"El Rey tiene derecho al silencio" (así se redactan los discursos de Felipe VI)
Solo son válidos los discursos que pronuncia el Rey y no los que se envían embargados por su Casa para facilitar la labor informativa, un uso que puede provocar malentendidos como ha ocurrido con el de la Pascua Militar
El pasado lunes, día de la Pascua Militar, el departamento de comunicación de la Casa del Rey se demoró en la remisión del discurso de Felipe VI en el Palacio Real. Los periodistas que cubren las actividades públicas de la familia real lo recibieron cuando la ceremonia estaba a punto de comenzar. Entró en las bandejas de los emails en formato PDF con la advertencia habitual: "Embargo hasta el final del discurso, solo es válido el discurso pronunciado". Salvo en muy contadas e irrelevantes excepciones, el texto que remite la Zarzuela es exactamente el que pronuncia el monarca, pero, para evitar malentendidos, el discurso no puede hacerse público hasta que no haya sido pronunciado por el Rey. Esta práctica es propia de la política de transparencia de la Zarzuela, infrecuente en otras instituciones, cuyo departamento de comunicación trata de facilitar así la labor de los medios y de los periodistas en la cobertura de los actos públicos de Felipe VI y de la Reina.
El texto definitivo de las intervenciones del jefe del Estado es el resultado de un proceso de meticulosa elaboración. En función de la naturaleza del acto en el que Felipe VI interviene, su Casa solicita borradores a los ministerios, recaba asesoramiento de instancias institucionales (por ejemplo, las Reales Academias, el Real Instituto Elcano) y con todo ello, los servicios de su Casa, bajo la dirección de su Jefe, Camilo Villarino, y con la participación de los profesionales que desempeñan en ella su función (la nueva secretaria general, Mercedes Araújo, es letrada en Cortes) y, eventualmente, de asesores externos y anónimos, se eleva al Rey una redacción definitiva que Felipe VI revisa y sobre la que toma la decisión última.
La Casa, después, y con antelación suficiente, envía el documento a la presidencia del Gobierno, de modo que ninguno de sus discursos es pronunciado sin que previamente los conozca la Moncloa. Se trata de un uso constitucional propio de todas las monarquías parlamentarias que es coherente con la necesidad de que esos textos reciban el refrendo, por lo general implícito, del Ejecutivo.
El lunes pasado se 'coló' por error un borrador del discurso de Felipe VI en la Pascua Militar que no se correspondía con la redacción definitiva. De ese primer documento se suprimió el siguiente párrafo: "En el calendario de 2025 tenemos también muchas fechas señaladas: en primer lugar, se cumplen cincuenta años de los hechos que dieron paso al proceso de transformación de nuestras Fuerzas Armadas, ya desde los albores de nuestra democracia; un proceso de transformación que empezó tras el fin de la dictadura —una página oscura de nuestra historia común y un tiempo de división de los españoles, hoy felizmente superado— y tras la llegada al trono de mi Padre, el Rey don Juan Carlos. Una metamorfosis que fue vital para el afianzamiento de la democracia en España y en el que la Corona desempeñó un papel esencial".
Ayer, eldiario.es publicó que las palabras anteriores no fueron pronunciadas por el Rey y recogió las explicaciones al respecto de su Casa. El Confidencial ha podido confirmar que la redacción inicial se realizó sobre una serie de ideas y reflexiones, considerando que, por razones de oportunidad, el párrafo no debía incorporarse a la intervención definitiva de Felipe VI. De tal modo que la versión oficial, la única válida, es la que leyó el jefe del Estado y que está alojada en la web de la Casa en la pestaña con el epígrafe 'discursos'. Constan en ese apartado 4.622 intervenciones del monarca y de la familia real. Ciertamente, son significativos tanto el error en colgar una versión inicial que no se correspondió con la definitiva como la intencionalidad con la que se ha interpretado que Felipe VI eludiese la referencia a la dictadura de Franco y la alusión a su propio padre, Juan Carlos I.
La facultad de omitir aspectos
Consultados varios constitucionalistas, expertos en el funcionamiento de las monarquías constitucionales y parlamentarias, coinciden en que el Rey "tiene derecho al silencio", es decir "a que nadie, ni el Gobierno, pueda forzarle a que diga algo que él no considere procedente" y, por lo tanto, "está dentro de sus facultades omitir aspectos, que como en este caso, no eran sustanciales en su disertación y que, a solo cuarenta y ocho horas del primer acto del ciclo 50 años de España en libertad, podrían provocar más polémica".
Varios constitucionalistas coinciden: "Nadie, ni el Gobierno, pueda forzar al Rey a que diga algo que él no considere procedente"
Estas mismas fuentes aseguran, sin embargo, que el Rey "puede callar" pero no dejar de "cumplir con su obligación". Ponen un ejemplo: Felipe VI, sin duda alguna, debía, y lo hizo, sancionar y promulgar la ley de amnistía, pero "nadie puede obligarle a elogiar política o jurídicamente la medida de gracia". Por otra parte, añaden, "el jefe del Estado ejerce su facultad de callar que siempre es más correcta que la de hacer añadidos no escritos en sus intervenciones". Aunque, como es de rigor, los textos de sus discursos son previamente conocidos por el Gobierno y, a su vez, la Casa recibe los que se pronuncian por autoridades ante el Rey, como en el caso de la intervención de la ministra de Defensa, Margarita Robles, en la ceremonia de la Pascua Militar.
En estas coordenadas, el Rey dispone de lo que Javier Tajadura, catedrático de Derecho Constitucional, ha denominado 'derecho al mensaje' en circunstancias excepcionales, como ocurrió el 23 de febrero de 1981 y el 3 de octubre de 2017, de modo que se erige, en estimación del también constitucionalista, Eloy Garcia, en un monarca "no gubernamentalizado". Precisamente, para mantener el propósito integrador de la Corona y lograr que el Rey se exprese siempre supra partes, los constitucionalistas abogan por la presunción de "la buena fe" para analizar el ejercicio de las competencias constitucionales que los artículos 56 y 62 de la Constitución le atribuyen.
El pasado lunes, día de la Pascua Militar, el departamento de comunicación de la Casa del Rey se demoró en la remisión del discurso de Felipe VI en el Palacio Real. Los periodistas que cubren las actividades públicas de la familia real lo recibieron cuando la ceremonia estaba a punto de comenzar. Entró en las bandejas de los emails en formato PDF con la advertencia habitual: "Embargo hasta el final del discurso, solo es válido el discurso pronunciado". Salvo en muy contadas e irrelevantes excepciones, el texto que remite la Zarzuela es exactamente el que pronuncia el monarca, pero, para evitar malentendidos, el discurso no puede hacerse público hasta que no haya sido pronunciado por el Rey. Esta práctica es propia de la política de transparencia de la Zarzuela, infrecuente en otras instituciones, cuyo departamento de comunicación trata de facilitar así la labor de los medios y de los periodistas en la cobertura de los actos públicos de Felipe VI y de la Reina.