De los recortes de prensa a la mordaza a los jueces: las claves de la ley
En una de sus disposiciones, el texto especifica que las modificaciones "serán de aplicación a los procesos en curso en el momento de la entrada en vigor"
La Proposición de Ley Orgánica de Garantía y Protección de los Derechos Fundamentales para frenar el "acoso" de los tribunales impulsada por el Grupo Socialista del Congreso incluye distintas medidas que limitarían las investigaciones en curso contra el entorno de Pedro Sánchez, desde el caso Begoña Gómez hasta la causa que se sigue contra el fiscal general del Estado por revelación de secretos. En una de sus disposiciones, el texto especifica además que las modificaciones que realizará en la Ley de Enjuiciamiento Criminal y en la Ley Orgánica del Poder Judicial "serán de aplicación a los procesos en curso en el momento de la entrada en vigor".
La iniciativa incluye restricciones a la acción de la acusación popular, indica a los jueces cómo proceder ante la presentación de denuncias —con una referencia expresa a aquellas que se basen en informaciones periodísticas— e incluye como causa de recusación las declaraciones que efectúen los magistrados. El grupo socialista lo ha registrado como Proposición de Ley y con ello evita los informes preceptivos previos del Consejo General del Poder Judicial o del Consejo de Estado. Estas son las principales claves de la propuesta de norma:
- Límites a la acusación de partidos políticos y asociaciones de jueces y fiscales: la norma incluye restricciones de distinto tipo respecto a la acusación popular e impide que la ejerzan "los partidos políticos y asociaciones o fundaciones vinculadas con ellos". El propio PSOE acaba de personarse como acusación en el caso Koldo alegando que es de "interés nacional", pero esto no impide que el Gobierno busque ahora cerrar la puerta a esa posibilidad. "Quienes pretendan ejercitar la acción popular deberán actuar en virtud de un vínculo concreto, relevante y suficiente con el interés público tutelado en el proceso penal correspondiente", añade en su propuesta.
La proposición de ley también modifica la Ley de Enjuiciamiento Criminal para impedir que "los miembros de las carreras judicial o fiscal y las asociaciones profesionales de jueces y fiscales" puedan personarse como acusación popular. Este cambio cerraría el paso a que la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF) pueda seguir personada en la causa que se sigue contra el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz. De hecho, la propuesta limita además los delitos ante los que acabe ejercer la acción popular y deja al margen el de revelación de secretos, que es precisamente el que se aborda en la investigación que se sigue contra el fiscal general.
- Límites a la acción popular durante la instrucción: El proyecto de norma saca también a todas las acusaciones populares de la fase de instrucción. Precisa que el acusador popular no tendrá acceso al procedimiento judicial ni se le permitirá desarrollar actuación alguna durante esa fase. Reduce, con ello, la acción de estas acusaciones a la presentación de la querella inicial y a la fase de juicio oral, autorizándoles a su vez recurrir el posible sobreseimiento.
- Impide a los jueces instruir sobre denuncias basadas en "recortes de prensa": otra de las partes más relevantes de la proposición se refiere a la acción penal por denuncias con base en informaciones periodísticas. Las críticas por investigaciones judiciales impulsadas a partir de "recortes de prensa" ha sido constante desde el Gobierno a raíz, principalmente, del caso Begoña Gómez.
En concreto, la proposición de ley precisa que los jueces tendrán que inadmitir la denuncia "cuando se base en meras hipótesis sin un mínimo fundamento de credibilidad, o en informaciones periodísticas o contenidas en cualquier medio o canal de comunicación o difusión sin otros datos o elementos fácticos que sirvan para acreditar indiciariamente los hechos denunciados". La redacción implica una irrupción del legislativo en la valoración de la prueba de los magistrados y, según ha tratado de defender Patxi López, se introduce con base en la interpretación del PSOE de la "doctrina del Supremo" al respecto.
- Los jueces que opinen podrán ser recusados: en el caso concreto de los jueces, la proposición añade un nuevo requisito que les obligaría apartarse de una investigación: "Haber manifestado públicamente, invocando su condición de juez o magistrado, o sirviéndose de esta condición, la censura, el acuerdo o desacuerdo con actuaciones desarrolladas por autoridades o funcionarios públicos, partidos políticos, sindicatos, asociaciones u otras entidades, públicas o privadas, que sean parte en el procedimiento o dirigirse a ellos con la misma finalidad de forma privada o participar en actos o concentraciones con idéntico objeto, comprometiendo su independencia o imagen de imparcialidad".
La defensa de Carles Puigdemont y de otros líderes del procés ya siguieron sin éxito un razonamiento similar al tratar de apartar a magistrados como Pablo Llarena de la aplicación de la amnistía. El alto tribunal advirtió entonces de que "bastaría con emitir mensajes u opiniones falaces sobre, por ejemplo, la persona o ideología de un magistrado para solicitar su recusación de manera inmediata", pero el cambio que propone el Gobierno les permitirá ahora volver a la carga.
- Elimina el delito contra los sentimientos religiosos: La proposición deroga además el artículo 525 del Código Penal, que establece que "incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican".
La Proposición de Ley Orgánica de Garantía y Protección de los Derechos Fundamentales para frenar el "acoso" de los tribunales impulsada por el Grupo Socialista del Congreso incluye distintas medidas que limitarían las investigaciones en curso contra el entorno de Pedro Sánchez, desde el caso Begoña Gómez hasta la causa que se sigue contra el fiscal general del Estado por revelación de secretos. En una de sus disposiciones, el texto especifica además que las modificaciones que realizará en la Ley de Enjuiciamiento Criminal y en la Ley Orgánica del Poder Judicial "serán de aplicación a los procesos en curso en el momento de la entrada en vigor".
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