El TSJ de Madrid también rechaza la querella de Begoña Gómez contra el juez Peinado
El tribunal ya rechazó la querella de Sánchez la pasada semana, cargó contra el papel de la Abogacía del Estado y recordó que "todos los poderes públicos están sometidos a la ley"
El secretario general del PSOE y presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, junto a su mujer, Begoña Gómez, durante un acto electoral el pasado junio. (EFE / Jorge Zapata)
Por
Pablo Gabilondo
EC EXCLUSIVO
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha rechazado la admisión a trámite de la querella de Begoña Gómez contra el juez que la mantiene imputada por tráfico de influencias y corrupción en los negocios al considerar que se basa en "meras sospechas" o "conjeturas". El tribunal inadmitió la pasada semana la querella de Pedro Sánchez con un duro auto y ahora sigue la misma línea al concluir que no hay indicios para abrir una causa contra el magistrado Juan Carlos Peinado por los delitos de prevaricación y de revelación de secretos.
"La querellante hace una amplia relación de resoluciones dictadas en la instrucción que considera injustas", explica el TSJM. "De estas resoluciones, algunas no son competencia del magistrado querellado y otras no han merecido por parte de la querellante la formulación del oportuno recurso. De las que sí han sido recurridas, algunas han sido confirmadas por el órgano objetivamente competente para hacerlo, que en este caso era la Audiencia Provincial, y otras revocadas, por lo que el procedimiento se ha reconducido en términos no lesivos para los derechos de la querellante".
Aunque la Fiscalía sí apoyó la querella de Sánchez, optó por desmarcarse de la de su mujer. Su informe dejaba caer que coincidía con las críticas de Begoña Gómez respecto a"la inusual forma de llevar la instrucción del magistrado", pero esa situación no quitaba que "ya han obtenido u obtendrán respuesta" a sus quejas a través de los recursos. "No es atendible que el investigado en un procedimiento judicial, acuda per saltum al Tribunal Superior de Justicia por la vía de la presentación de una querella para apartar a quien le está investigando, cuando no ha agotado las herramientas procesales para manifestar su discrepancia con lo resuelto", señaló la Fiscalía.
El TSJM expone un razonamiento similar en la resolución notificada este miércoles. "Aun respecto de aquellas pocas resoluciones que la Audiencia Provincial consideró necesario revocar, esta Sala, en el ámbito que es de nuestra específica competencia, no aprecia el torticero alejamiento de la norma que alega el querellante", advierten los magistrados. "No se produce un apartamiento de la interpretación lógica del ordenamiento que sea de tal entidad que permita concluir que la aplicación del derecho y la resolución misma sean arbitrarios".
La querella sostenía que Peinado había dictado resoluciones "con el exclusivo propósito de perjudicar a la Sra. Gómez ante la opinión pública", pero el TSJM se muestra tajante: "Esta idea, que subyace en realidad en toda la querella, es en realidad una suposición, una opinión de la querellante, que no nos permite considerar arbitrarias y prevaricadoras, por tanto, un conjunto de actuaciones que no se apartan objetiva y sustancialmente de la norma".
Tercera querella rechazada
El pasado 11 de octubre, el TSJM también inadmitió otra querella del periodista Máximo Pradera contra el juez Peinado por un supuesto delito de revelación de secretos. Su escrito sostenía que el magistrado y al gabinete de prensa del TSJM habían filtrado a los medios de comunicación la apertura de la investigación cuando áun estaba bajo secreto, además facilitar algunas resoluciones a las acusaciones populares en esa fase inicial del procedimiento.
El TSJM rechazó estas acusaciones y remarcó la importancia del "derecho a la información" para no volver "a épocas pretéritas en el que el modelo de investigación era el inquisitorial". También subrayó que la forma de proceder no perjudicó al procedimiento y lanzó un aviso a Begoña Gómez: "Dada la notoriedad de su condición conyugal, debe soportar las consecuencias del ejercicio de la libertad de información, consagrada en la Constitución".
El tribunal volvió a repetir un mensaje similar el pasado viernes, cuando rechazó la querella de Sánchez contra el juez: "Todos los poderes públicos están sometidos a la ley", subrayó. De hecho, uno de los tres magistrados que componían el tribunal fue un paso más allá y emitió un voto particular para defender que se debería haber abierto una pieza para investigar si el presidente del Gobierno había incurrido en "abuso de derecho o mala fe procesal" con su querella.
"No es dable olvidar que quienes encarnan los demás poderes del Estado tienen, constitucional y legalmente, la especialísima responsabilidad de coadyuvar a la salvaguarda del debido ambiente de sosiego que demanda la función de juzgar y de proteger la independencia misma de jueces y magistrados, como garantes últimos del imperio de la ley, de la existencia real y efectiva, no quimérica o ilusoria, de la primacía de la Ley consustancial a un Estado de derecho", advirtió este magistrado en su voto.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha rechazado la admisión a trámite de la querella de Begoña Gómez contra el juez que la mantiene imputada por tráfico de influencias y corrupción en los negocios al considerar que se basa en "meras sospechas" o "conjeturas". El tribunal inadmitió la pasada semana la querella de Pedro Sánchez con un duro auto y ahora sigue la misma línea al concluir que no hay indicios para abrir una causa contra el magistrado Juan Carlos Peinado por los delitos de prevaricación y de revelación de secretos.