Nueva fractura por la amnistía: la fiscal del caso Alay se negó a respaldar el perdón
El informe favorable fue asumido por su jefa, Neus Pujal, que defendió que entre las funciones del hombre de confianza de Carles Puigdemont estaba la de dar apoyo al expresident catalán
La Audiencia de Barcelona aprobó a principios de esta semana la amnistía para Josep Lluís Alay, jefe de la oficina de Carles Puigdemont y acusado de malversación y prevaricación por haber sufragado con dinero público un viaje a Nueva Caledonia en 2018 como observador del referéndum de autodeterminación de esa isla del Pacífico. Sin embargo, la decisión tiene una intrahistoria que ha pasado desapercibida hasta el momento. El caso produjo nuevas diferencias en el seno del Ministerio Público. La fiscal a cargo del procedimiento, Teresa Duerto, se negó a apoyar el perdón y el informe favorable fue asumido por la fiscal jefe provincial de Barcelona, Neus Pujal.
Las diferencias sobre la amnistía y respecto a su aplicación alcanzaron su punto álgido tras su aprobación con el patente desacuerdo de los fiscales del procés frente a la malversación que afecta a Carles Puigdemont y Oriol Junqueras. A partir de aquel momento ha habido algún otro episodio aislado de desavenencia, como el que afectó, por ejemplo, al informe sobre los CDR radicalizados que debían ser juzgados por la Audiencia Nacional por terrorismo.
En el caso de Cataluña, la Fiscalía Superior amagó con recurrir otra decisión, la de amnistiar al exconsejero de Interior Miquel Buch y al sargento de los Mossos d’Esquadra Lluís Escolà por haber contratado como asesor a un mosso para que hiciera de escolta del expresidente de la Generalitat. La Fiscalía General corrigió de forma automática ese criterio y apagó la posibilidad de recurso.
Respecto a Alay, también hubo choque de opiniones. La que ha triunfado es la contraria a la defendida por Duerto. La Audiencia de Barcelona amnistió al hombre de confianza de Puigdemont al entender que "entre las funciones del acusado destacaba la de dar apoyo al expresidente en los asuntos y materias que éste dispusiera y otras funciones que se le encargara".
La causa estaba pendiente de enjuiciamiento. La acusación se basaba en un "exceso en las funciones y actividades" que le competían. Entre el 24 y el 29 de octubre de 2018, Alay contrató un vuelo a Nueva Caledonia mediante una tarjeta de crédito corporativa para "cuyo uso estaba autorizado el acusado en su condición de Responsable de la Oficina del expresidente para el pago de desplazamientos" y abonó 4.394,79 euros, decía el escrito de acusación redactado antes de la aprobación de la ley.
El vuelo se cerró después de que Alay recibiera un correo en nombre de la Unidad de Relaciones Externas del Frente de Liberación Nacional Canaco y Socialista (FLNKS) de Nueva Caledonia para que, tanto a título personal como del movimiento independentista catalán, participara en la promoción del proyecto de plena soberanía del FLNKS en la semana previa al referéndum del día 4 de noviembre de 2018.
Una vez realizado el viaje, y antes del 9 de noviembre, para que el gasto le fuese aprobado, Alay hizo una petición al Departamento de Presidencia de Generalitat. En esta gestión alegó que se desplazaría en calidad de "Invitado como observador en su función de Responsable de l'Oficina de l'expresident Puigdemont, del referéndum de Nova Caledonia", e indicó que el viaje tendría una duración de 6 días y que el presupuesto sería de 4.580,98 euros (4.394,79 euros por el billete y lo restante por las dietas).
La fiscal del caso, Duerto, considera que este desplazamiento, cuyos gastos fueron aprobados por la Secretaria General del Departamento de Presidencia y, con ello, asumidos por la administración autonómica, fue "un viaje personal y ajeno a sus funciones como Responsable de aquella Oficina". En su opinión, no existía razón alguna que justificara el pago con cargo a su dotación presupuestaria pública.
El informe presentado
El escrito que firma Pujal tras el desacuerdo de Duerto, se presentó después de pedir una extensión del plazo de cinco días, reproduce los mismos argumentos que asumió la Audiencia. Explica que los hechos tienen un encaje legal en el artículo 1.1 de la Ley de Amnistía que recoge actos que "estuvieron vinculados tanto al proceso independentista de Cataluña" como a su líder. "Téngase en cuenta que el expresidente de la Generalitat de Cataluña fue la mayor autoridad autonómica durante el proceso independentista", dice la fiscal jefe provincial.
Recuerda, además, que, en aquel momento y de forma "manifiesta y constatada", Alay desarrollaba funciones de asistencia, colaboración, asesoramiento y representación de Puigdemont. El tribunal asumió como propios estos mismos argumentos y agregó que, en cuanto a la malversación, es amnistiable siempre y cuando no haya habido enriquecimiento personal. Declaró el sobreseimiento libre de todas las actuaciones respecto de Alay y acordó que se extinga la responsabilidad civil derivada de los actos expresamente amnistiados.
La Audiencia de Barcelona aprobó a principios de esta semana la amnistía para Josep Lluís Alay, jefe de la oficina de Carles Puigdemont y acusado de malversación y prevaricación por haber sufragado con dinero público un viaje a Nueva Caledonia en 2018 como observador del referéndum de autodeterminación de esa isla del Pacífico. Sin embargo, la decisión tiene una intrahistoria que ha pasado desapercibida hasta el momento. El caso produjo nuevas diferencias en el seno del Ministerio Público. La fiscal a cargo del procedimiento, Teresa Duerto, se negó a apoyar el perdón y el informe favorable fue asumido por la fiscal jefe provincial de Barcelona, Neus Pujal.
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