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El TSJ de Madrid archiva la primera querella contra el juez que investiga a Begoña Gómez
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REMARCA EL "DERECHO A LA INFORMACIÓN"

El TSJ de Madrid archiva la primera querella contra el juez que investiga a Begoña Gómez

"Dada la notoriedad de su condición conyugal, debe soportar las consecuencias del ejercicio de la libertad de información", advierten los magistrados a la mujer de Pedro Sánchez

Foto: La mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, tras ejercer su derecho a voto en las elecciones europeas. (Eduardo Parra / EuropaPress)
La mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, tras ejercer su derecho a voto en las elecciones europeas. (Eduardo Parra / EuropaPress)
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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha rechazado la admisión a trámite de la querella que el periodista Máximo Pradera interpuso contra el juez que investiga a Begoña Gómez, Juan Carlos Peinado, por un supuesto delito de revelación de secretos. Como avanzó la pasada semana El Confidencial, el tribunal no ve indicios suficientes como para abrir una causa a Peinado y remarca la importancia del "derecho a la información" para no volver "a épocas pretéritas en el que el modelo de investigación era el inquisitorial".

La querella de Pradera fue la primera en registrarse y, tras ella, llegaron las de la Abogacía del Estado, en representación del presidente del Gobierno, y la de la propia Gómez, quienes piden la imputación de Peinado por un delito de prevaricación. El periodista acusaba por su parte al magistrado y al gabinete de prensa de filtrar a los medios de comunicación la apertura de la investigación contra la mujer de Pedro Sánchez cuando las actuaciones estaban bajo secreto, así como de facilitar algunas resoluciones a las acusaciones populares en esa fase inicial del procedimiento.

La Fiscalía de la Comunidad de Madrid ya anunció el pasado septiembre que se oponía a la admisión a trámite de la querella de Pradera. Según señalaba en su informe, el periodista atribuía al magistrado la autoría de un delito de revelación de secretos "sin prueba alguna".

Los magistrados siguen la misma línea y destacan que las resoluciones que se facilitaron no solo no vulneraron el secreto de las actuaciones, sino que permitieron a la Fiscalía, la defensa y el resto de acusaciones tener conocimiento de las diligencias "a fin de preservar el principio de igualdad de armas". El TSJ subraya que la forma de proceder no perjudicó al procedimiento y lanza un aviso a Begoña Gómez: "Dada la notoriedad de su condición conyugal, debe soportar las consecuencias del ejercicio de la libertad de información, consagrada en la Constitución".

Foto: El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, junto a su mujer Begoña Gómez, en una foto de archivo. (EFE/Borja Sánchez-Trillo)

El TSJ de Madrid recuerda que en la información que facilitó el gabinete "tan solo se da cuenta de la incoación de las diligencias, los indicados delitos que dan pie a ello, la persona investigada, quien formula la denuncia y el secreto de las actuaciones". "Comunicar, simplemente, que se sigue un proceso penal sin los citados datos dejaría vacío dicha naturaleza pública del proceso, especialmente cuando tensiona con el derecho a la información, constitucionalmente reconocido", advierten los magistrados.

Para reforzar ese razonamiento, su resolución se hace eco de la doctrina del Tribunal Constitucional: “El secreto del sumario no significa, en modo alguno, que uno o varios elementos de la realidad social (sucesos singulares o hechos colectivos cuyo conocimiento no resulte limitado o vedado por otro derecho fundamental) sean arrebatados a la libertad de información, en el doble sentido del derecho a informarse y el derecho a informar, con el único argumento de que sobre aquellos elementos están en curso unas determinadas diligencias sumariales”.

Los magistrados también dejan caer que Pradera no presentó de forma correcta su querella, pues "el poder notarial presentado, pese a contener un apoderamiento especial, no es específico para formular la querella". Al pasar por alto ese defecto formal y revisar sus argumentos, concluyen que la información que se facilitó "en modo alguno" revelaba el "contenido sustantivo" de la investigación: "La existencia misma del proceso es pública, de otro modo volveríamos, cabe añadir, a épocas pretéritas en el que el modelo de investigación era el inquisitorial".

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha rechazado la admisión a trámite de la querella que el periodista Máximo Pradera interpuso contra el juez que investiga a Begoña Gómez, Juan Carlos Peinado, por un supuesto delito de revelación de secretos. Como avanzó la pasada semana El Confidencial, el tribunal no ve indicios suficientes como para abrir una causa a Peinado y remarca la importancia del "derecho a la información" para no volver "a épocas pretéritas en el que el modelo de investigación era el inquisitorial".

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