La Fiscalía se opone a la admisión a trámite de la querella de Begoña Gómez contra el juez Peinado
El Ministerio Público adopta esta decisión después de el TSJM haya rechazado su petición de recabar el testimonio "íntegro" de la causa que se sigue contra la mujer de Pedro Sánchez
La Fiscalía se opone a la admisión a trámite de la querella de Begoña Gómez contra el juez que la investiga, Juan Carlos Peinado. La mujer de Pedro Sánchez pedía su imputación por los presuntos delitos de revelación de secretos y prevaricación. La Fiscalía reclamó el testimonio "íntegro" de la causa que se sigue contra ella para tener un conocimiento “pleno” antes de pronunciarse sobre su querella, pero después de que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) rechazara su solicitud el pasado 1 de octubre y le emplazara a adoptar una decisión, concluye que "no se dan los presupuestos legales exigidos para su admisión a trámite”.
"La inusual forma de llevar la instrucción por el magistrado, en lo que coincidimos con la querellante, y, sobre todo, la pendencia a la fecha de nuestro anterior escrito de gran número de recursos interpuestos por todas las partes personadas en las diligencias (...) referidos algunos a las resoluciones calificadas por la representación de la Sra. Gómez Fernández de arbitrarias, nos llevó a efectuar la petición [de recabar el testimonio íntegro de la causa] por la conveniencia de analizar en su conjunto la denunciada forma de proceder de aquel contra quien se dirige la querella", señala la Fiscalía. "Pero, siendo discrepante el criterio de la Sala [del TSJM] y visto el estado del procedimiento a la fecha de este escrito, no podemos sino acatar su decisión y proceder a emitir el informe".
La Fiscalía ya ha tenido que pronunciarse sobre tres querellas contra Peinado. La primera la interpuso el periodista Máximo Pradera por un supuesto delito de revelación de secretos, tras lo que llegaron las de la Abogacía del Estado, en representación del presidente del Gobierno, y la de la propia Gómez, que apuntaban además a un delito de prevaricación. La Fiscalía se opuso en septiembre a la admisión a trámite de la de Pradera —que ya ha sido archivada por el TSJM— y ahora a la de Gómez, pero, en el caso de la querella de Sánchez, ha apoyado la misma al considerar que "la descripción de los hechos tiene encaje en el tipo penal que se invoca".
La acusación por prevaricación
En el informe notificado este lunes, la Fiscalía rechaza una vez más la acusación contra Peinado por revelación de secretos y destaca que Gómez se ha limitado a "aportar meras noticias que aparecen publicadas en los medios de comunicación y redes sociales y una serie de resoluciones judiciales", lo que en ningún caso arroja "indicio alguno de que el magistrado denunciado haya realizado los hechos que constituyen la acción nuclear" de esa clase de delitos.
Descartada la revelación de secretos, la Fiscalía se centra en la acusación por prevaricación y critica que el TSJM se haya negado a recabar el testimonio íntegro de la causa. "Obviamente, no es función del Tribunal Superior de Justicia revisar todo lo actuado por el magistrado querellado en un procedimiento en el que no ha concluido la fase de instrucción, ni lo pretendía esta Fiscalía", argumenta. "El fundamento de la solicitud no era otro que facilitar a la Sala la adopción de la decisión de iniciar o no el procedimiento con pleno conocimiento de lo actuado, pues, como bien se afirma en la providencia, el Ministerio Fiscal es parte en las diligencias a las que la querella se refiere y esta jefatura tiene acceso a ellas".
Ese análisis de lo actuado le permite entonces concluir que la querella por prevaricación de Sánchez no es equiparable a la de Gómez. Ella consta como imputada y, por tanto, puede recurrir a instancias superiores para buscar la corrección de las resoluciones que considera injustas, mientras que él no tiene esa vía a su disposición: "La diferencia está en que el perjudicado por el hipotético delito en aquella [querella de Sánchez], caso de acreditarse, no es parte en el procedimiento y, en consecuencia, no puede acudir al órgano superior del instructor para que supla, en este supuesto concreto, la ausencia de motivación de las resoluciones dictadas".
Partiendo de esa diferencia, la Fiscalía recuerda que el delito de prevaricación no solo exige la existencia de una resolución que "pueda calificarse de injusta", sino también el hecho de que la misma se dicte "a sabiendas", es decir, "que exista un apartamiento consciente o imprudente de la función judicial propia del Estado de derecho". En el caso de Peinado, el informe concluye que ese requisito no se ha probado.
"En la querella objeto de estudio un único argumento de los esgrimidos nos permitiría vislumbrar esa consciencia implícita en el término a sabiendas de que la actuación del magistrado pudiera obedecer a otros fines ajenos al proceso, y es la denuncia de que, con su proceder, se habría eliminado de facto del sistema de recursos que prevé la Ley de Enjuiciamiento Criminal, al no proveerse, tramitarse o resolverse los interpuestos por las partes", explica. "De ahí el interés de esta representación del Ministerio Fiscal para que la Sala tuviera a su disposición toda la causa".
Pese a ese rechazo a recabar el testimonio "íntegro" de la causa, la Fiscalía ha analizado por su cuenta el modo en que Peinado ha gestionado los recursos de Gómez y subraya que, al menos desde julio, cuando se querelló contra el juez, estos "se han unido a las actuaciones, se han proveído y algunos se han resuelto o se encuentran en trámite". El informe reconoce que diversos escritos no se han resuelto "con la inmediatez que sería deseable", pero eso no quita que las actuaciones en las que la mujer de Sánchez basa su querella "ya han obtenido u obtendrán respuesta a través de los recursos establecidos en la ley".
"Esta vía de recurso es la que contempla nuestro modelo procesal para garantizar el correcto ejercicio de la función judicial propia del Estado de derecho", concluye la Fiscalía. "No es atendible que el investigado en un procedimiento judicial, acuda per saltum al Tribunal Superior de Justicia por la vía de la presentación de una querella para apartar a quien le está investigando, cuando no ha agotado las herramientas procesales para manifestar su discrepancia con lo resuelto".
La Fiscalía se opone a la admisión a trámite de la querella de Begoña Gómez contra el juez que la investiga, Juan Carlos Peinado. La mujer de Pedro Sánchez pedía su imputación por los presuntos delitos de revelación de secretos y prevaricación. La Fiscalía reclamó el testimonio "íntegro" de la causa que se sigue contra ella para tener un conocimiento “pleno” antes de pronunciarse sobre su querella, pero después de que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) rechazara su solicitud el pasado 1 de octubre y le emplazara a adoptar una decisión, concluye que "no se dan los presupuestos legales exigidos para su admisión a trámite”.
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