El TC reprochó al Gobierno maniobras como la que perpetúa en su puesto al jefe de Policía
La maniobra del Gobierno para evitar el revelo de un cargo de máxima confianza del ministro Fernando Grande-Marlaska roza, en opinión de distintos juristas consultados, la inconstitucionalidad
Un decreto ley con medidas de extraordinaria urgencia para atender las necesidades más acuciantes provocadas por el desastre de la DANA y, en él, una disposición adicional sin relación directa con las inundaciones y sus efectos, destinada a perpetuar en su cargo al Director Adjunto Operativo de la Policía Nacional, a las puertas de la edad máxima para la jubilación. La maniobra del Gobierno para evitar el revelo de un cargo de máxima confianza del ministro Fernando Grande-Marlaska roza, en opinión de distintos juristas consultados, la inconstitucionalidad, a la vista de decisiones anteriores adoptadas por el TC.
No es la primera vez que el tribunal de garantías se topa con un caso comparable. En marzo de 2020, en plena crisis provocada por la pandemia, el Gobierno utilizó el decreto ley de medidas urgentes para paliar el impacto económico y social del covid-19 para blindar la presencia del entonces vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias, en la Comisión Delegada para Asuntos de Inteligencia, el organismo desde el que se controla el Centro Nacional de Inteligencia (CNI).
Como hiciera entonces, el Gobierno justifica el cambio normativo por la vía del decreto, que elude el control de las Cortes, en la "extraordinaria y urgente" necesidad de tomar esa medida en las circunstancias actuales, que justifican que no pueda llevarse a cabo por el procedimiento ordinario de tramitación parlamentaria. En 2021, la tesis no sirvió. Un TC con distinta mayoría a la actual anuló la treta del Ejecutivo y avisó sobre el abuso de la figura legislativa.
La diferencia es que, ahora, al tratarse de un mando policial, Moncloa cuenta con un asidero con el que argumentar su decisión. Esgrime que la decisión de mantener en su cargo al DAO servirá para evitar una sustitución "disfuncional" en una situación tan grave como la actual. Las fuentes consultadas apuntan a que la pelea estará en la pericia en defender si esta medida tan singular, relativa a la edad de jubilación de una sola persona, se puede justificar por estas razones.
Todos los gobiernos han recurrido a esta figura legislativa de urgente necesidad, pero Sánchez supera a cualquiera de los anteriores. Desde que llegó al poder el 1 de junio de 2018, ha firmado cerca de 150. En este caso, además, la maniobra pone a las fuerzas parlamentarias en la disyuntiva de decidir si convalidan las disposiciones destinadas a los afectados por la DANA y avalan, con ello, también la permanencia del comisario principal José Ángel González. El máximo cargo uniformado de la institución alcanzará los 65 años el próximo 19 de diciembre, según precisan a este periódico fuentes policiales.
Detrás de la iniciativa hay una evidente planificación. La ley que modifica la disposición adicional es orgánica, de forma que, sin más examen que esa condición, no podría cambiarse a través de un decreto ley. Sin embargo, no todos los preceptos de las leyes orgánicas tienen esa naturaleza. En el caso preciso, el título I de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional, la norma que se ha modificado, tiene rango ordinario. Por ello, se puede alterar, eso sí, con los límites señalados para este instrumento normativo por el artículo 86 de la Constitución.
Rechazo de los sindicatos policiales
Sindicatos de la Policía Nacional han criticado lo que han calificado como una "jubilación prémium" del director adjunto operativo (DAO) al entender que el Ministerio del Interior ha "aprovechado" el segundo real decreto ley de ayudas por la DANA para sacarlo adelante de manera "indigna".
La Confederación Española de la Policía (CEP) lo ha tachado de "iniciativa censurable y rechazable", puesto que "ha recurrido a una herramienta normativa vinculada a paliar los efectos de un drama nacional por el que todavía siguen de luto los españoles".
Este sindicato cuestionado la justificación de este cambio legal al decir que se equipara con lo que ya ocurre en Guardia Civil desde 2014, puesto que CEP entiende que esto "constituye un ejercicio de provocación corporativa porque un error no puede justificarse con otro previo". "Las cúpulas operativas de ambos Cuerpos no pueden convertirse en una isla ajena al resto de policías y guardias civiles, para la que se diseñan condiciones profesionales diferentes, privilegiadas y exclusivas", ha añadido.
En la misma línea se ha expresado el sindicato JUPOL que califica de "indigno" que el Gobierno utilice el decreto de las ayudas para la DANA para prolongar la edad de jubilación del DAO: "Marlaska prefiere equiparar la jubilación del DAO a la de todos los policías nacionales".
Un decreto ley con medidas de extraordinaria urgencia para atender las necesidades más acuciantes provocadas por el desastre de la DANA y, en él, una disposición adicional sin relación directa con las inundaciones y sus efectos, destinada a perpetuar en su cargo al Director Adjunto Operativo de la Policía Nacional, a las puertas de la edad máxima para la jubilación. La maniobra del Gobierno para evitar el revelo de un cargo de máxima confianza del ministro Fernando Grande-Marlaska roza, en opinión de distintos juristas consultados, la inconstitucionalidad, a la vista de decisiones anteriores adoptadas por el TC.
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