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Llarena niega extralimitación del TS con la amnistía: "Lo dicen desde la ignorancia"
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Conferencia del instructor del 'procés'

Llarena niega extralimitación del TS con la amnistía: "Lo dicen desde la ignorancia"

"Decir que el Supremo se extralimita cuando decide si se aplica la ley de amnistía solo se puede decir desde la tosca formación jurídica", ha indicado frente a las críticas del Gobierno

Foto: El juez de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, Pablo Llarena. (EFE/Santi Otero)
El juez de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, Pablo Llarena. (EFE/Santi Otero)
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El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha iniciado este miércoles una ronda de conferencias que prevé impartir en distintas comunidades autónomas y en la que explicará la interpretación que tanto él mismo como instructor del procés como sus compañeros de la Sala de lo Penal adoptaron sobre la ley de amnistía. El alto tribunal consideró que la norma no puede aplicarse ni a Carles Puigdemont ni a Oriol Junqueras y el resto de políticos condenados por el 1-O y duda, además, de su constitucionalidad. Esta visión de la ley le ha valido duras críticas tanto a él como a otros magistrados del TS lanzadas desde la arena política. En la primera de las charlas ofrecidas, el magistrado se ha defendido y enviado una clara respuesta al Gobierno: el TS no ha sobrepasado ningún límite.

La iniciativa no supone tanto una defensa del criterio como un intento de hacer pedagogía. La primera de las sesiones se ha impartido en la Real Academia de Doctores de España con el título "El contenido normativo de la Ley Orgánica 1/2024, de Amnistía, para la Normalización Institucional, Política y Social en Cataluña". La tesis defendida se basa en explicar que, en contra de insinuaciones como las lanzadas -por ejemplo- por el ministro Óscar Puente, el Supremo no se extralimitó, sino que hizo la interpretación lógica de la redacción legal cuya redacción imprecisa abría la puerta a lecturas como la adoptada. "Decir que el Supremo se extralimita cuando decide si se aplica la ley de amnistía solo se puede decir desde la ignorancia o la tosca formación jurídica", ha asegurado.

Foto: Óscar Puente, ministro de Transportes, en el Congreso. (EFE / Borja Sánchez-Trillo)

El magistrado aprecia considerables agujeros en la norma. Ha indicado, por ejemplo, que la ley puede colisionar con el principio de exclusividad jurisdiccional y que para que la capacidad de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado se respete debería contar con una previsión constitucional que no se da en este caso. También ha puesto de manifiesto que la norma no acaba con la desafección de una parte de los catalanes con respecto a las instituciones estatales y criticado que no se haya vinculado el perdón con la obligación de cumplir el ordenamiento.

Respecto al encaje en el marco constitucional, el magistrado alberga serias dudas sobre el alcance del examen que realizará el TC respecto a la norma. Ha argumentado que no es previsible que pueda objetar la interpretación de una ley ordinaria realizada por el Supremo, en ejercicio de su función. Cosa distinta, ha dicho, será la lectura sobre si la ley es o no es constitucional. "Tengo la absoluta convicción de que ese recurso de amparo no tiene ningún recorrido efectivo", ha defendido y destacado que el alcance de la legalidad ordinaria le corresponde al poder judicial.

Cinco redacciones

En su conferencia, el magistrado también ha detallado la interpretación de la gracia respecto al delito de malversación. Ha precisado que se elaboraron hasta cinco redacciones distintas sobre este ilícito. Ha explicado que el TS defiende que la clave está en que la actuación implicó que dispusieran de los fondos públicos como si fueran sus dueños.

El pasado junio, después de la entrada en vigor de la ley, Llarena rechazó que Puigdemont fuera amnistiable debido a que tanto él como el resto de acusados "decidieron" cargar a los fondos públicos aportados por los contribuyentes el coste del referéndum del 1-O, "ilegal y contrario a la Constitución" pero también ajeno a sus responsabilidades de Gobierno y a las competencias de la Generalitat.

Foto: El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, durante un acto celebrado en Granada el 9 de septiembre. (Francisco J. lmo / Europa Press)

La norma incluye la amnistía para los delitos de malversación, pero, eso sí, siempre que no haya existido propósito de enriquecimiento. El magistrado sostiene, sin embargo, que el concepto de enriquecimiento alcanza a las actuaciones donde se obtenga cualquier ventaja personal de carácter patrimonial e incluye a quien obtiene cualquier beneficio que hubiera exigido del pago de una contraprestación dineraria aunque no aumente materialmente su nivel de riqueza.

El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha iniciado este miércoles una ronda de conferencias que prevé impartir en distintas comunidades autónomas y en la que explicará la interpretación que tanto él mismo como instructor del procés como sus compañeros de la Sala de lo Penal adoptaron sobre la ley de amnistía. El alto tribunal consideró que la norma no puede aplicarse ni a Carles Puigdemont ni a Oriol Junqueras y el resto de políticos condenados por el 1-O y duda, además, de su constitucionalidad. Esta visión de la ley le ha valido duras críticas tanto a él como a otros magistrados del TS lanzadas desde la arena política. En la primera de las charlas ofrecidas, el magistrado se ha defendido y enviado una clara respuesta al Gobierno: el TS no ha sobrepasado ningún límite.

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