerdo de Pleno de 21 de marzo de 2024, por el que se aprobó el informe del CGPJ sobre la Proposición de Ley Orgánica de Amnistía para la normalización institucional, política y social en Catalunya, emitido a petición de la Mesa del Senado.

El sector minoritario del Tribunal Constitucional ha descargado su malestar por la decisión de la mayoría progresista de apartar al magistrado José María Macías del conocimiento de la cuestión de inconstitucionalidad del Supremo contra la amnistía, en un duro voto particular en el que acusan a sus compañeros de incurrir en "irregularidades procedimentales" en la estimación de la recusación que formuló el fiscal general. El escrito, al que ha tenido acceso El Confidencial, asegura que la reclamación del fiscal se realizó de forma "extemporánea" y que, para tramitarla, el TC dio un "trato privilegiado al fiscal general".

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