Hacienda da la puntilla al Hombre de Negro: 250.000 € a pagar por 'el fraude del artista'
El Tribunal Superior de Madrid da la razón a la Agencia Tributaria y concluye que utilizó una sociedad para "eludir los tipos impositivos progresivos y más elevados del IRPF"
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Pablo Ibáñez Pérez, el Hombre de Negro de El Hormiguero, no ha podido vencer a Hacienda. Como avanzó El Confidencial, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) concluyó hace casi un año que había tributado de forma irregular los 696.750 euros que cobró entre 2011 y 2014 por su participación en el programa que dirige Pablo Motos. Aquella sentencia se centraba en una inspección que la Agencia Tributaria llevó a cabo contra su empresa, pero, en una nueva resolución a la que ha tenido acceso este diario, los magistrados van un paso más allá y también avalan los 256.409 euros que le reclamaban por el IRPF de ese mismo periodo.
Las inspecciones de Hacienda se basaban en que Ibáñez utilizó una sociedad llamada Burlesque Noir para tributar la mayor parte de sus ganancias a través del Impuesto de Sociedades y no del IRPF, a lo que se sumó un intento de deducirse determinados gastos personales a través de la empresa. "La culpabilidad de la parte reclamante en la comisión de la infracción se deduce de que utilizó una sociedad de la que es administrador y socio único, que no añade ningún valor a la actividad realizada por la parte reclamante y que solo se utiliza para eludir los tipos impositivos progresivos y más elevados del IRPF", explican los magistrados.
Hacienda solo ha tolerado esta clase de operaciones cuando los artistas después reciben un sueldo a precio de mercado por parte de su sociedad. Ibáñez trató de agarrarse a esa excepción y alegó que la Agencia Tributaria estaba vulnerando la "libre competencia", pero la sentencia rechaza ese argumento: "Habiendo incumplido la norma que le obligaba a valorar las operaciones por su valor normal de mercado, concurre culpa en la actuación de la parte reclamante, sin que pueda apreciarse interpretación razonable de la norma en su actuación, ni exista una laguna legal, ni concurran los caracteres necesarios para ser considerada como error invencible".
Multitud de asesores fiscales recomendaron durante años operaciones como la de Ibáñez. De hecho, es similar a la que llevaron a cabo otros artistas como Fernando Tejero o Paz Padilla, quienes también se han enfrentado a inspecciones de Hacienda por el mismo motivo: por un lado, la Agencia Tributaria dirige una contra ellos por el IRPF y, por otro, activa otra contra su empresa. Esta última tiende a concluir con que el Estado debe devolver a la sociedad parte del dinero porque ha tributado demasiado a través del IS, pero, en el fondo, eso solo implica que el artista va a tener que realizar un pago aún mayor por su IRPF.
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En el caso de Ibáñez, los magistrados no dudan en hacerse eco de la sentencia previa con la que ya avalaron la inspección contra su sociedad. Según advertían en aquella resolución, su empresa tenía como principales clientes a otras sociedades que administraba Pablo Motos y les facturó "por los servicios personalísimos de su socio como periodista colaborador, identificado como el Hombre de Negro, en la sección de arte del programa de televisión de Antena 3 El Hormiguero". En concreto, 111.100 euros en 2011, 152.700 en 2012, 202.000 en 2013 y 230.950 en 2014.
Burlesque Noir después pagaba a Ibáñez por sus "rendimientos de trabajo" y esa era la única cantidad que quedaba sujeta al IRPF: 137.504 de los 696.750 euros. "Se ha producido un remansamiento de rentas, en expresión de la inspección, ya que el tipo impositivo aplicable en el impuesto de sociedades en sede de la sociedad es inferior al tipo impositivo marginal en el IRPF", señalaron los magistrados en su anterior sentencia. "Este señor ha prestado servicios personalísimos a la sociedad que originaron la casi totalidad de los ingresos de esta última y esta no le ha retribuido por su valor de mercado".
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La inspección de Hacienda tumbaba además toda una serie de gastos "no relacionados con la actividad social e incluso de carácter privado" que el Hombre de Negro trató de deducirse a través de esta sociedad. El TSJM abordó esta última cuestión en otra sentencia anterior del 30 de noviembre: "Se trata de gastos del socio y administrador de índole particular derivados de compras en Hugo Boss, Benelux, Giorgio Armani, Leroy Merlín, El Corte Inglés, Maisons du Monde, Lámparas Oliva, Zardoya Otis, La Vaca Verónica y Hotel Bahía".
Al pronunciarse ahora sobre el IRPF, los magistrados vuelven a repasar una serie de facturas que Ibáñez trató de deducirse, pero la conclusión es la misma: "En cuanto a los gastos que son objeto de regularización que se impugnan (gastos correspondientes a compras efectuadas en plataformas televisivas, renting de los vehículos necesarios para la obtención de los ingresos, las facturas de locomoción, los gastos de viaje y los gastos financieros), no se consideran deducibles dado que no se prueba por el reclamante la correlación de los gastos con los ingresos".
Pablo Ibáñez Pérez, el Hombre de Negro de El Hormiguero, no ha podido vencer a Hacienda. Como avanzó El Confidencial, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) concluyó hace casi un año que había tributado de forma irregular los 696.750 euros que cobró entre 2011 y 2014 por su participación en el programa que dirige Pablo Motos. Aquella sentencia se centraba en una inspección que la Agencia Tributaria llevó a cabo contra su empresa, pero, en una nueva resolución a la que ha tenido acceso este diario, los magistrados van un paso más allá y también avalan los 256.409 euros que le reclamaban por el IRPF de ese mismo periodo.