Marlaska cambia el acceso a los puestos de la Policía que investigan casos de corrupción
El Ministerio de Interior elimina la necesidad de contar con una formación específica para optar a las plazas de unidades que dependen de los tribunales, como la UDEF
El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, firmó este martes un Real Decreto por el que modifica el reglamento de provisión de puestos de trabajo de la Policía Nacional, aprobado en 1989. La principal novedad es la que afecta al modo de acceso a los puestos de policía judicial que dependen de los tribunales, desde las brigadas provinciales hasta la Comisaría General de Policía Judicial, que incluye la UDEF Central, al frente de los grandes casos de corrupción política. De ahora en adelante, ya no será necesario acreditar una formación especial para esas plazas.
La reforma ha salido publicada este miércoles en el Boletín Oficial del Estado y el PP ha alertado sobre esta modificación. “Marlaska mata la neutralidad de la Policía para controlar las investigaciones judiciales”, ha dicho la diputada Ana Vázquez en su cuenta de la red social X.
❗️GRAVÍSIMO!
— Ana Vázquez Blanco (@anadebande) October 23, 2024
Marlaska mata la neutralidad de la Policía,para controlar las investigaciones judiciales.
Aprobó ayer un Real Decreto para nombrar a dedo a las Unidades de Policía Judicial dependientes de los Juzgados y Tribunales.
Se carga el punto D del Artículo 7 del RD 997/1989 pic.twitter.com/jRfv0C7scy
El Confidencial se ha puesto en contacto con el Ministerio del Interior y niegan la conclusión de los 'populares'. Según dicen en el ministerio, los policías que eran integrantes de las Unidades de Policía Judicial que antes se designaban por concurso Específico de méritos, pasan a ser designados por concurso general de méritos. "Es el procedimiento más objetivo y transparente de todos, ya que no impone ningún requisito, excepto la antigüedad y la baremación, que es objetiva y similar para todos los policías”.
Añaden que “este cambio se hace porque se considera que no hay motivos de especialidad que sean relevantes para seleccionar a estos puestos y la convocatoria para cubrir las vacantes que se produzcan se puede hacer por concurso general de méritos”. Frente a estas dos posturas, fuentes policiales consultadas por este periódico no creen que el cambio suponga necesariamente un control en los nombramientos, ya que el método de elección no varía, pero sí ven con rechazo que Interior deje de considerar necesaria la formación específica para estas funciones.
Los puestos que dependen de los tribunales son los de los agentes que hacen funciones de policía judicial. Eso quiere decir que actúan a las órdenes de lo que establece un juzgado de instrucción o la Fiscalía y va desde la investigación de un homicidio a la corrupción de un ministro. Eso es común a la Policía Nacional y a la Guardia Civil o los cuerpos autonómicos.
Esos uniformados tienen unos jefes y una cadena mando en el cuerpo, pero cuando actúan a las órdenes de jueces y fiscales priman las órdenes que emanan de los juzgados. Fue el caso, por ejemplo, del coronel Diego Pérez de los Cobos. El Supremo consideró ilegal su cese, motivado por su negativa a informar a Interior de una investigación judicializada en la que la jueza había pedido reserva.
Tres tipos de nombramiento
La reforma publicada este miércoles en el BOE afecta solo a la Policía Nacional. En este cuerpo hay tres vías para acceder a un puesto. Por un lado, está la libre designación, que son nombramientos a dedo para las plazas de máxima responsabilidad. Por otro lado, está el concurso general de méritos, que es el común y que tiene que ver con el currículum personal de cada agente (experiencia, condecoraciones, cursos realizados…).
Luego existe el acceso por el concurso específico de méritos, que es más restringido porque exige, además de lo anterior, acreditar un conocimiento específico en la materia en la que se va a trabajar. Hasta ahora, el acceso a las plazas de policía judicial requería esta formación especializada, pero ya no.
El concurso específico de méritos viene regulado en una Ley Orgánica de 2015 y dice que “cada puesto de trabajo y serán valorados por un órgano colegiado”. El Ministerio del Interior justifica el cambio, entre otros motivos, porque el nivel de conocimiento general en la Policía ya es muy alto: “La formación en la Policía Nacional ha experimentado un cambio considerable, especialmente la formación integral para el ingreso en la Policía Nacional”.
El Ministerio del Interior dice que su voluntad es “cubrir nuevas necesidades en materia de personal” y que por ello “se hace preciso actualizar la norma en cuanto a los destinos de provisión por el sistema de concurso específico de méritos”. De este modo, se suprime el párrafo d) del artículo 7 del Real Decreto de puestos de trabajo en el año 1989, que incluía en el concurso específico de méritos “los integrantes de las Unidades de Policía Judicial dependientes de los Juzgados y Tribunales”.
El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, firmó este martes un Real Decreto por el que modifica el reglamento de provisión de puestos de trabajo de la Policía Nacional, aprobado en 1989. La principal novedad es la que afecta al modo de acceso a los puestos de policía judicial que dependen de los tribunales, desde las brigadas provinciales hasta la Comisaría General de Policía Judicial, que incluye la UDEF Central, al frente de los grandes casos de corrupción política. De ahora en adelante, ya no será necesario acreditar una formación especial para esas plazas.
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