El Supremo imputa al fiscal general por revelar secretos del novio de Ayuso
La Sala de lo Penal considera que existen indicios suficientes para investigarle por la filtración de los correos que el abogado de González Amador envió a la Fiscalía
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha imputado al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, al considerar que pudo incurrir en un delito de revelación de secretos contra el novio de Isabel Díaz Ayuso, Alberto González Amador. El procedimiento parte de la filtración de correos electrónicos y de la nota de prensa en la que la Fiscalía Provincial de Madrid informó sobre las negociaciones que había mantenido con el abogado de González Amador en una investigación que se sigue contra él por fraude fiscal.
Aunque la Fiscalía consideró que la difusión del comunicado resultaba necesaria para desmentir "las informaciones falaces" que se habían publicado previamente, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid rechazó estos argumentos y remitió antes de verano una exposición razonada contra el máximo responsable de la Fiscalía. A esa solicitud se han acumulado en una única causa una querella de la Fundación Foro Libertad y Alternativa y una denuncia y una querella del sindicato Manos Limpias.
El Supremo decide ahora continuar adelante y ha designado al magistrado Ángel Luis Hurtado para hacerse cargo de la instrucción, lo que anticipa la citación del fiscal general como imputado en las próximas semanas. “Deben incoarse las oportunas diligencias de investigación, con el fin de confirmar o descartar los indicios suficientes de criminalidad anteriormente analizados, así como el grado de participación indiciaria de los querellados en los mismos”, advierte en un auto notificado este miércoles.
La Sala de lo Penal ha adoptado esta decisión por unanimidad y también ha declarado su competencia para investigar a la fiscal jefa provincial de Madrid, Pilar Rodríguez Fernández. Ella supuestamente envió al fiscal general del Estado los datos para la elaboración de la citada nota, por lo que los magistrados consideran que existe la "conexión" exigida para investigar a ambos de forma conjunta, pese a que ella no goza de aforamiento ante el alto tribunal.
El Supremo destaca que el "núcleo" del delito que se les imputa "viene constituido por la conducta de revelar, esto es, poner en conocimiento de un tercero, ya sea en forma oral, escrita o de cualquier otro modo —también permitiendo el acceso ajeno al soporte que contiene la información— algo que el tercero no conocía previamente y que no estaba legitimado para conocer".
La Sala transcribe a continuación el contenido de la nota controvertida y concluye que "aparentemente no hay información indebidamente revelada", pues los datos que contenía ya eran de "conocimiento público". Pese a ello, "de la instrucción de causa practicada por el TSJ y, en concreto, de la declaración del fiscal de Delitos Económicos, que llevaba el asunto, D. Julián Salto Torres, se desprende que horas antes de la nota de prensa, los correos entre el fiscal del caso y el letrado del particular fueron revelados, estando los mismos en poder del fiscal general del Estado y de la fiscal jefa provincial".
La Sala explica que las informaciones contenidas en esa nota informativa ya habían sido sacadas a la luz por distintos periódicos y radios los días 12 y 13 de marzo. En concreto, habían informado de la existencia de un correo electrónico del abogado del particular investigado, de fecha 2 de marzo de 2024, dirigido a la Fiscalía provincial de Madrid, en el que manifestaba que, de común acuerdo con su cliente, asumía la comisión de dos delitos fiscales “reconociendo íntegramente los hechos” y se comprometía a pagar la cuota e intereses de demora.
Los magistrados añaden que a partir del 11 de junio de 2024, cuando García Ortiz envió un escrito indicando que la difusión de la nota no se hubiera producido sin su autorización y sin sus instrucciones expresas y directas, el TSJM admitió su falta de competencia y dejó de practicar actividad instructora, que quedó inconclusa en cuanto a extremos relevantes y necesarios para valorar el elemento del tipo analizado “En concreto, cómo tuvieron acceso los medios de comunicación a los correos, horas antes a dar publicidad a la nota informativa, cuando los mismos estaban en poder del Fiscal General del Estado y de la Fiscal Jefa Provincial, enviados por el Sr. Salto a partir de las 22 horas del día 13 de marzo, y dispusieron de ellos ambos para elaborar y consensuar la nota informativa”.
La Sala considera que, en este momento inicial de formación de la causa, resulta difícil de fijar y deslindar el posible perjuicio causado, pero estima que “al menos indiciariamente, en este supuesto, sí existe una carga de lesividad que afecta al posible perjuicio al derecho de defensa” del novio de Díaz Ayuso.
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha imputado al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, al considerar que pudo incurrir en un delito de revelación de secretos contra el novio de Isabel Díaz Ayuso, Alberto González Amador. El procedimiento parte de la filtración de correos electrónicos y de la nota de prensa en la que la Fiscalía Provincial de Madrid informó sobre las negociaciones que había mantenido con el abogado de González Amador en una investigación que se sigue contra él por fraude fiscal.
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