Las administraciones afrontarán un alud de reclamaciones millonarias por la gestión de la DANA
Distintos juristas consultados ya anticipan que habrá pleitos por las vías contenciosa, civil y penal y destacan que la vía más probable será la patrimonial por mal funcionamientos de la previsión anterior y la ayuda posterior
Lo vimos tras la pandemia y volverá a suceder ahora. Los Gobiernos autonómico y central recibirán decenas y decenas de reclamaciones por mal funcionamiento de las administraciones por su "incompetencia" en la respuesta ante el desastre natural provocado por la DANA en Valencia. Cualquier ciudadano que se sienta perjudicado por una respuesta deficiente en esta crisis podrá acudir a los tribunales. Y no puede ser más evidente que ha habido deficiencias. Distintos juristas consultados ya anticipan que habrá pleitos por las vías contenciosa, civil y penal. El éxito de estas demandas es aún incierto y la respuesta nunca es rápida, como demuestran experiencias anteriores. Pero eso no parará a los perjudicados, aseguran diferentes fuentes.
Gran parte de los consultados señala la vía de la responsabilidad patrimonial como la más efectiva ante lo sucedido. La Administración tiene la obligación de poner a disposición de los ciudadanos aquellos medios y recursos de que dispone y de prever de forma anticipada las posibles complicaciones que pueden surgir y si existen disfunciones, hay posibilidad de reclamar ante los tribunales.
No se compensa económicamente, sin embargo, cualquier daño. El Tribunal Supremo ha ido estableciendo las bases y exige que el perjuicio sea demostrable y evaluable económicamente, y que sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos en una relación directa e inmediata. También debe demostrarse que no hubo una fuerza mayor que impidiera una actuación correcta y que la persona que reclama no ha resultado perjudicada por su propia conducta.
Los plazos de respuesta son, pese a todo, desalentadores. Como ejemplo más directo, en la propia Comunidad Valenciana existe el antecedente de la presa de Tous. Su rotura el 20 de octubre de 1982, con ocasión de unas inundaciones, produjo ocho muertos y varios miles de damnificados. En aquel caso, los afectados tomaron la vía penal contra los ingenieros responsables de la gestión de la infraestructura. Quince años después, el Supremo determinó que el Estado debía ocuparse de las indemnizaciones a las familias. Muchas de esas compensaciones siguen aún sin abonarse.
La segunda vía que tomarán, sin duda, los afectados, es la civil, que se activará previsiblemente a la vista de la actuación de las aseguradoras y en los casos en los que los afectados no obtengan las compensaciones que reclamen o las aportaciones lleguen tarde. Según los últimos datos, el Consorcio de Compensación de Seguros está realizando ya peritaciones de daños producidos en las inundaciones y ha recibido 35.800 solicitudes de indemnización que, como ya prevén los peritos, se multiplicarán en los próximos días.
Por último, no puede tampoco descartarse la vía penal ante la manifiesta la incapacidad de los responsables políticos para actuar. Ya este domingo comenzaron a conocerse los primeros pasos en esta línea. Por ejemplo, la asociación Iustitia Europa anunció la presentación de una querella contra Pedro Sánchez y el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, por omisión del deber de socorro, prevaricación, omisiva, homicidio, imprudencia y lesiones. Sin duda habrá querellas similares contra el Gobierno valenciano.
Fuerza mayor e incompetencia
Diferentes especialistas en derecho administrativo, como Julio González García, consideran que lo sucedido no excluye la responsabilidad patrimonial, pese a que la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público la excluye en los casos de fuerza mayor. Señalan que existen sentencias del Supremo que indican que para que esta eximente se aprecie es necesario que lo sucedido sea "imprevisible o que, previsto, resulte inevitable". La jurisprudencia social concreta aún más, señalando que "sean, sin embargo, inevitables, insuperables e irresistibles, siempre que la causa que los motiva sea independiente y extraña a la voluntad del sujeto obligado".
González García destaca también que será necesario probar "la relación de causalidad entre el daño y la actuación de la Administración, en este caso, su pasividad ante las informaciones que provenían de AEMET y la Confederación Hidrográfica del Júcar". Otro elemento fundamental —dice— será valorar por qué no se implementaron las estrategias previstas por anteriores desastres, como las inundaciones de 2019. También, la incapacidad posterior de gestionar la reacción ante el desastre. El plazo para reclamar es de un año.
Lo vimos tras la pandemia y volverá a suceder ahora. Los Gobiernos autonómico y central recibirán decenas y decenas de reclamaciones por mal funcionamiento de las administraciones por su "incompetencia" en la respuesta ante el desastre natural provocado por la DANA en Valencia. Cualquier ciudadano que se sienta perjudicado por una respuesta deficiente en esta crisis podrá acudir a los tribunales. Y no puede ser más evidente que ha habido deficiencias. Distintos juristas consultados ya anticipan que habrá pleitos por las vías contenciosa, civil y penal. El éxito de estas demandas es aún incierto y la respuesta nunca es rápida, como demuestran experiencias anteriores. Pero eso no parará a los perjudicados, aseguran diferentes fuentes.
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