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Absuelto un acusado de violación porque "no consta que ella negara su consentimiento"
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Absuelto un acusado de violación porque "no consta que ella negara su consentimiento"

El tribunal considera que la mujer se inventó los hechos por temor a ser descubierta por su pareja manteniendo una infidelidad, tal y como ha sostenido el acusado

Foto: Manifestación en contra de la puesta en libertad de violadores en Córdoba. (EFE)
Manifestación en contra de la puesta en libertad de violadores en Córdoba. (EFE)

La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto a un hombre de 38 años que se enfrentaba a una petición de hasta 23 años de cárcel por agresión sexual. El tribunal considera que no ha quedado acreditado que ella se negara a mantener sexo consentido con el acusado en un hotel de la capital. Ambos tenían pareja en ese momento y la sentencia apunta a que la denunciante pudo inventar los hechos para justificarse ante su novio.

"No ha quedado debidamente acreditado con la prueba practicada que negara en forma alguna su consentimiento a mantener dichas relaciones sexuales", dice la sentencia dictada por tres jueces de la Sección 26 de la Audiencia Provincial a la que ha tenido acceso El Confidencial. La Fiscalía pedía para el denunciado, de nacionalidad española, ocho años de cárcel y la prohibición durante 15 años de dedicarse a cualquier profesión que conlleve contacto con menores de edad. La mujer pedía hasta 23 años de cárcel por tres delitos de agresión sexual, dos de ellos con acceso carnal.

Según su versión, el hombre se aprovechó de ella, le hizo beber alcohol —cree que fue drogada con alguna sustancia para anular su voluntad— después fueron a un hotel y la violó. En concreto, la penetró vaginalmente y fue obligada a masturbarle y a realizarle una felación. Los hechos se remontan al 28 de febrero de 2022. El caso, instruido en el Juzgado número 7 de Violencia sobre la Mujer de Madrid, trabajó con tres declaraciones de la víctima.

La primera denuncia la presentó ante la Policía Nacional el 25 de marzo de 2022. La segunda fue en el juzgado el 19 de abril de ese año. La tercera y última fue de nuevo en el juzgado en octubre. Pero la mujer no llegó a declarar en el juicio, celebrado este verano, y eso le ha pasado factura a ojos de los jueces. Ella ahora reside en Australia y propuso declarar por Zoom sin ofrecer un domicilio fijo, pero el tribunal lo rechazó. En la resolución judicial lo califican como un modo de proceder "procesalmente irregular". Habría sido su cuarta declaración sobre los hechos.

Tres declaraciones

Los jueces afirman que, para dictar una sentencia, "únicamente pueden considerarse auténticas pruebas las practicadas en el acto del juicio oral". A pesar de ello, se han tenido en cuenta las tres denuncias prestadas por la mujer y, según la resolución, solo en la segunda le imputó al acusado la penetración vaginal, la masturbación y la felación. En la tercera declaración "solo hay referencias a aspectos periféricos". Y en la primera denuncia policial existe una "total falta de referencia a la masturbación y la felación".

La explicación del hombre es que se conocieron en 2014 en Toronto (Canadá), donde ya mantuvieron encuentros sexuales esporádicos. En 2022 atravesaba una crisis con su novia y decidió contactar con la denunciante. Coincidiendo que los dos estaban en España, quedaron a cenar en Madrid. La cita comenzó formal, pero terminó adoptando un tono sexual con comentarios y chistes. Él dice que bebió durante la cena un vodka con naranja y que ella pidió vino. Luego terminaron en una habitación de hotel de la calle Fuencarral.

Él cuenta que ella no quería que su nombre quedase registrado como huésped. El acusado estaba de acuerdo porque sabía que su novio era policía nacional. Sobre lo que sucedió en la habitación, insiste en que fue sexo consentido y que ella tomó la iniciativa. Hubo sexo vaginal y masturbación, pero no felación, según su versión. Cuando estaban juntos, a la mujer le llamó su novio, ella se puso a llorar y se marchó. El acusado piensa que después intentó justificarse ante su pareja.

El tribunal dice que se plantea un riesgo para el derecho a la presunción de inocencia cuando el testimonio de la víctima es la única prueba. Para evitarlo, opta por analizar los elementos periféricos que permitan corroborar las versiones, pero avanza que para condenar es necesario que sean de una "especial intensidad y es evidente que no se dan".

Primera denuncia

En el juicio se tomó declaración al camarero que les atendió en el restaurante. Declaró que conocía al hombre por ser cliente y que ninguno presentaba síntomas de ingesta de alcohol aquella noche. También destacan los jueces que ella llamó a la Línea 900 de emergencia del Centro de Crisis 24 horas del Ayuntamiento de Madrid dos días después de los hechos para informar que había sido víctima de violencia sexual.

Según el informe de los profesionales de este organismo, la mujer presentaba "síntomas de tipo ansioso, pero indicando que también podría ser compatible con un factor estresor distinto no declarado". Los jueces contestan que "ello daría paso a pensar que esa situación también podría ser compatible con el hecho de que la entonces pareja de la denunciante se enterara de la existencia de ese encuentro".

"Criterios médicos legales de veracidad"

La sentencia añade que la mujer tardó un mes en presentar su denuncia y que esa tardanza impidió tomarle muestras para detectar algún tipo de sustancia que anulara su voluntad. También recoge que acudió a urgencias del hospital Gregorio Marañón y que ante los médicos que la atendieron solo reportó haber sido violada por vía vaginal sin referencia a la masturbación ni la felación. "La reserva de la habitación se realiza a las 21:30 horas del día 28 de febrero, lo que parece excluir una planificación previa", indica la sentencia dictada en julio.

La hora a la que abandonaron el hotel también coincide con la versión que ofreció el acusado, representado en el proceso por el abogado Juan Gonzalo Ospina. En el caso consta un informe forense, según el cual, "el relato de la denunciante ofrece criterios médicos legales de veracidad", pero las autoras del informe no declararon en el juicio. "Ninguno de estos datos permite corroborar la negativa de la denunciante a mantener relaciones sexuales con el acusado", zanjan los magistrados.

"La propia denunciante, en su segunda declaración judicial, admite expresamente que mientras estaba en la habitación recibió una llamada de su novio de entonces, lo que abre paso a la posibilidad de que tuviera que justificar su comportamiento de esa noche ante el mismo en causas ajenas a su propia voluntad; tesis esta sostenida por el acusado para explicar la denuncia en su contra", sostienen.

La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto a un hombre de 38 años que se enfrentaba a una petición de hasta 23 años de cárcel por agresión sexual. El tribunal considera que no ha quedado acreditado que ella se negara a mantener sexo consentido con el acusado en un hotel de la capital. Ambos tenían pareja en ese momento y la sentencia apunta a que la denunciante pudo inventar los hechos para justificarse ante su novio.

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