El TSJ archiva la querella de Sánchez contra Peinado y le acusa de manipular los hechos
Los servicios jurídicos del Estado consideraban que el magistrado prevaricó cuando fijó que la declaración del presidente como testigo en el procedimiento debía ser presencial
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha rechazado admitir a trámite la querella que presentó la Abogacía del Estado en nombre de Pedro Sánchez contra el instructor de la causa contra su mujer. Los servicios jurídicos del Estado consideraban que el magistrado prevaricó cuando fijó que la declaración del presidente como testigo en el procedimiento debía ser presencial. El tribunal madrileño no comparte esa tesis y no ve siquiera motivos para iniciar una investigación. La decisión se ha adoptado por unanimidad, según informa el TSJ.
En un tono muy duro, los magistrados Celso Rodríguez Padrón, Francisco José Goyena y Jesús María Santos, que firman la resolución, cargan contra la Abogacía y la acusan, de forma tácita, de manipular los hechos para perjudicar al magistrado. La citación cursada como testigo a Pedro Sánchez "se hizo claramente por actos no derivados del ejercicio de las funciones del presidente del Gobierno", asegura el auto en un respaldo absoluto a la decisión del instructor del caso Begoña Gómez. "Sea acertada o no la fórmula elegida por el juez instructor a la hora de disponer la práctica de la diligencia testifical, es lo cierto que no quiso interrogar al presidente del Gobierno por sus actos como institución, sino al esposo de la querellada por lo que hubiese podido conocer en este plano personal", concluyen los magistrados.
"Una cosa es que el querellante sostenga que su condición institucional es prácticamente indisoluble de su condición personal o familiar. Otra bien distinta es la que se plasma en las resoluciones judiciales que dan lugar a la querella", explica el escrito. Advierte, además, que la acción propia del delito de prevaricación judicial "no puede identificarse con el hecho de negar la razón a alguna de las partes".
La resolución no oculta su malestar con el proceder de la Abogacía del Estado. En un voto particular concurrente, uno de los jueces defiende incluso la necesidad de investigar al presidente del Gobierno por "abuso de derecho". Para los tres jueces, la querella obedece "al intento de tergiversar" y no buscaba perseguir una presunta conducta improcedente del juez, sino evitar que el poder judicial investigara al ejecutivo.
Los tres magistrados aseguran que algunos de los argumentos de los servicios jurídicos estatales se basan en meras especulaciones. También sugieren que la Abogacía se contradice en sus argumentos hasta llegar a caer en la "paradoja". Critican con dureza las insinuaciones sobre la capacidad (o incluso el deseo) del poder judicial de interferir en la labor del resto de poderes. "Todos los poderes públicos están sometidos a la ley", lanzan.
La decisión supone un claro varapalo para la estrategia que tanto Sánchez como su esposa habían iniciado respecto al magistrado que investiga las actividades profesionales de Gómez. A la querella de la Abogacía se unió otra de la imputada con la idea de reclamar una recusación del juez y lograr así que se apartara, al menos temporalmente, del procedimiento. La Fiscalía informó hace unos días en contra de esta última. Además, se suma al reciente rechazo por parte de la Audiencia Provincial de Madrid al archivo de la causa.
Los argumentos de Sánchez contaban con el informe favorable de la Fiscalía que tampoco asume el TSJ. El Ministerio Público indicaba que existían indicios de que la argumentación que ofreció el juez para justificar su decisión estuvo falta de argumentación jurídica suficiente. La decisión se produce poco después de que otro tribunal, la Audiencia Provincial de Madrid, rechazara archivar la instrucción en un duro auto que augura que las diligencias judiciales serán largas y extensas.
La querella se presentó en pleno verano el mismo día en el que el presidente se negó a declarar en un despacho de la Moncloa contra su mujer. Para Sánchez, el instructor debió citarle como presidente del Gobierno y no como marido de Begoña Gómez y permitirle, por ello, declarar por escrito. La querella aseguraba que el juez Peinado omitió "de manera consciente y deliberada las garantías procesales propias de la declaración de un presidente del Gobierno". También que obvió su condición de presidente para fijar su declaración como testigo, que quedó definida como una declaración testifical en calidad de marido. Veía en esta acción una prevaricación dolosa, ya que la citación "no puede ser imputada a la falibilidad humana, sino al abuso de las funciones del juez".
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha rechazado admitir a trámite la querella que presentó la Abogacía del Estado en nombre de Pedro Sánchez contra el instructor de la causa contra su mujer. Los servicios jurídicos del Estado consideraban que el magistrado prevaricó cuando fijó que la declaración del presidente como testigo en el procedimiento debía ser presencial. El tribunal madrileño no comparte esa tesis y no ve siquiera motivos para iniciar una investigación. La decisión se ha adoptado por unanimidad, según informa el TSJ.