Carrasco pierde contra Hacienda: el contrato del Atlético con su agente fue una "simulación"
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid avala la inspección de la Agencia Tributaria y sentencia que los pagos del club a su representante en realidad eran para el futbolista
107.648,76 euros por el Impuesto sobre la Renta de los No Residentes (IRNR) y otros 72.000 por una sanción. Esa es la factura que el futbolista Yannick Carrasco tendrá que pagar a Hacienda después de que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid haya rechazado su último recurso. La sentencia, a la que ha tenido acceso El Confidencial, avala la reclamación que la Agencia Tributaria le impuso por el ejercicio de 2015 y concluye que existió una "simulación en el contrato realizado entre el Atlético de Madrid y su agente".
El caso es similar al de otros futbolistas que también se han enfrentado a inspecciones por los pagos de los clubes a sus representantes. Hacienda considera que los agentes solo trabajan para los jugadores y que esos pagos no dejan de ser una forma de incrementar el salario de los propios futbolistas. La Agencia Tributaria se agarra a este razonamiento para perseguir dos supuestas irregularidades: por un lado, el club no puede deducirse el IVA de las facturas con esos intermediarios, y, por otro, el jugador debe pagar el IRPF o el IRNR por ese supuesto incremento salarial encubierto.
Para intentar justificar esos pagos, algunos clubes firman contratos con los representantes al margen de los futbolistas, pero la sentencia del TSJM advierte de que son una simple simulación: "Es fundamental analizar en cada supuesto quién ha sido verdaderamente el destinatario del servicio prestado por el agente, siendo extremadamente difícil, a juicio de este tribunal, que en supuestos de contratación, renovación o modificaciones de contrato no existan conflictos de intereses entre el club contratante y el jugador, puesto que, de facto, los intereses son opuestos".
En el caso de Carrasco, los magistrados se centran en la relación a tres bandas entre el futbolista, su agente Christophe Henrotay y el Atlético de Madrid. La sentencia destaca que el club y el representante firmaron un contrato en 2015, pero solo cuatro días antes de que el Atlético cerrara el fichaje de Carrasco. "Esto solo tiene sentido con una relación previa y privilegiada de confianza, siendo consciente el Atlético de Madrid que contrataba al agente del jugador", señala el tribunal.
Aunque Carrasco alegó que el agente sí representaba al Atlético, los magistrados consideran que ese razonamiento carece de lógica: "No resulta verosímil que el jugador contratara con el Atlético de Madrid su traspaso sin agente o representante, y que el que es conocido por todos los medios como su agente, Sr. Henrotay, defendiese los intereses del club en esta negociación".
La sentencia repasa para ello diversos artículos de prensa en los que este agente "habla en nombre del jugador", lo que les lleva a concluir que en todo momento fue el encargado de cuidar "sus intereses deportivos y económicos" a su llegada a España: "Christophe Henrotay era agente del jugador cuando el mismo se traspasó desde el Mónaco al Atlético de Madrid, cuando renovó con este mismo club, cuando se materializó el traspaso del jugador del Atlético de Madrid al fútbol chino, y en esta última etapa del jugador en dicho club", sostienen los magistrados.
"Finalidad de ocultación y defraudatoria"
Tras dar por probada la "finalidad de ocultación y defraudatoria", Hacienda impuso a Carrasco una sanción de 72.000 euros. Su defensa trató de anularla apuntando a "la ausencia de culpabilidad y falta de motivación", pero, a lo largo de las 21 páginas que ocupa la sentencia, los magistrados también echan por tierra ese argumento. "La resolución sancionadora está debidamente motivada, pues se justifica de manera específica el contenido y circunstancias de la conducta del obligado tributario de los que infiere la existencia de la culpabilidad, a título de dolo".
El tribunal basa esta conclusión en que Carrasco "era conocedor" de que "el pago realizado en 2015 por el club al agente lo fue en su nombre", pues él mismo buscó beneficiarse de "no presentar la preceptiva declaración del IRNR" para ocultar "rentas inmobiliarias imputadas por la propiedad de unos inmuebles en Marbella" y los "ingresos correspondientes a los pagos efectuados a su agente". Según concluye el TSJM, esos hechos que recoge Hacienda no son "expresiones o consideraciones genéricas o estereotipadas", sino conductas "ajustadas al caso concreto y que valoran las circunstancias específicas de la infracción".
107.648,76 euros por el Impuesto sobre la Renta de los No Residentes (IRNR) y otros 72.000 por una sanción. Esa es la factura que el futbolista Yannick Carrasco tendrá que pagar a Hacienda después de que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid haya rechazado su último recurso. La sentencia, a la que ha tenido acceso El Confidencial, avala la reclamación que la Agencia Tributaria le impuso por el ejercicio de 2015 y concluye que existió una "simulación en el contrato realizado entre el Atlético de Madrid y su agente".
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